Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2013 (21/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA 21 de MORDAZA de 2013

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conferidas por los Articulos 20º numeral 6 y 43º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- ACLARAR y COMPLEMENTAR la Resolucion Nº 1167-2012-RASS del 27.12.2012, que declara la Habilitacion MORDAZA de Oficio de la Urbanizacion San MORDAZA de MORDAZA en los extremos: 1. Que se ha verificado dentro del procedimiento de oficio llevado a cabo en el predio matriz inscrito en la Partida Nº 11093323 de los Registros Publicos de MORDAZA, que este no cuente con ningun tramite de procedimiento de habilitacion MORDAZA, de regularizacion o recepcion de obras a la fecha de la publicacion de la mencionada MORDAZA (11.07.2012), la misma que ha sido corroborado de los antecedentes administrativos que obran en el archivo de esta corporacion. 2. Que, el area de 82.00 m2 es de condicion Reservada por cuanto no es posible definir la seccion vial y diseno de vias que corresponden en dicho ambito; puesto que, el predio colindante al mismo, no cuenta con Habilitacion MORDAZA y por tanto tiene la condicion de MORDAZA estando asi inscrito en la Partida Nº 44604973 de la MORDAZA Registral lX-Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos. 3. Que, la Ley Nº 29090 y sus modificatorias, la Ordenanza Nº 388-MSS y el Decreto de Alcaldia Nº 11-2011-MSS referidas a las Habilitaciones Urbanas de Oficio no hacen mencion a la Valorizacion de la habilitacion MORDAZA de oficio; asi como, el Articulo 24º-A de la Ley Nº 29898, Ley que modifica a la Ley Nº 29090, establece: "(...) La municipalidad elabora el expediente tecnico que sustenta la declaracion de la Habilitacion MORDAZA de Oficio. La declaracion se efectua mediante resolucion municipal que dispone la inscripcion registral del cambio de uso MORDAZA a urbano.(...) " y, El Articulo 31O de la Adecuacion del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios a las disposiciones de la Ley Nº 29090, aprobado con Resolucion de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Nº 339-2008SUNARP/SN, senala que: "Cuando la habilitacion MORDAZA de oficio comprenda la totalidad del predio registrado, la inscripcion se extendera por el solo merito de la resolucion municipal respectiva.", no siendo por ello competencia municipal atender dicho extremo de la observacion". Articulo Segundo.- ENCARGAR a Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Que, mediante Informe Nº 83-2013-GDU-MSS del 19.03.2013, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, remite la propuesta de aclarar y complementar la Resolucion Nº 1167-2012-RASS del 27.12.2012, que aprueba la Habilitacion MORDAZA de Oficio de la Urbanizacion San MORDAZA de MORDAZA, la misma que encuentra conforme, sustentandose en el Informe Nº 125-2013-SGPUC-GDUMMS del 15.03.2013, de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, el cual contiene el Informe Tecnico Nº 062-2012/ECRV-ACU del 15.11.2012 y Informe Nº 005-2013-DCHT del 04.03.2013, que indican que, efectuada la revision de los actuados que dieron merito a la Resolucion Nº 1167-2012-RASS del 27.12.2012 y teniendo en cuenta las observaciones efectuadas al Titulo Nº 2013-00008678, estas son aclaradas bajo los siguientes fundamentos: 1. Respecto al primero punto de la observacion es necesario indicar que cuando la autoridad administrativa municipal en uso de sus facultades aprueba una habilitacion MORDAZA, ello supone que ha verificado el cumplimiento de los requisitos que establecen las normas legales aplicables vigentes, no siendo facultad de registros cuestionar aspectos vinculados al cumplimiento de dichos requisitos; sin embargo, sin perjuicio de los MORDAZA indicado y de conformidad a lo establecido en el literal a) del articulo 24ºB de la Ley Nº 29898, Ley que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y establece el procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio, se ha verificado dentro del procedimiento de oficio llevado a cabo en el predio matriz inscrito en la Partida Nº 11093323 de los Registros Publicos de MORDAZA, que este no cuente con ningun tramite de procedimiento de habilitacion MORDAZA, de regularizacion o recepcion de obras a la fecha de la publicacion de la mencionada MORDAZA (11/07/2012), la misma que ha sido corroborado de los antecedentes administrativos que obran en el archivo de esta corporacion; 2. Respecto al MORDAZA punto de la observacion, es preciso senalar que, el area de reserva ha sido consignada como tal, por cuanto no es posible definir la seccion vial en dicho ambito, puesto que el predio colindante a dicha area reservada, inscrito en la Partida Nº 44604973 de la MORDAZA Registral IX-Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, al no contar con Habilitacion MORDAZA y por siguiente estar en condicion de MORDAZA, no cuenta definido el diseno de vias que le correspondera, la misma que se definira cuando este culmine su MORDAZA de habilitacion urbana; 3. Respecto al tercer punto de la observacion, es necesario indicar que la Ley Nº 29090 y sus modificatorias, la Ordenanza Nº 388-MSS y el Decreto de Alcaldia Nº 11-2011-MSS referidas a las Habilitaciones Urbanas de Oficio no hacen mencion a la Valorizacion de la habilitacion MORDAZA de oficio; asi como, el Articulo 24º-A de la Ley Nº 29898, Ley que modifica a la Ley Nº 29090, establece: "(...) La municipalidad elabora el expediente tecnico que sustenta la declaracion de la Habilitacion MORDAZA de Oficio. La declaracion se efectua mediante resolucion municipal que dispone la inscripcion registral del cambio de uso MORDAZA a urbano.(...) " y, El Articulo 31O de la Adecuacion del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios a las disposiciones de la Ley Nº 29090, aprobado con Resolucion de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Nº 339-2008-SUNARP/SN, senala que: "Cuando la habilitacion MORDAZA de oficio comprenda la totalidad del predio registrado, la inscripcion se extendera por el solo merito de la resolucion municipal respectiva"; no siendo por ello competencia municipal atender dicho extremo de la observacion"; Que, mediante el Informe Nº 230-2013-GAJ-MSS del 26.03.2013, la Gerencia de Asesoria Juridica, emite opinion senalando que la Aclaracion de la Resolucion Nº 1167-2012RASS del 27.12.2012, que aprueba la Habilitacion MORDAZA de Oficio de la Urbanizacion San MORDAZA de MORDAZA, resulta procedente, teniendo en cuenta ademas que la declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional de facultad de las Municipalidades, en consecuencia corresponde al Despacho de Alcaldia emitir la Resolucion que asi lo aclare; Estando a los Informes Nº 230-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, al Informe Nº 83-2013-GDUMSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y al Informe Nº 125-2013-SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, en uso de la facultades

927510-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Aprueban subdivision de lote matriz ubicado en el distrito
(Se publica la presente resolucion a solicitud de la Municipalidad de Surquillo, mediante Oficio N° 052-2013/ SG-MDS, recibido el 19 de MORDAZA de 2013)

RESOLUCION DE GERENCIA Nº 029-09-GODU/MDS
Surquillo, 16 de MORDAZA del 2009 LA GERENCIA DE OBRAS Y DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Visto, el Expediente Nº 114001-09, promovido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes solicitan la SUB-DIVISION del Lote Matriz.(Parcela Nº 1) ubicado

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