Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (24/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 108

El Peruano Miércoles 24 de abril de 2013 493486 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Modifican artículo 1° de la Res. N° 013- 2013-SERVIR/GG, sobre autorización de transferencia de fondos del Programa Piloto Crédito - Beca a fideicomiso a cargo de COFIDE RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 017-2013-SERVIR/GG Lima, 23 de abril de 2013 Visto, el Ofi cio N° 2232-2013-EF/52.06, el Informe Nº 024-2013-SERVIR/GG-OPP y el Memorando Nº 842-2013- SERVIR/GG-OAJ; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Gerencia General Nº 013- 2013-SERVIR/GG se dio cumplimiento a lo establecido en la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y la Octagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, mediante la cual se autoriza la transferencia fi nanciera de los recursos del Programa Piloto Crédito-Beca, que ascienden a Treinta Millones de Nuevos Soles (S/. 30 000 000,00), al fi deicomiso a cargo de la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE); Que, a través del Ofi cio Nº 2232-2013-EF/52.06, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha remitido el Memorando Nº 038-2013-EF/50.04, por medio del cual la Dirección General de Presupuesto Público manifi esta que “…en opinión de esta Dirección General, en el marco de las competencias, enmarcadas en los aspectos de orden presupuestario, establecidas en la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto (TUO de la Ley N° 28411), considera que la norma se refi ere a un mecanismo de naturaleza fi nanciera, no presupuestaria, que se utiliza con el fi n de trasladar los fondos por cuenta del pliego SERVIR a favor del fi deicomiso a cargo de COFIDE, por lo que, en nuestra opinión, también está facultando al órgano competente, en este caso, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, a efectuar el traslado de los mencionados recursos públicos por cuenta de SERVIR.”; Que, atendiendo a lo antes expuesto, corresponde modifi car la Resolución de Gerencia General Nº 013-2013-SERVIR/GG; Con los vistos de la Ofi cina General de Administración y Finanzas, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Octagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y en la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el artículo 1° de la Resolución de Gerencia General Nº 013-2013-SERVIR/GG, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1.- Autorización de Transferencia de Fondos Autorízase la transferencia de fondos hasta por la suma de Treinta Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 30 000 000,00) con cargo al Fondo de Fortalecimiento del Capital Humano a que se refi ere el Artículo 4º de la Ley Nº 28939 y normas modifi catorias y complementarias. Para efectos de lo dispuesto en el párrafo precedente, se solicitará a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público para que, por cuenta de SERVIR, traslade la indicada suma a la cuenta del fi deicomiso a cargo de la Corporación Financiera de Desarrollo - COFIDE, suscrito en el marco de la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y la Octogésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, para ser destinados a la implementación y funcionamiento del Programa Piloto Crédito-Beca.” Regístrese, comuníquese y publíquese MARCELO CEDAMANOS RODRIGUEZ Gerente General 928654-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan miembro de la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del INDECOPI RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 084-2013-INDECOPI/COD Lima, 19 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el inciso d) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, así como por el inciso c) del artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, el Consejo Directivo del Indecopi se encuentra facultado para designar a los miembros que integran las Comisiones de la Institución; Que, el órgano directriz ha estimado la necesidad de efectuar la designación del nuevo miembro de la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios, a fi n de garantizar la continuidad de las funciones de la citada Comisión, procediendo a realizar dicha designación mediante Acuerdo Nº 023-2013; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Renzo Rojas Jiménez como miembro de la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del Indecopi, con efectividad al día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 927944-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan ejecución de la “Encuesta Salud y Desarrollo en la Primera Infancia” - CUNA MAS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 111-2013-INEI Lima, 23 de abril del 2013