Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2013 (10/08/2013)


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cumplimiento oportuno de las areas en la entrega de informacion que deba ser publicada en el Pagina Web Institucional. Articulo 3º.- DEJAR sin efecto la Resolucion de Alcaldia N° 175 de fecha 04 de junio de 2012. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como la notificacion a las Unidades Organicas correspondientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CANTELLA SALAVERRY MORDAZA 971975-1

El Peruano Sabado 10 de agosto de 2013

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Declaran de interes local peticion de cambio de zonificacion solicitada por persona juridica respecto a predio ubicado en el distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 048 San MORDAZA de Lurigancho, 25 de MORDAZA de 2013 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorandum Nº 355-2013-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 198-2013-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 044-2013GDU/MDSJL de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 170-2013-SGPUC/GDU/MDSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, y el Registro Nº 05916-S1-2013; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, y acorde con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en tal sentido, gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejerciendo la jurisdiccion en el ambito de su circunscripcion territorial; Que, el Articulo 9º Numeral 35) de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, indica como atribucion del Concejo Municipal, las demas atribuciones que le correspondan conforme a ley; Que, el Articulo 73º Parrafo Tercero Literal b) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, precisa - dentro del MORDAZA de las competencias y funciones especificas establecidas en la presente ley - que los planes referidos a la organizacion del espacio fisico y uso del suelo que emitan las municipalidades distritales deberan sujetarse a los planes y las normas municipales provinciales sobre la materia; Que, el Articulo 28º de la Ordenanza Nº 620-MML - Ordenanza Reglamentaria del MORDAZA de Aprobacion del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA de MORDAZA, de los Planes Urbanos Distritales y la Actualizacion de la Zonificacion de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana, refiere que la Zonificacion regula el ejercicio del derecho de uso del suelo de la propiedad inmueble y se concreta en los Planos de Zonificacion MORDAZA, Reglamento de Zonificacion e Indice

de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas. La Zonificacion de MORDAZA tiene como principales objetivos: (i) fortalecer el MORDAZA de suelos; (ii) alentar la inversion inmobiliaria publica y privada, sea empresarial comunal o particular, con normas claras y confiables; (iii) aplicar nuevas tecnologias para una gestion mas productiva del suelo Urbano; (iv) densificar e intensificar el uso del suelo urbano; (v) integrar con eficiencia las actividades urbanas compatibles; (vi) promover la mas alta calidad del medio ambiente en el ambito provincial; (vii) desanimar los procesos informales; (viii) simplificar los procedimientos y eliminar los costos administrativos; (ix) defender los derechos de la comunidad urbana; y (x) generar una transparente cooperacion entre la poblacion y sus autoridades locales; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 1081-MML - Ordenanza que Aprueba el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo del distrito de San MORDAZA de Lurigancho que forma parte del Area de Tratamiento Normativo I de MORDAZA Metropolitana, establece un regimen excepcional de Cambios Especificos de Zonificacion que promueva la inversion publica o privada, debidamente sustentados y declarados de interes local por la Corporacion Municipal cuando corresponda. Para lo cual, los interesados presentaran sus iniciativas a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, siendo que el organo competente formulara el Informe Tecnico correspondiente; y la Municipalidad Distrital, mediante Acuerdo de Concejo declarara de Interes Local la propuesta de Cambio Especifico de Zonificacion, elevandolo a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el Articulo 50º del Decreto Supremo Nº 0042011-VIVIENDA - Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA, sostiene que los Cambios de Zonificacion pueden ser propuestos de oficio por la municipalidad interesada o pueden ser tramitados por sus propietarios y/o promotores ante la municipalidad distrital, en tanto el Numeral 51.5 del Articulo 51º del precitado Reglamento, expresa que la municipalidad distrital elevara la propuesta de cambio de zonificacion a la municipalidad provincial mediante Acuerdo de Concejo; Que, el Articulo 12º de la Ordenanza Nº 1617-MML - Ordenanza que MORDAZA los Cambios de Zonificacion en MORDAZA Metropolitana, menciona que las Municipalidades Distritales realizaran la evaluacion de las Peticiones de Cambio de Zonificacion y elaborara un informe unico, emitiendo su opinion sobre el total de las peticiones; el que sera elevado al Concejo Municipal Distrital, para la emision del Acuerdo de Concejo respectivo, donde expresara su opinion, la misma que no tiene caracter vinculante; Que, mediante Registro Nº 05916-S1-2013, la persona juridica Inversiones Educa S. A. C., solicita el Cambio de Zonificacion de Comercio Vecinal (CV) y Vivienda Taller (VT) a Educacion Superior Tecnologico (E2), del predio ubicado en la Avenida Piramide MORDAZA Manzana F Lote 5 de la Urbanizacion Parcelacion Azcarrunz, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 170-2013-SGPUC/GDU/ MSJL, la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro senala que el solicitante Inversiones Educa S. A. C. es una persona juridica debidamente constituida e inscrita en la Partida Nº 12712990 del Registro de Personas Juridicas de la SUNARP, asi como resulta ser titular del predio ubicado en la Manzana F Lote 5 de la Urbanizacion Parcelacion Semi MORDAZA Azcarrunz, inscrita en la Ficha Nº 76840 continuada en la Partida Nº 42875279 del Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP; y durante la inspeccion ocular pudo apreciarse la consolidacion de establecimientos de vivienda taller e instituciones educativas en su entorno, respetandose la viabilidad proyectada y los objetivos de ocupacion del suelo con fines urbanos, asi como brindando alternativas urbanisticas necesarias para atender la demanda de actividades de uso educacional. Por lo que teniendo en cuenta las consideraciones expuestas y estando a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 1617-MML, concluye en que resulta Factible el Cambio de Zonificacion propuesto, debiendose elevarse al Concejo Municipal Distrital para emitirse el Acuerdo de Concejo respectivo;

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