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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (21/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Domingo 21 de abril de 2013 493294 Modifican Ordenanza que aprueba cambio del sentido del tránsito vehicular de la Calle Santa Rosa de la ciudad de San Vicente ORDENANZA Nº 012-2013-MPC Cañete, 14 de marzo de 2013. LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE; POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, en atención al Informe Nº 003-2012-GT-MPC, de fecha 07 de enero de 2013, sobre cambio de sentido del tránsito vehicular en el distrito de San Vicente; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 5), del artículo 195º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Locales son competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad. Que, el artículo 123º del Reglamento Nacional de Tránsito aprobado mediante D.S. Nº 016-2012-MTC, establece que corresponde a la autoridad competente, determinar los sentidos de circulación de las vías públicas. Que, el inciso 1.3 del artículo 81º, de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, indica que son funciones de las Municipalidades Provinciales, en materia de tránsito, vialidad y transporte público, normar, regular, organizar y mantener los sistemas de señalización y semáforos y regular el tránsito urbano de peatones y vehículos. Que, el artículo 17º, acápite 17.1, literal a), de la Ley 27181 – Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, señala que las Municipalidades Provinciales en su respectiva jurisdicción y de conformidad con las leyes y los Reglamentos, tienen competencia en materia de transporte y tránsito terrestre para emitir las normas y disposiciones, así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ámbito territorial. Que, mediante Ordenanza Nº 015-2011-MPC, en su artículo 1, inciso a), se aprobó la modifi cación del sentido del tránsito de la calle Santa Rosa, del distrito de San Vicente, siendo de sentido de Oeste a Este, en el tramo comprendido desde el Jr. Bolognesi hasta el Mini Complejo Beto Di Laura Que, mediante Informe Nº 003-2013-GT-MPC se da cuenta de la incomodidad efectuada por un gran número de conductores y autoridades de la provincia, sobre la modifi cación del tránsito vehicular, resultando conveniente modifi car la condición de tránsito actual de la calle Santa Rosa, ubicada en la ciudad de San Vicente, a fi n de evitar posibles accidentes, y que se debe principalmente a la ausencia de vías alternas que interconecten a la vía urbana Los Libertadores con las que desembocan en el ovalo Grau, de esta localidad. Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, al Informe Favorable de la Comisión de Transporte, con el visto bueno de Asesoría Legal y la Gerencia Municipal, con el voto unánime de los señores regidores, se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA Artículo 1º.- MODIFICAR, el numeral a) del artículo 1º de la Ordenanza Nº 015-2011-MPC, que aprueba el cambio del sentido del tránsito vehicular de la Calle Santa Rosa, de la ciudad de San Vicente, quedando establecido de la siguiente manera: - El tránsito de la Calle santa Rosa, será en doble sentido, en el tramo comprendido desde el Jr. Bolognesi hasta el Mini Complejo Beto Di Laura. Artículo 2º.- La presente Ordenanza, entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARÍA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa 927223-2 Otorgan beneficio de amnistía no tributaria por deudas de infracciones al tránsito y transporte y por deudas originadas por concepto de internamiento de vehículos en el depósito Municipal Vehicular ORDENANZA Nº 014-2013-MPC Cañete, 27 de marzo de 2013. LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE; POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, en atención al Informe Nº 014-2013-GT-MPC de fecha 07 de marzo de 2013, sobre amnistía no tributaria para infracciones al tránsito y transporte e internamiento de vehículos; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso i), del artículo 17º, de la Ley Nº 27181 – Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, señala que las municipalidades provinciales, en su respectiva jurisdicción y de conformidad con los reglamentos nacionales tienen como competencia de gestión, el de recaudar y administrar los recursos provenientes del pago de multas por infracciones de tránsito, similar facultades se encuentran contemplado para el servicio especial de transporte de pasajeros en vehículos menores, aprobado mediante Ley Nº 27189; Que, en ejecución del marco normativo delegado, se han previsto la emisión de normas complementarias a fi n de regular el servicio de transporte en la provincia de Cañete, en tal sentido se han aprobado escalas de infracciones y sanciones, al servicio especial de transporte en vehículos menores, taxi y urbano dentro de nuestra jurisdicción; Que, la prestación del servicio sometido a constante régimen de fi scalización y control, efectuado por la Policía Nacional del Perú y los Inspectores de Transporte de la Municipalidad Provincial de Cañete, han originado la acumulación de infracciones tanto al tránsito como al transporte, por parte de conductores de vehículos privados y los destinados al servicio público; los que después del procedimiento administrativo, se encuentran pendiente de cobro, tanto en la vía administrativa, como en la vía coactiva; Que, la Municipalidad Provincial de Cañete, el año 2012, a través de la Ordenanza Nº 034-2012-MPC, otorgó el beneficio de amnistía no tributaria en el pago de deudas por infracciones al tránsito y transporte, en ese aspecto los conductores que mantenían deudas pendientes, originadas por dichas infracciones, tuvieron la oportunidad de acogerse al beneficio obteniendo un descuento considerable en los montos totales de sus infracciones; Que, a la fecha se cuenta con una signifi cativa cartera de deudas pendientes de cobro, los que hace un alto índice de morosidad, empero resulta conveniente otorgar nuevos benefi cios que amplíen el ámbito de aplicación de la Ordenanza de amnistía anterior, es decir ampliar la fecha de comprensión del benefi cio, a efectos que los conductores puedan acogerse y subsanar su relación de deudas pendientes de pago que han adquirido con la Municipalidad Provincial de Cañete; Que, de igual forma es de considerar las deudas que mantienen algunos administrado por concepto de