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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (21/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Domingo 21 de abril de 2013 493286 evaluación de las Peticiones de Cambio de Zonifi cación y elaborará un informe único, emitiendo su opinión sobre el total de las peticiones; el que será elevado al Concejo Municipal Distrital, para la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo, donde expresará su opinión, la misma que no tiene carácter vinculante; Que, con Memorando Nº 235 -2013-GPV-MSS del 26.03.2013, la Gerencia de Participación Vecinal remite los resultados de la consulta vecinal para el Cambio Específi co de Zonifi cación de Residencial de Densidad Baja a Residencial de Densidad Media de los Lotes 07 y 08, Manzana A, Urbanización Los Rosales, siendo el resultado de acuerdo al Informe Nº 012-2013- MDG-GPV-MSS del 21.03.2013, Favorable 19.05% (8 encuestados), Desfavorable 73.81% (31 encuestados) y se abstienen 07.14% (03 encuestados) de un total de 42 personas encuestadas; y con Memorando Nº 243-2013- GPV-MSS del 27.03.2013, la Gerencia de Participación Vecinal remite los resultados de la consulta vecinal para el Cambio Específi co de Zonifi cación de Residencial de Densidad Baja a Residencial de Densidad Media del Lotes 05, Manzana C, Urbanización Los Pinos de Monterrico Chico, siendo el resultado de acuerdo al Informe Nº 009-2013-CWAT-GPV-MSS: Favorable 0.0% (0 encuestados), Desfavorable 62.50% (35 encuestados) No ubicados 35.71 % (20 encuestados) y se abstienen 01.79% (01 encuestado) de un total de 56 personas encuestadas; Que, mediante Informe Nº 103-2013-GDU-MSS del 10.04.2013, la Gerencia de Desarrollo Urbano expresa su conformidad al Informe Nº 153-2013-SGPUC-GDU-MSS de fecha 08.04.2013 de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, que se sustenta en los Informes Nº 010-013-CZB-APU, Nº 017-2013-SCF-APU, y Nº 92-2013- GRP-AL del 08.04.2013 respectivamente, que contiene el sustento técnico y legal de la Petición del Cambio Especifi co de Zonifi cación de Residencial de Densidad Baja (RDB) a zona Residencial de Densidad Media (RDM) de los Lotes 7 y 8, Manzana A, Primera Etapa, Urbanización Los Rosales, y del Lote 5, Manzana C, Urbanización Los Pinos de Monterrico Chico, Distrito de Santiago de Surco, solicitando se remitan los actuados al Concejo Municipal para que mediante Acuerdo de Concejo se declare DESFAVORABLE el mencionado cambio de zonifi cación para su posterior remisión a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, con Informe Nº 265-2013-GAJ-MSS del 10.04.2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que las Peticiones de Cambio de Zonifi cación presentadas mediante Documentos Nº 204439-2013 y 206020-2013, han sido tramitados conforme al procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 1617-MML y su modifi catoria Ordenanza Nº 1631-MML, y que habiendo emitido la Gerencia de Desarrollo Urbano el Informe Técnico correspondiente, concluye opinando por considerar desfavorable las peticiones submateria, recomendando se eleven los actuados al Concejo Municipal a fi n de que se emita el Acuerdo de Concejo respectivo y, posteriormente se remitan a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Memorando Nº 328-2013-GM-MSS del 11.04.2013, la Gerencia Municipal expresa su conformidad a la presente propuesta de declaración desfavorable de las Peticiones de Cambio de Zonifi cación de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Zona Residencial de Densidad Media (RDM) de los Lotes 7 y 8, Manzana A, Primera Etapa, Urbanización Los Rosales, y del Lote 5, Manzana C, Urbanización Los Pinos de Monterrico Chico, Distrito de Santiago de Surco; Estando al Dictamen Conjunto Nº 05-2013-CDL-CAJ- MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos Jurídicos, el Informe Nº 265-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º, numeral 8), 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- DECLARAR DESFAVORABLE las peticiones de Cambio de Zonifi cación de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Zona Residencial de Densidad Media (RDM) de los Lotes 7 y 8, Manzana A, Primera Etapa, Urbanización Los Rosales, y del Lote 5, Manzana C, Urbanización Los Pinos de Monterrico Chico, Distrito de Santiago de Surco, de conformidad con el procedimiento regulado en el Artículo 51º del Decreto Supremo Nº 004- 2011-VIVIENDA, concordante con las Ordenanzas Nº 912 -MML, Nº 620-MML y Nº 1617-MML y modifi catorias de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano; y la elevación de los actuados administrativos a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la prosecución del trámite correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Secretaría General. Mando se registre, comunique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 927512-1 Aclaran y complementan la Resolución Nº 1167-2012-RASS que declara la Habilitación Urbana de Oficio de la Urbanización San Antonio de Surco RESOLUCIÓN Nº 337-2013-RASS DS Nº 215002-2010–ACUM. Santiago de Surco, 11 de abril del 2013 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO: VISTO: El DS Nº 2150022010 – ACUM, el Informe Nº 83-2013-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, los Informes Nros. 125-2013-SGPUC-GDU-MSS y 005- 2013-DCHT de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro y el Informe Nº 230-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica respectivamente, sobre la aclaración de la Resolución Nº 1167-2012-RASS que declaró la Habilitación Urbana de Ofi cio de la URBANIZACIÓN SAN ANTONIO DE SURCO; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 1167-2012-RASS del 27.12.2012, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 25.01.2013, se declaró la Habilitación Urbana de Ofi cio del terreno de 26,141.89 m2, inscrito en el Tomo 483, Fojas 31 y su continuación en la P.E. Nº 11093323 de la Zona Registral IX-Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, como Urbanización San Antonio de Surco; Que, mediante el Título Nº 2013-00008678, presentado el 03.01.2013, por el propietario registral, la Asociación de Propietarios del Ex Fundo San Antonio, Lote 5, solicita la inscripción de la Habilitación Urbana de Ofi cio de la Urbanización San Antonio de Surco, ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Título que ha sido objeto de las siguientes observaciones: 1. “Mediante el presente título se solicita la inscripción de la Habilitación Urbana de Ofi cio del predio inscrito en la Partida Nº 11093323, para tales efectos se adjunta a califi cación la Resolución Nº 1167-2012-RASS del 27.12.2012. Al respecto, se advierte que en dicha resolución se ha omitido dejar constancia expresa que en la entidad municipal no existe en trámite ningún procedimiento de habilitación urbana o de regularización de una ejecutada al 11.07.2012, conforme lo establece el artículo 24º-B inciso a) de la Ley Nº 29898 modifi cada de la Ley Nº 29090”; 2. “Según la Resolución Nº 1167-2012-RAS del 27,12.2012, existe un área de 82.00 m2 que tiene la condición de reservada. Al respecto, solicitamos precisar la naturaleza jurídica de dicha área, ya que en caso se trate de un área reservada para futura compensación de áreas deberá encontrarse plenamente establecido en la resolución que aprueba la habilitación urbana”; 3. “Conforme lo establece el Artículo 24º de la Ley Nº 29090, la habilitación urbana de ofi cio es un procedimiento reservado exclusivamente a la municipalidad competente donde se ubica el predio matriz. Por lo tanto, la determinación de la valorización de la habilitación corresponde efectuarla a la entidad municipal a través de sus órganos técnicos encargados del procedimiento, siendo improcedente la declaración jurada del propietario por no encontrarse legitimada su intervención”;