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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (27/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 44

El Peruano Sábado 27 de abril de 2013 493730 En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones”, de conformidad con lo establecido en el 42º del reglamento y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR la vacancia en el cargo de Vicepresidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Global del Cusco, ante la renuncia del Dr. Jorge Villafuerte Recharte. Artículo Segundo.- DECLARAR la vacancia en el cargo de Gerente General de la Comisión Organizadora de la Universidad Global del Cusco, ante la renuncia del Lic. Walter Amador Delgado Vargas. Artículo Tercero.- RECONOCER a la Dra. Elizabeth Dueñas Peña de Sovero, como Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Global del Cusco. Artículo Cuarto.- RECONOCER al Arquitecto Guido Walter Bayro Orellano, como Gerente General de la Comisión Organizadora de la Universidad Global del Cusco. Artículo Quinto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los actos administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WILSON ROLANDO REATEGUI CHAVEZ Presidente MARGARITA ISABEL LA TORRE ARELLANO Secretaria General 929703-1 Aprueban el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) del Proyecto de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua RESOLUCIÓN Nº 251-2013-CONAFU Lima, 10 de abril de 2013 PROYECTO DE UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL “FABIOLA SALAZAR LEGUIA” DE BAGUA VISTOS: Resolución Nº 158-2012-CONAFU de fecha 15 de marzo de 2012, Resolución Nº 216-2012-CONAFU de fecha 02 de mayo de 2012, Carta s/n recibida el 09 de abril de 2013, Ofi cio Nº 0349-2013-CONAFU-CDAA de fecha 09 de abril de 2013, y el Acuerdo Nº 295-2013- CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU del día 10 de abril de 2013, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verifi cación de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el artículo 3° inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006; Que, en el artículo 10º del referido Estatuto, se establece que: “Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades: … inciso c) Aprobar o denegar los proyectos de desarrollo institucional de las nuevas universidades; y en el inciso t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU”; Que, conforme al Reglamento del CONAFU, aprobado mediante Resolución Nº 387-2009 de fecha 12 de agosto de 2009, (en adelante Reglamento), en su artículo 9° establece que: “El Proyecto de Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos técnicos, económicos, fi nancieros, administrativos, con el fi n de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad, con previsiones económicas para sus diez (10) primeros años de funcionamiento. La elaboración del Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad responde a una sucesión lógica de etapas que buscan la coherencia entre la misión, visión, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las Tablas para su califi cación, establecen las pautas para la elaboración de los proyectos. Los proyectos se presentaran con un mínimo de tres (03) Carreras Profesionales y un máximo de cinco (05) carreras profesionales”; Que, el artículo 10° del Reglamento establece: “El procedimiento para la Autorización de funcionamiento de una universidad, una vez admitida a trámite, tiene cuatro (4) Fases: 1. Evaluación para la aprobación del Proyecto de Desarrollo Institucional; 2. Implementación Inicial del Proyecto de Desarrollo Institucional Aprobado, 3. Verifi cación de la Implementación Inicial, 4. Autorización del funcionamiento provisional de la universidad, (el subrayado y sombreado es nuestro); Que, el artículo 12º del referido Reglamento, establece: “Con la solicitud de Autorización de Funcionamiento Provisional, el administrado deberá presentar el Proyecto de Desarrollo Institucional…”; Que, el artículo 19° del Reglamento, establece: “… Admitida a trámite la solicitud para Autorización Provisional de Funcionamiento, el Pleno del CONAFU designará la Comisión encargada de la califi cación del Proyecto de Desarrollo Institucional, la misma que será presidida por un consejero e integrada por dos (02) docentes principales o asociados debidamente capacitados en Evaluación de Instituciones Educativas”; Que, por Resolución Nº 158-2012-CONAFU de fecha 15 de marzo de 2012, se resuelve: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud de Autorización de Funcionamiento Provisional de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, presentado por el Dr. Juan Raúl Mogrovejo Aróstegui, Presidente de la comisión encargada de elaborar el PDI, en nombre de la Promotora Ministerio de Educación; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingeniería Agrícola, 2) Ingeniería Civil, 3) Zootecnia, 4) Biotecnología y 5) Negocios Globales; y DESIGNAR a los miembros de la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, quedando integrada por la Consejera del CONAFU MSc. Martha Nancy Tapia Infantes en calidad de Presidente, Dr. Arrufo Alcántara Hernández en calidad de Secretario y el Dr. Julio Adalberto Tumi Quispe en calidad de Vocal; Que, por Resolución Nº 216-2012-CONAFU de fecha 02 de mayo de 2012, se resuelve: Reconformar la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua; Que, por Carta s/n recibida el 09 de abril de 2013, el Presidente de la Comisión Califi cadora presenta al Presidente del CONAFU, el Informe Final de dicha Comisión, encargada de evaluar el PDI del Proyecto de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, designada mediante Resolución Nº 216-2012-CONAFU; Que, el artículo 29º inciso a) del Reglamento, establece: “Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustarán a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el PDI presentado por la Promotora con todas las carreras propuestas, b) Aprobar el PDI con las carreras profesionales que hayan alcanzado puntaje aprobatorio...”; Que, mediante Ofi cio Nº 0349-2013-CONAFU-CDAA de fecha 09 de abril de 2013, la Comisión Académica da a conocer que con Carta s/n recibida el 09 de abril de