Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2013 (24/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley No. 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley No. 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspeccion Tecnicas Vehiculares y el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo No. 0252008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar la autorizacion otorgada a la empresa CERTIFICA PERU S.A.C., mediante Resolucion Directoral No. 079-2012-MTC/15 a fin de ampliar sus actividades y operar una (01) linea de inspeccion MORDAZA combinada ubicada en: Parcela J Mz. A, Lt. 05, 06, 07, 08, 09, 38, 39, 40, 41 y 42 adyacente a la Prolongacion MORDAZA Cerro - MORDAZA Industrial, Piura; de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo No. 025-2008-MTC y sus modificatorias. Articulo Segundo.- Dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral, la empresa CERTIFICA PERU S.A.C., debera obtener la "Conformidad de Inicio del Servicio de Inspeccion Tecnico Vehicular para una linea de MORDAZA Combinada" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida luego de recepcionarse el Certificado de Homologacion de Equipos, el Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies-IFIA. Articulo Tercero.Es responsabilidad de la empresa CERTIFICA PERU S.A.C. renovar oportunamente la Carta Fianza y la Poliza de Seguros de Responsabilidad Civil Extracontractual contratada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo No. 0252008-MTC durante la vigencia de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa CERTIFICA PERU S.A.C., a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Articulo Quinto.- Remitir a la Superintendencia Nacional de Transportes de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la empresa CERTIFICA PERU S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 911000-1 CONSIDERANDO:

El Peruano Miercoles 24 de MORDAZA de 2013

Autorizan ampliacion de local de la Escuela de Conductores Integrales Divino MORDAZA MORDAZA E.I.R.L. en la MORDAZA de Ilo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1396-2013-MTC/15 MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs 011300 y 024358 presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES DIVINO MORDAZA MORDAZA E.I.R.L., y;

Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 31272012-MTC/15 de fecha 17 de agosto 2012, se otorgo autorizacion a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES DIVINO MORDAZA MORDAZA E.I.R.L., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en la MORDAZA de Juliaca - MORDAZA, en adelante la Escuela, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II- c; asimismo senala que tambien brindara el curso de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categoria II y III; Que, mediante Parte Diario Nº 011300 con fecha 25 de enero de 2013, La Escuela, solicita autorizacion para Ampliacion de local en el inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda Nº IV MORDAZA Ilo, Mz. 10, Lote 14, distrito y provincia de Ilo y departamento de MORDAZA y mediante Oficio Nº 880-2013-MTC/15.03 de fecha 07 de febrero de 2013, notificado el 08 de febrero del presente ano, esta administracion formulo las observaciones pertinentes de la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para el cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Oficio Nº 1678-2013-MTC/15.03 de fecha 15 de marzo de 2013 y notificado el mismo dia, se comunico a La Escuela que la inspeccion ocular se realizaria el dia 21 de marzo de 2013; Que el articulo 52º de El Reglamento dispone que para solicitar la ampliacion de locales, debera acompanar a su solicitud, los documentos descritos en los literales c), d), f), g), h), j), k) y l) del articulo 51º del presente reglamento; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe Nº 009-2013-MTC/15.jcb. de fecha 21 de marzo de 2013, se adjunta el acta de inspeccion ocular realizada a las instalaciones de los locales propuestos por La Escuela, en el que el inspector concluye que dicha Escuela, si cumple con lo establecido en el numeral 43.3 y 43.5 del Art. 43º del D.S. 040-2008MTC; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 2352013-MTC/15.03.A.A., siendo este parte integrante de la presente resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la ampliacion de local en la MORDAZA de Ilo, a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES DIVINO

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