Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2013 (15/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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Articulo Segundo.- DEJAR sin efecto la Resolucion Presidencial Regional Nº 421-99-CETAR/MOQUEGUA. que aprobo el anterior Cuadro Para Asignacion de Personal de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo del Gobierno Regional de Moquegua. Articulo Tercero.- Los cargos aprobados en el presente Cuadro de Asignacion de Personal de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo del Gobierno Regional de MORDAZA, deberan ser cubiertos en estricta observancia a la normatividad legal vigente. Articulo Cuarto.- Esta Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la Entidad incluyendo sus anexos. Comuniquese al senor Presidente de Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA, a los catorce dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 974649-1

El Peruano Jueves 15 de agosto de 2013

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modi can Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007 MORDAZA, 14 de agosto de 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece en su articulo 195º, numeral 8, que los gobiernos locales son competentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de transporte colectivo, circulacion y transito; Que, mediante Ordenanza Nº 1680-MML, Ordenanza reglamentaria de la interferencia de vias en la provincia de MORDAZA, se MORDAZA el regimen aplicable a la interferencia de vias publicas, zonas reservadas, zonas de seguridad, zonas rigidas y sentido de circulacion de MORDAZA en MORDAZA Metropolitana, estableciendose los procedimientos para la obtencion de las autorizaciones correspondientes; Que, con fecha 02 de MORDAZA de 2013 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 30056 ­ "Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversion, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial", la cual en el Titulo I Capitulo III establece disposiciones para la simplificacion de autorizaciones municipales para propiciar la inversion en materia de servicios publicos y obras de infraestructura y en su sexta disposicion complementaria y final senala que en un plazo de treinta (30) dias habiles las municipalidades modificaran su Texto

Unico de Procedimientos Administrativos adoptando los procedimientos que correspondan a lo dispuesto en la Ley; Que, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 30056, se requiere que en el T.U.P.A de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA en cuanto al procedimiento 29 ­ "Ejecucion de Obras en Areas de Uso Publico en el Cercado de MORDAZA y en Vias Expresas, Arteriales y Colectoras de la Provincia de Lima", subprocedimiento 29.1 denominado "Trabajos de Emergencia, Mantenimiento y/o Ampliacion de Redes", se precise el requisito N° 6; procedimiento de evaluacion previa con aplicacion del silencio administrativo positivo y un plazo para resolver de cinco (05) dias habiles; asi mismo una nota precisando que el monto total por los derechos de tramite no debera exceder a una (01) U.I.T vigente. De igual forma, en el MORDAZA de la Subgerencia de Ingenieria del MORDAZA de la Gerencia de Transporte MORDAZA resulta necesario precisar el ambito de aplicacion de los subprocedimientos 3.1 y 3.3, senalandose "no aplicable para los supuestos regulados en el numeral 6.4 del articulo 6° del Decreto Legislativo N° 1014". Respecto al subprocedimiento 3.1 se precisa que en el requisito numero 7 no deba exigirse en caso el documento sea emitido por la propia Municipalidad Metropolitana de Lima. Por otra parte, con relacion al subprocedimiento 3.3 se anade un "*" (asterisco), el cual precisara al final del detalle de los requisitos el texto "No aplicable para los procedimientos vinculados a conexiones domiciliarias ubicadas en el distrito de Cercado de MORDAZA, o en vias metropolitanas, caso en el cual es de aplicacion lo dispuesto en el procedimiento N° 29.2 del MORDAZA vinculado a la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano"; asimismo se precisa en el requisito numero 4 que no debe exigirse el recibo de pago, sino unicamente el pago de las tasas administrativas correspondientes y ademas se establece el procedimiento como de evaluacion previa con aplicacion del silencio administrativo positivo y un plazo para resolver de cinco (05) dias habiles; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General establece en su articulo 38º numeral 38.5 que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe aprobar por Decreto de Alcaldia; De conformidad con la Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley N° 27783, Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversion, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial - Ley Nº 30056, Ordenanza Nº 812-MML y Ordenanza Nº 1680MML; DECRETA: Articulo 1°.- Modificacion de subprocedimientos del T.U.P.A. Modifiquense en el procedimiento 3, los subprocedimientos 3.1 y 3.3 de la seccion correspondiente a la Subgerencia de Ingenieria del MORDAZA de la Gerencia de Transporte MORDAZA y en el procedimiento 29, sub procedimiento 29.1 de la seccion correspondiente a la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA vigente de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobado por Ordenanza Nº 1334, conforme consta en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo 2°.- Precision sobre la gratuidad de la entrega de la comunicacion Precisese que las comunicaciones para la interferencia de vias por desvios vehiculares contempladas en el articulo 6º numeral 6.4 del Decreto Legislativo N° 1014 son gratuitos, por tanto es ilegal todo cobro por concepto de entrega o evaluacion. Articulo 3°.- Eliminacion de requisitos Dispongase la eliminacion del requisito numero 3 denominado "Copia del cargo de la solicitud de autorizacion presentado en la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (para el caso de obras en vias

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