Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2013 (21/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA 21 de MORDAZA de 2013

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Tercera.- Encargase a la Gerencia de Rentas Municipales y Subgerencias dependientes de dicha Unidad Organica, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Administracion, Gerencia de Tecnologia de la Informacion y Telecomunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y todas las demas dependencias de la Municipalidad deberan prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Cuarta.- Facultase al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para determinar y aprobar la prorroga de su vigencia. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Aprueban cambio del sentido de MORDAZA en tramo del Jr. MORDAZA Ugarte, que sera de Sur a Norte
ORDENANZA Nº 011-2013-MPC
Canete, 14 de marzo de 2013. LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Canete, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, en atencion a la Carta Nº 152-2012-GSG-MDCA, de fecha 12 de diciembre de 2012, sobre cambio de sentido del MORDAZA vehicular en el distrito de Cerro Azul; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 5), del articulo 195º, de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Locales son competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad; Que, el articulo 123º del Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado mediante D.S. Nº 016-2012-MTC, establece que corresponde a la autoridad competente, determinar los sentidos de circulacion de las vias publicas; Que, el inciso 1.3 del articulo 81º, de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, indica que son funciones de las Municipalidades Provinciales, en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico, normar, regular, organizar y mantener los sistemas de senalizacion y semaforos y regular el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos; Que, el articulo 17º, acapite 17.1, literal a) de la Ley 27181 ­ Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, senala que las Municipalidades Provinciales en su respectiva jurisdiccion y de conformidad con las leyes y los Reglamentos, tienen competencia en materia de transporte y MORDAZA terrestre para emitir las normas y disposiciones, asi como realizar los actos necesarios para la aplicacion de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ambito territorial; Que, mediante Informe Nº 004-2013-GT-MPC y el Oficio remitido por la Municipalidad de Cerro MORDAZA, mediante Carta Nº 152-2012-GSG-MDCA, se sustenta la modificacion del MORDAZA vehicular; Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, al Informe Favorable de la Comision de Transporte, con el visto MORDAZA de Asesoria Legal y la Gerencia Municipal, con el MORDAZA unanime de los senores regidores, se aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL CAMBIO DE SENTIDO DE MORDAZA VEHICULAR EN EL DISTRITO DE CERRO MORDAZA ­ CANETE Articulo 1º.- APROBAR, el CAMBIO DEL SENTIDO DE MORDAZA, de la siguiente via: - En el Tramo comprendido entre el Jr. Italia y Bolognesi del Jr. MORDAZA Ugarte, el sentido de circulacion sera de Sur a Norte. Articulo 2º.- SOLICITAR, el apoyo de la Policia Nacional del Peru, para el cumplimiento de la presente ordenanza, conforme a lo dispuesto por el D.S. 016-2009-MTC. Articulo 3º.- La presente Ordenanza, entra en vigencia al dia siguiente de la publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa

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Convocan a eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Ventanilla
DECRETO DE ALCALDIA Nº 02-2013/MDV-ALC
Ventanilla, 27 de marzo de 2013 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Memorando Nº 50-2013/MDV-GPVRC, de la Gerencia de Participacion Vecinal y Relaciones Comunitarias; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 5-2013/MDV, se aprobo el Reglamento para el MORDAZA de Participacion de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Ventanilla. Que, el articulo 14 de la MORDAZA aludida senala que "El MORDAZA mediante Decreto de Alcaldia convoca a la eleccion de representantes de la sociedad civil ante el CCLD Ventanilla. En el Decreto de Alcaldia se establecera el cronograma de Elecciones (...) Que, mediante el documento del Visto, la Gerencia de Participacion Vecinal y Relaciones Comunitarias solicita se emita el correspondiente Decreto de Alcaldia. Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar y el articulo 9º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Estando a lo expuesto, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo 1º.- CONVOCAR a eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local en el distrito, el mismo que se llevara de la siguiente manera:
ETAPA Eleccion LUGAR Local del Vaso de Leche FECHA HORA

5 de MORDAZA de 2013 9:00 a.m. a 13:00 p.m.

Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Participacion Vecinal y Relaciones Comunitarias, asi como todas las unidades organicas de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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