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El Peruano Martes 30 de abril de 2013 493876 el RENIEC no tiene presencia, por ello resulta necesaria la implementación de 34 Ofi cinas Registrales Auxiliares – ORA, ubicadas en centros hospitalarios con un mayor nivel de atención en localidades ubicadas cerca o dentro de los distritos correspondientes a los 6 departamentos priorizados, situación que permitirá el cumplimiento del objetivo principal del Convenio; Que la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto a través de los documentos de vistos, señala que los recursos presupuestarios necesarios para la implementación de las Ofi cinas Registrales Auxiliares, son factibles de ser fi nanciadas con cargo a los recursos autorizados por el Ministerio de Economía y Finanzas por la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias para las acciones del Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa “Acceso de la Población a la Identidad” suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el RENIEC; Que el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Ofi cio N° 588-2012-EF/50.06 (28DIC2012), da cuenta del Informe de verifi cación del cumplimiento del Convenio de Apoyo Presupuestario al “Programa de Acceso de la Población a la Identidad”, señalando que el RENIEC ha cumplido con la totalidad de los criterios establecidos para el Nivel 0 del Convenio; Que en ese contexto, mediante el documento de vistos la Jefatura Regional 15 - Huánuco solicita la apertura de la Ofi cina Registral Auxiliar del RENIEC en las instalaciones del Centro de Salud Panao; informando que asimismo, se cuenta con el personal, el local y el mobiliario para dar inicio al registro de hechos vitales y trámites de DNI de menores en los referidos nosocomios; Que se hace necesario difundir la presente Resolución Jefatural, a través de la correspondiente publicación, para conocimiento de la ciudadanía; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; el literal m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la apertura de la Ofi cina Registral Auxiliar en el Centro de Salud Panao, el cual se encuentra ubicado en el Jr. Grau N° 193, distrito de Panao, provincia de Pachitea, departamento de Huánuco, a cargo de la Jefatura Regional 15 – Huánuco de la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 931272-3 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 137-2013/JNAC/RENIEC Lima, 29 de abril de 2013 VISTOS: El Informe N° 000054-2013/GOR/JR15HNCO/ RENIEC (20MAR2013), emitido por la Jefatura Regional 15 - Huánuco, las Hojas de Elevación N° 000019-2013/GOR/ RENIEC y N° 000189-2013/GOR/RENIEC (08ENE2013 y 02ABR2013, respectivamente), los Informes N° 000008- 2013/GOR/RENIEC y N° 000081-2013/GOR/RENIEC (08ENE2013 y 02ABR2013, respectivamente), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando N° 000388-2013/GPP/RENIEC (22FEB2013), emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Informe N° 000299-2013/GPP/SGP/RENIEC (22FEB2013), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, y el Informe N° 000640- 2013/GAJ/RENIEC (15ABR2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el artículo 11° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las ofi cinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modifi caciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que los artículos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, señalan que cada ofi cina registral estará dotada de los mecanismos sufi cientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde no exista ofi cina registral; Que con fecha 05 de junio de 2012, el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General de Presupuesto Público y el RENIEC suscribieron el Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa “Acceso de la Población a la Identidad”, el mismo que tiene como objetivo incrementar la proporción de niños y niñas recién nacidos con DNI cuya obtención se realice en un plazo de hasta los 30 días de nacido, en los 120 distritos priorizados de los departamentos de Amazonas, Cajamarca, Huánuco, Ayacucho, Apurímac y Huancavelica; Que mediante documentos de vistos, la Gerencia de Operaciones Registrales señala que los 120 distritos priorizados por el Programa “Acceso de la Población a la Identidad” se encuentran en lugares lejanos, en donde el RENIEC no tiene presencia, por ello resulta necesaria la implementación de 34 Ofi cinas Registrales Auxiliares – ORA, ubicadas en centros hospitalarios con un mayor nivel de atención en localidades ubicadas cerca o dentro de los distritos correspondientes a los 6 departamentos priorizados, situación que permitirá el cumplimiento del objetivo principal del Convenio; Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto a través de los documentos de vistos, señala que los recursos presupuestarios necesarios para la implementación de las Ofi cinas Registrales Auxiliares, son factibles de ser fi nanciadas con cargo a los recursos autorizados por el Ministerio de Economía y Finanzas por la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias para las acciones del Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa “Acceso de la Población a la Identidad” suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el RENIEC; Que el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Ofi cio N° 588-2012-EF/50.06 (28DIC2012), da cuenta del Informe de verifi cación del cumplimiento del Convenio de Apoyo Presupuestario al “Programa de Acceso de la Población a la Identidad”, señalando que el RENIEC ha cumplido con la totalidad de los criterios establecidos para el Nivel 0 del Convenio; Que en ese contexto, mediante el documento de vistos la Jefatura Regional 15 - Huánuco solicita la apertura de la Ofi cina Registral Auxiliar del RENIEC en las instalaciones del Hospital I Llata; informando que asimismo, se cuenta con el personal, el local y el mobiliario para dar inicio al registro de hechos vitales y trámites de DNI de menores en los referidos nosocomios; Que se hace necesario difundir la presente Resolución Jefatural, a través de la correspondiente publicación, para conocimiento de la ciudadanía; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; el literal m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013); y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la apertura de la Ofi cina Registral Auxiliar en el Hospital I Llata, el cual se