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El Peruano Miércoles 14 de agosto de 2013 501106 sector, la de normalización y certifi cación de competencias laborales (literal “h” del Artículo 4º), ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional (numeral 5.1. del Artículo 5º), así como función rectora formulando, planifi cando, dirigiendo, coordinando, ejecutando, supervisando y evaluando las políticas nacionales y sectoriales (literal “a”, numeral 3.1., Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 004-2010-TR); Que, conforme al Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral como órgano de línea, es responsable de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las políticas públicas (Artículo 71º) y tiene como función específi ca emitir y aprobar lineamientos, directivas, mecanismos y procedimientos en el ámbito nacional y sectorial (literal “c” del artículo 72º), en normalización y certifi cación de competencias laborales; Que, de acuerdo al citado al Decreto Supremo, constituye función específi ca de la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales: proponer, validar, actualizar y promover la elaboración de perfi les ocupacionales en base a competencias laborales (literal “b” del artículo 75º); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 026-2010-TR, son aprobados los Criterios del Proceso de Certifi cación de Competencias Laborales, estableciendo el marco procedimental y contenido mínimo de un Perfi l Ocupacional, siendo instancias competentes para proponerlo la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, así como las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, de conformidad al numeral Segundo del Anexo adjunto a la Resolución Ministerial Nº 026-2010-TR, los Perfi les Ocupacionales se actualizan de acuerdo a los cambios tecnológicos y productivos del sector económico; Que, mediante Resolución Directoral Nº 011-2010/ MTPE/3/11.2, de fecha 11 de agosto de 2010 se refrendó el Perfi l Ocupacional del Cuidador (a) de la Persona Adulta Mayor Autovalente, vigente por un período de tres años, el cual posteriormente fue modifi cado por Resolución Directoral Nº 042-2012/MTPE/3/19 de fecha 13 de diciembre de 2012; Que, la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, luego de la revisión y análisis correspondiente, mediante ofi cio e informes de vistos propone actualizar el Perfi l Ocupacional referido precedentemente; Que, de conformidad al sustento técnico realizado en el Informe Nº 02-2013-MTPE/3/19.2/CJHG, se indica entre otros, en relación al Perfi l Ocupacional referido, que dado a cambios productivos en el sector correspondiente, se han incorporado nuevos procedimientos para el desempeño de la labor y condiciones de desempeño en las unidades de competencia a efectos de responder a las demandas actuales; adicionalmente se advierte la necesidad de identifi car los puestos de trabajo vinculados a las unidades de competencia del Perfi l Ocupacional del Cuidador (a) de la Persona Adulta Mayor Autovalente, dado que permite una mejor comprensión por parte de los actores involucrados en la normalización y certifi cación de competencias laborales; Que, la actualización propuesta cuenta con el control de calidad efectuado según Informe Nº 026-2013-MTPE/3/19.2/ RIM, en base a la “Matriz de control de calidad del diseño de un Perfi l Ocupacional” aplicada a tal efecto; Que, estando a las facultades y atribuciones de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral y en el ejercicio de sus funciones específi cas asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de la actualización del Perfi l Ocupacional. Aprobar la actualización del Perfi l Ocupacional de Cuidador (a) de la Persona Adulta Mayor Autovalente, propuesta por la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, el mismo que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- Incorporación y vigencia. Incorpórese el Perfi l Ocupacional del Cuidador (a) de la Persona Adulta Mayor Autovalente actualizado, al Catálogo Nacional de Perfi les Ocupacionales, el mismo que tendrá una vigencia de tres (03) años y servirá de base para procesos de evaluación y certifi cación de competencias laborales que se inicien. Artículo 3º.- Vigencia de procesos iniciados. Los procesos de evaluación y certifi cación de competencias laborales iniciados en base al Perfi l Ocupacional del Cuidador (a) de la Persona Adulta Mayor Autovalente, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 011-2010/MTPE/3/11.2, y su modifi catoria aprobada por Resolución Directoral Nº 042-2012/MTPE/3/19, continuarán vigentes hasta que concluyan conforme a la normatividad de la materia. Artículo 4º.- Publicación. Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en la separata de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano, así como en el portal web institucional de la entidad (www.trabajo.gob.pe) donde se adicionarán el Mapa Funcional, Perfi l Ocupacional y el Anexo de puestos de trabajo vinculados a sus unidades de competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.- ASTRID AIMÉE SÁNCHEZ FALERO Directora General de Formación Profesional y Capacitación Laboral 974142-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan Director General de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 474-2013-MTC/03 Lima, 09 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confi anza de Director General de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, por consiguiente, resulta necesario designar al funcionario que desempeñará el citado cargo; De conformidad con las Leyes Nos. 27594, 29158 y 29370, y el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC y sus modifi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al señor Lorenzo Ramón Orrego Luna en el cargo de confi anza de Director General de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 2°.- Dar por concluido el encargo de funciones dispuesto por la Resolución Ministerial N° 415-2012- MTC/03. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 973848-1 Ratifican el Acta de Entendimiento, Negociaciones de Transporte Aéreo Canadá - Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 475-2013 MTC/02 Lima, 9 de agosto de 2013