Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2013 (10/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Sabado 10 de agosto de 2013

500991
SERVICIOS NO PRESTADOS EN LA FORMULACION DE EXPEDIENTES TECNICOS, QUE FUE APROBADO CON ANTERIORIDAD, OCASIONANDO UN PERJUICIO ECONOMICO DE S/. 497,881.02 A LA ENTIDAD. Se observa que en la ejecucion de la obra "Construccion del Hospital MORDAZA Infantil del MORDAZA Sur Juliaca", se establecio que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Oficina Regional de Estudios y Proyectos, abusando de su cargo y teniendo pleno conocimiento que el expediente tecnico del proyecto de inversion publica ya estuvo aprobado, solicito tramitar pagos ante los servidores de las Oficinas Regionales de Administracion, Recursos Humanos y Tesoreria a favor de 46 personas que no prestaron servicios en la formulacion del citado documento tecnico; fin indebido que sustento en declaraciones falsas insertadas en informes, planillas de tareo y conformidades de prestacion de servicios, contando con la visacion del Gerente General Regional efectivizaron el pago a su favor mediante la suscripcion de planillas de jornales no ajustadas a la verdad ocasionando un perjuicio de S/. 497,881.02 al Estado; Que, las 46 personas habrian efectuado labores como tecnico, proyectistas o especialistas en la elaboracion del expediente tecnico, pero no fue asi; la Entidad no ha acreditado documentadamente la forma en la que se selecciono a dichas personas, tampoco existen los contratos de trabajo, registro y control de asistencia del personal y de seleccion de personal. Que, pese a todo ello, MORDAZA MORDAZA MORDAZA remitio la planilla preelaborada que motivo que la Oficina de Recursos Humanos elaborara la planilla de jornales de diciembre del 2009, girandose los comprobantes de pago con las constancias de conformidad de prestacion de servicios con declaraciones falsas emitidos por MORDAZA MORDAZA Aguilar. Que, el unico documento que sustenta la participacion de estas personas son las hojas de tareos correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2009, suscritas unicamente por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Oficina Regional de Estudios y Proyectos, hecho que deviene en irregular porque el expediente tecnico se aprobo el 28 de agosto del 2009; Que, estando a los hechos expuestos aparece como posible responsable administrativo funcional: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente General Regional del Gobierno Regional MORDAZA periodo de 30 de MORDAZA de 208 a 31 de diciembre de 2010, quien viso irregularmente constancias de conformidad conteniendo declaraciones falsas que viabilizaron el pago de 46 personas, quienes no prestaron labor efectiva en la formulacion del expediente tecnico, teniendo conocimiento que dicho expediente tecnico habia sido aprobado el 28 de agosto del 2009, fecha anterior al tramite del pago respectivo; ademas que las actividades desarrolladas por la Oficina Regional de Estudios y Proyectos se encontraban bajo su direccion y supervision; quien inobservando sus funciones establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ROF, aprobado con Ordenanza Regional Nº 008-2008 de 28 de MORDAZA de 2008, que en su articulo 22, literal a. establece: "a. Dirigir, coordinar y supervisar las actividades de los organos de apoyo, asesoramiento y de linea que se encuentren bajo su dependencia"; Que, los hechos descritos transgreden la normativa siguiente: Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobada por Ley Nº 28411, articulo 35, numeral 5.1 "El devengado es el acto mediante el cual se reconoce una obligacion de pago, derivada de un gasto aprobado y comprometido, que se produce previa acreditacion documental ante el organo competente de la realizacion de la prestacion o el derecho del acreedor", articulo 36º, numeral 36.1 "El pago es el acto mediante el cual se extingue, en forma parcial o total, el monto de la obligacion reconocida, debiendo formalizarse a traves del documento oficial correspondiente. Se prohibe efectuar pago de obligaciones no devengadas". Ley General del Sistema Nacional de Tesoreria aprobada por Ley Nº 28693, articulo 29º "El devengado, sea en forma parcial o total, se produce como consecuencia de haberse verificado lo siguiente: ...La efectiva prestacion de los servicios contratados". Directiva de Tesoreria Nº 001-2007-EF/77.15 aprobada por Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF-77, articulo 9, numeral 9.1 "El Gasto Devengado se formaliza cuando se otorga la conformidad

POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. MORDAZA ATKINS LERGGIOS Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 972146-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionario del Gobierno Regional MORDAZA
PRESIDENCIA REGIONAL RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 338-2013-PR-GR MORDAZA MORDAZA, 9 de agosto de 2013 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Vistos, el Informe Nº 448-2012-CG/ORPU-EE Examen Especial al Gobierno Regional MORDAZA "Construccion del Hospital MORDAZA Infantil del MORDAZA Sur de Juliaca", Informe Nº 001-2013-GR PUNO/CEAHPA de la Comision Especial Ad Hoc de Procesos Administrativos del Gobierno Regional MORDAZA, sobre INSTAURACION DE MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO; y, CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional de MORDAZA en el ano 2009, mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 213-2009PR-GR MORDAZA de 28 de agosto del 2009, aprobo el Expediente Tecnico del proyecto de inversion publica "Construccion del Hospital MORDAZA Infantil del MORDAZA Sur de Juliaca", con un presupuesto de S/. 74 195 669.00 fuente de financiamiento recursos determinados - fondo de bonos soberanos, incorporandose dichos fondos publicos en el Presupuesto Institucional del pliego 458 Gobierno Regional de MORDAZA, para el ano fiscal 2010 mediante la Resolucion Ejecutiva Regional N° 038-2010-PR-GR MORDAZA del 17 de febrero del 2010, estableciendose el plazo de ejecucion, pero sin llegar a la conclusion prevista, paralizado por irregularidades tecnicas advertidas por una comision evaluadora; Que, la Oficina Regional de Control MORDAZA (ORPU) de la Contraloria General de la Republica, ha efectuado un examen especial que corresponde a una accion de control programada en el Plan Operativo del 2011, accion de control registrada con el Codigo SCG N° 1-L455-2011004 y desarrollada en el MORDAZA de la Operacion Machu Picchu, de verificacion de denuncias. La comision auditora fue acreditada con Oficio N° 00562-2011-CG/DG de 19 de MORDAZA del 2011; Que, el objetivo general del examen especial es determinar si los recursos publicos asignados para la ejecucion asignados para la ejecucion de la obra: "Construccion del Hospital MORDAZA Infantil del MORDAZA Sur de Juliaca", ha sido utilizada conforme a la normativa vigente. Y como objetivos especificos determinar si la aprobacion y elaboracion del expediente tecnico de la obra, por la modalidad de administracion presupuestaria directa y por un monto de S/. 74 695, 669.00 se realizo en concordancia con la normativa aplicable; y determinar si la ejecucion fisica y financiera de la obra se realizo en concordancia con la normativa aplicable, sobre la base de procedimientos de caracter tecnico, administrativo, orientado a conseguir bienes y servicios con calidad, oportunidad y economia; Que, la Cuarta Observacion del Informe Nº 448-2012CG/ORPU-EE, establece: PAGO DE PLANILLAS POR

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