Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2013 (24/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano Miercoles 24 de MORDAZA de 2013

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los cuales solicita modificacion de autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular a fin de ampliar sus actividades y operar una (01) linea de inspeccion MORDAZA combinado, en el local ubicado en la parcela J Mz. A, Lt. 05, 06, 07, 08, 09, 38, 39, 40, 41 y 42, adyacente a la Prolongacion MORDAZA Cerro - MORDAZA Industrial departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral No. 079-2012MTC/15 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 5 de febrero de 2012, se autorizo a la empresa CERTIFICA PERU S.A.C., como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, para operar una (01) linea de inspeccion MORDAZA mixta, en el local ubicado en: Parcela J Mz. A, Lt. 05, 06, 07, 08, 09, 38, 39, 40, 41 y 42 adyacente a la Prolongacion MORDAZA Cerro, departamento de Piura; Que, mediante Parte Diario No. 006444 de fecha 15.01.2013 la empresa CERTIFICA PERU S.A.C., solicita modificacion de autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular a fin de ampliar sus actividades y operar una (01) linea de inspeccion MORDAZA combinado destinada a la revision alternada de vehiculos menores y livianos; Que, mediante Parte Diario No. 012564 de fecha 29.01.2013, la mencionada empresa presenta el "Certificado de Homologacion de Equipos" de conformidad con lo dispuesto en el numeral 35.5 del articulo 35 del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares; Que, mediante Decreto Supremo No. 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, en adelante El Reglamento establece los procedimientos de autorizacion, funcionamiento y condiciones de operacion de los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular-CITV, para realizar las inspecciones tecnicas vehiculares y emitir los Certificados de Inspeccion Tecnica Vehicular; Que, el literal e) del numeral 29.2 del Reglamento establece que la linea de Inspeccion Tecnica Vehicular MORDAZA Combinado es aquella destinada a la revision alternada de vehiculos menores y livianos; Que, del mismo modo, el numeral 35.2 del articulo 35° del citado Reglamento establece (...) que "un Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular ­ CITV podra realizar inspecciones tecnicas vehiculares a vehiculos menores y livianos en una misma linea de inspeccion tecnica vehicular, unicamente si esta es del MORDAZA combinado y el equipamiento acreditado cumple con las exigencias establecidas para tal efecto por la normativa vigente en la materia"; Que, asimismo, el numeral 37.4 del articulo 37 del Reglamento se establece que "en caso un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular ­ CITV que cuenta con "Conformidad de Inicio de Operaciones", solicita el cambio de MORDAZA de una o mas linea (s) de inspeccion tecnica vehicular o la ampliacion de las mismas, la solicitud de autorizacion debera contener los requisitos senalados en el numeral 37.1 literales a), c), e), f), h), k), m) y n) en los casos que corresponda"; Que, de la verificacion de los documentos que obran en autos, mediante Informe Nº 118-2013-MTC/15.03.A.A, de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se ha determinado que la empresa CERTIFICA PERU S.A.C., cumple con presentar los requisitos establecidos en El Reglamento, a efectos de modificar la autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular para ampliar sus actividades y operar una linea de inspeccion MORDAZA combinado; Que, por su parte el numeral 40.7 del articulo 40 del Reglamento establece que "cuando se autorice el cambio de MORDAZA de una o mas linea(s) de inspeccion tecnica vehicular y/o la ampliacion de las mismas, en el plazo de 120 dias calendario contados a partir del dia siguiente a su publicacion de la Resolucion de autorizacion, el Centro de Inspeccion Tecnica VehicularCITV debera presentar el Certificado de Homologacion de Equipos, el Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de Equipos, unicamente respecto a la(s) nueva(s) linea(s) de inspeccion tecnica vehicular autorizadas (...)"; Que, en ese sentido, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el citado Informe, y siendo parte integrante de la presente

Que, mediante Informe N° 473-2012-TP/DE/ UGPYTOS la Unidad Gerencial de Proyectos, senala que actualmente se encuentra pendiente la transferencia financiera a favor de los organismos ejecutores publicos correspondientes a los Convenios N° 31-0001-AC-45, N° 31-0002-AC-45 y N° 03-0001-AC-45, en el MORDAZA de la Accion de Contingencia AC-45, los cuales cuentan con la Certificacion de Credito Presupuestario PCA N° 092-2013MTPE/4/11 por la suma total de S/. 6 455.00 (Seis mil cuatrocientos cincuenta y cinco con 00/100 nuevos soles) para el pago de Coordinador Tecnico Externo, Promotor Capacitador y Responsable Tecnico, razon por la cual, se solicita la citada transferencia financiera; Con las visaciones del Viceministro de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral, de la Directora Ejecutiva, del Gerente de la Unidad Gerencial de Proyectos, del Gerente de la Unidad Gerencial de Planificacion, Presupuesto, Monitoreo y Evaluacion del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" y del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el articulo 8º de la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el literal d) del articulo 7° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR y el literal a) del numeral 12.1 del articulo 12° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" a favor de organismos ejecutores del sector publico, para el pago del rubro "Otros - Transferencia" de tres (3) proyectos de la Accion de Contingencia AC-45 correspondientes a los Convenios N° 31-0001-AC-45, N° 31-0002-AC-45 y N° 03-0001-AC-45 por la suma total de S/. 6 455.00 (Seis mil cuatrocientos cincuenta y cinco con 00/100 nuevos soles), conforme al Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Disponer que el Anexo a que se refiere el articulo precedente se publique en la pagina web del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo www. trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicacion de la presente resolucion ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha accion la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LAOS MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 928865-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican autorizacion otorgada a empresa CERTIFICA PERU S.A.C., mediante R.D. N° 079-2012-MTC/15, a fin de ampliar sus actividades como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular
RESOLUCION DIRECTORAL N° 711-2013-MTC/15 MORDAZA, 8 de febrero de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nos. 006444 y 012564 de fechas 15.01.2013 y 29.01.2013 respectivamente, presentados por la empresa CERTIFICA PERU S.A.C., a traves de

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