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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (24/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 131

El Peruano Miércoles 24 de abril de 2013 493509 Artículo 8º.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitana que la ratifi que y de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados, en los términos previstos en la Ley Nº 29091 y su Reglamento. Artículo 9º.- Aseguramiento del cumplimiento de las medidas de publicidad Encárguese a la Secretaría General del Concejo – Responsable de actualizar la página web, el cumplimiento de las formalidades de publicidad establecidos en ley, en especial la publicación del anexo que contiene el listado de procedimientos y servicios brindados en exclusividad por la Municipalidad se efectúe en los portales electrónicos mencionados en la misma fecha de la publicación de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ESTEBAN F. MONZON FERNANDEZ Alcalde 928548-1 Modifican la Ordenanza Nº 0199- MDPP que aprueba Procedimientos y Servicios Administrativos brindados en exclusividad, Requisitos y Derechos de Trámite contenidos en el TUPA de la Municipalidad (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad de Puente Piedra, mediante Ofi cio N° 403- 2013-SG/MDPP, recibido el 23 de abril de 2013) ORDENANZA Nº 0205-MDPP Puente Piedra, 7 de setiembre de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUENTE PIEDRA VISTOS: En Sesión Extraordinaria de la fecha, la propuesta de Ordenanza que modifi ca la Ordenanza Nº 199-MDPP que Aprueba los Procedimientos, Servicios Administrativos brindados en exclusividad, Requisitos y Derechos de Trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, menciona que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 199-MDPP se aprueba los Procedimientos y Servicios Administrativos brindados en exclusividad, Requisitos y Derechos de Trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; Que, el Servicio de Administración Tributaria - SAT mediante Ofi cio Nº 004-090-00007492 remite el Requerimiento Nº 004-078-00000708 que contiene observaciones técnicas y legales detectadas en la evaluación de la solicitud de ratifi cación de la Ordenanza de derechos por la tramitación de procedimientos y servicios brindados en exclusividad contenidos en el TUPA municipal; Que, mediante Memorándum Nº 562-A-2012- GAPF-MDPP el Gerente de Administración. Finanzas y Planeamiento solicita la programación de una sesión en el que se exponga el levantamiento de observaciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, según los documentos adjuntados; Que, en el Requerimiento Nº 004-078-00000708, se detallan las observaciones técnicas y legales, señalándose que se deberá tener en cuenta que cualquier cambio o precisión referido al contenido de la ordenanza en ratifi cación que se origine como consecuencia del levantamiento de las observaciones técnicas y legales, originará la emisión de una ordenanza modifi catoria respecto de la cual deberán de cumplirse todos y cada uno de los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 1533; Estando a las consideraciones antes señaladas, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y de conformidad a las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, aprobó POR MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 199-MDPP QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS BRINDADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRAMITE CONTENIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Artículo Primero.- APROBAR de ofi cio la modifi cación de Tasas y Derechos correspondientes a los Procedimientos y Servicios Administrativos brindados en exclusividad, Requisitos y Derechos de Trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, de acuerdo a los Anexos que son parte integrante de la presente Ordenanza y APROBAR la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, de acuerdo a los anexos que son parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DÉROGUESE todas las Ordenanzas y normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima la presente Ordenanza y sus Anexos para su ratifi cación de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1533. Considerando que en el Artículo Primero se disponen modifi caciones como consecuencia del levantamiento de observaciones técnicas y legales. Artículo Cuarto.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano la cual se efectuará una vez que se emita el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que ratifi ca la modifi catoria, disponiendo además la publicación del íntegro del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad de Puente Piedra y sus modifi catorias. Mando que ratifi cada se publique, comunique y cumpla. ESTEBAN F. MONZON FERNANDEZ Alcalde 928549-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Aprueban la incorporación de la Sétima Disposición Transitoria y Complementaria de la Ordenanza Nº 288-MDR, que regula la tenencia y control poblacional de canes (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad del Rímac, mediante Ofi cio Nº 121-2013- SGC-MDR, recibido el 23 de abril de 2013) ORDENANZA Nº 312 EL ALCALDE DE LA MUNICPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del Rímac, en Sesión Ordinaria de fecha 29 de agosto de 2012;