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El Peruano Jueves 1 de agosto de 2013 500382 PLIEGO 114 : Consejo Nacional de Ciencia,Tecnología e Innovación Tecnológica UNIDAD EJECUTORA 001 : Consejo Nacional de Ciencia,Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000716 : Difusión de conocimientos científi cos y tecnológicos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 7 624 376,00 GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 469 750,00 ACTIVIDAD 5001026 : Política de desarrollo científi co y tecnológico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 664 920,00 2.5 Otros Gastos 54 600,00 ACTIVIDAD 5001091 : Promoción e incentivos en ciencia y tecnología FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 6 825 600,00 2.5 Otros Gastos 4 041 285,00 TOTAL PLIEGO 114 19 680 531,00 =========== TOTAL EGRESOS 34 220 531,00 =========== Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1º del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintaiún días del mes de julio del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 968882-1 Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 DECRETO SUPREMO Nº 194-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 24 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, autoriza la realización de modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC, hasta por el monto de VEINTIOCHO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 28 000 000,00), con cargo a los recursos a los que hace referencia el artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, con la fi nalidad de fi nanciar las acciones necesarias para el cierre de brechas de identifi cación y mantenimiento de la vigencia de la identifi cación en zonas de extrema pobreza. Asimismo, autoriza a aprobar mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de esta última, las disposiciones complementarias necesarias para la mejor aplicación de la presente disposición; Que, conforme al marco legal citado en el considerando precedente, mediante Decreto Supremo Nº 009-2013-MIDIS se aprueba el Mecanismo de Asignación por Resultados “Identidad e Inclusión Social”, el mismo que en su artículo 6 señala que dicho mecanismo fi nanciará el cierre de brechas de identifi cación de no menos de 220 000 personas, hasta por un monto de VEINTIOCHO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 28 000 000,00), con cargo a los recursos a los que hace referencia el artículo 24 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Que, en referencia a los compromisos y metas a cumplir por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC, el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 009- 2013-MIDIS señala que durante el año 2013 la asignación de los recursos a favor del RENIEC se realizará en dos tramos, previo al cumplimiento de los dos primeros compromisos (entregables) que se indican en el Anexo 1 de la citada norma; asimismo, indica que la verifi cación del cumplimiento de los referidos compromisos estará a cargo de la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 009-2013- MIDIS en su artículo 8 señala que a efectos de la transferencia de recursos a favor de RENIEC, la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobará, luego de la verifi cación del cumplimiento de los compromisos y metas establecidas en el Anexo 1 de dicha norma, el informe de validación de las acciones realizadas por el RENIEC en cada tramo, y lo remitirá al Ministerio de Economía y Finanzas; de este modo, el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 009-2013- MIDIS señala que el primer tramo del desembolso, por CATORCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 000 000,00), se realiza a la presentación del Plan de Implementación elaborado por RENIEC, cuyos contenidos mínimos se indican en el Anexo 2 de la citada norma; Que, mediante Ofi cio Nº 0132-2013/MIDIS/VMPES/ DGGU, se remite el Informe Nº 011-2013-MIDIS-VMPES/ DGGU/RMP, complementado con el Informe Nº 013- 2013-MIDIS-VMPES/DGGU/RMP, de la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través de los cuales se comunica al Ministerio de Economía y Finanzas sobre la aprobación del Plan de Implementación “Identidad e Inclusión Social”, remitido por el RENIEC, concluyendo que se ha verifi cado el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2013-MIDIS y sus anexos; Que, es necesario autorizar una transferencia de partidas, hasta por la suma de CATORCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 000 000,00). a favor del RENIEC, con cargo a la Reserva de Contingencia, en tanto dichos recursos no han sido previstos en el presupuesto