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El Peruano Miércoles 24 de abril de 2013 493502 2. En ese sentido, en el Reglamento se establecen el procedimiento y los requisitos de inscripción de las personas jurídicas o naturales que pretendan realizar encuestas y proyecciones sobre intención de voto, así como lo referente a la publicación, difusión y al procedimiento de sanción por la infracción de estas normas. El artículo 6 del Reglamento establece que con la solicitud de inscripción debe presentarse lo siguiente: a) nombre o razón social de la encuestadora; b) copia del documento nacional de identidad del solicitante; c) testimonio de la escritura pública de constitución social de la empresa inscrita en los Registros Públicos, en el que conste, como parte del objeto social, la realización de encuestas o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intención de voto; d) domicilio del representante y del establecimiento donde funcione la encuestadora; e) pago de la tasa correspondiente; y f) acreditación de un profesional colegiado en Economía o especialista en Estadística, para llevar a cabo las encuestas. 3. De lo antes expuesto, dado que se ha cumplido con presentar los requisitos señalados en el Reglamento, acreditando a un profesional califi cado y presentando el recibo por el pago de la tasa correspondiente, este Supremo Tribunal Electoral considera que debe estimarse la solicitud de inscripción presentada, asignar un número de registro y abrir la partida correspondiente. La inscripción otorgada perderá vigencia luego de transcurridos tres años contados a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de la presente resolución, de conformidad con el artículo 5 del Reglamento. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- INSCRIBIR en el Registro Electoral de Encuestadoras a la empresa DATOS & OPINIÓN DE MERCADO E.I.R.L., la que deberá sujetar su actividad a las reglas establecidas en las normas electorales respectivas. Artículo Segundo.- ABRIR la partida correspondiente para que dicha entidad realice encuestas, sondeos de opinión o proyecciones de voto, y asignarle como código de identifi cación el Registro Nº 242-REE/JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. S.S. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO LEGUA AGUIRRE VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 922780-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Financiera Efectiva S.A. la apertura de oficinas especiales en diversos departamentos y la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN SBS Nº 2294-2013 Lima, 10 de abril de 2013 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (e) VISTA: La solicitud presentada por Financiera Efectiva S.A para que se le autorice la apertura de cuarenta y cinco (45) Ofi cinas Especiales, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de las referidas ofi cinas especiales, de acuerdo a lo previsto en el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS Nº 281-2012; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Financiera Efectiva S.A. la apertura de cuarenta y cinco (45) Ofi cinas Especiales que se detallan en el Anexo adjunto a la presente Resolución Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca (e) ANEXO RESOLUCIÓN SBS Nº 2294-2013 Nº Ubicación / Localidad Ubicación Geográfi ca Distrito Provincia Departa- mento 1 Jr. Amazonas No 737 Chachapoyas Chachapoyas Amazonas 2 Jr. 28 de julio No 166 Boulevard Camaná Camaná Arequipa 3 Av. Majes Mz Q Lt. 3 Majes Caylloma Arequipa 4 Jr. Ricardo Palma No 130-132-134 Santa Ana La Convención Cuzco 5 Av. Raimondi Nº 587 Rupa Rupa Leoncio Prado Huánuco 6 Pasaje Jazmín No 150 Pisco Pisco Ica 7 Calle Lima No308 Nazca Nazca Ica 8 Calle Callao No 615 Ilo Ilo Moquegua 9 Calle Lima No 773 Tarma Tarma Junín 10 Jr. Tarma No 588 Chanchamayo Chanchamayo Junín 11 Jr. Augusto B. Leguía No 688 Satipo Satipo Junín 12 Av. La Alameda SN (Sector Santo Toribio Lt. 2) Virú Virú La Libertad 13 Jr. Sanchez Carrión No 754 Huamachuco Sanchez Carrión La Libertad 14 Calle Trujillo No 501 Chepén Chepén La Libertad 15 Calle Adolfo King No 24 Pacasmayo Pacasmayo La Libertad 16 Av. Ramón Castilla No 830 Lambayeque Lambayeque Lambayeque 17 Calle Grau No110 Pueblo Nuevo Ferreñafe Lambayeque 18 Av. Nicolás Ayllon No 5340 Ate Lima Lima 19 Asoc. Porvenir Vitarte MZ. A Lt. 14 Ate Lima Lima 20 Plazuela Castilla No140 - B, Urb.Las Virreynas Mz. C Lt. 6 Lurín Lima Lima