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El Peruano Jueves 15 de agosto de 2013 501187 por concurso público, salvo aquellos califi cados como de confi anza conforme a las leyes vigentes, que no excederán del diez por ciento (10%) del total respectivo de trabajadores; Que, con Resolución Jefatural N° 066-2013-J/ONPE se declaró vacante a partir del 01 de abril de 2013, la plaza N° 007 del Cuadro para Asignación de Personal de la Entidad, correspondiente al cargo de confi anza de Analista 1 de la Jefatura Nacional; Que, mediante Memorando N° 002382-2013-OGPP/ ONPE, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, informa que la plaza correspondiente al cargo de confi anza de Analista 1 de la Jefatura Nacional, cuenta con marco presupuestario en el presupuesto institucional; Que, con Informe N° 000721-2013-ORRHH-OGA/ ONPE la Ofi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración señala que el señor Jorge Alberto Hinojosa Benavides, reúne los requisitos mínimos para desempeñar el cargo de Analista 1 de la Jefatura Nacional, recomendados en el Manual de Organización y Funciones de la Entidad aprobado y modifi cado por Resoluciones Jefaturales Nos. 141-2011-J/ONPE, 244- 2011-J/ONPE y 088-2012-J/ONPE, respectivamente; Que, conforme lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 27594, todas las resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confi anza, surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; En uso de las facultades contenidas en el artículo 13° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y los literales r) y cc) del artículo 9° de su Reglamento de Organización y Funciones aprobado y modifi cado por Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ONPE, respectivamente; Con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar, a partir de la fecha, al señor Jorge Alberto Hinojosa Benavides en el cargo de confi anza de Analista 1 de la Jefatura Nacional de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, correspondiente a la plaza N° 007 del Cuadro para Asignación de Personal. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, en el plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe 975178-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Constituyen la Agencia Barranca en la cual se iniciarán los procedimientos registrales para el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, inscripción de hechos vitales y del estado civil RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 260-2013/JNAC/RENIEC Lima, 14 de agosto de 2013 VISTOS: El Informe Nº 000043-2013/GOR/JR10LIM/ RENIEC (28JUN2013), emitido por la Jefatura Regional 10 - Lima, el Informe Nº 000139-2013/GOR/RENIEC (25JUN2013), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando Nº 000673-2013/GPRC/ RENIEC (07JUN2013), emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Informe Nº 000340- 2013/GPRC/SGIRC/RENIEC (05JUN2013), emitido por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles y el Informe Nº 001475-2013/GAJ/RENIEC (12AGO2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el Artículo 11º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las ofi cinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modifi caciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que los Artículos 11º y 81º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, establecen que cada ofi cina registral estará dotada de las unidades de recepción de títulos, de califi cación de títulos, de procesamiento registral y/o de emisión de certifi caciones que la Alta Dirección estime igualmente necesarias, de acuerdo con las exigencias derivadas del volumen poblacional, con los costos de funcionamiento del servicio y con las facilidades técnicas con que se cuente; asimismo, se constituyen como un órgano de línea y como una primera instancia administrativa ante la interposición de recursos impugnativos; Que el Art. 91º del Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), dispone que la Gerencia de Operaciones Registrales es el órgano de línea, encargado de planear, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro de trámites de identifi cación de las personas, así como las inscripciones de los hechos vitales y modifi catorios del estado civil; Que la Jefatura Regional 10 – Lima, mediante documento de vistos solicita revocar las facultades registrales delegadas a través de la Resolución Jefatural Nº 023-1996-JEF-RENIEC (03ABR1996), de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil que funcionan en las Municipalidades Distritales de Paramonga, Pativilca, Barranca, Supe y Supe Puerto de la Provincia de Barranca, del Departamento de Lima, con la fi nalidad de que la Agencia Barranca brinde los servicios registrales de nacimiento, matrimonio y defunción, respectivamente; Que la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, mediante documento de vistos opina favorablemente respecto de la revocatoria de facultades registrales de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil que funcionan en las Municipalidades Distritales de Paramonga, Pativilca, Barranca, Supe y Supe Puerto de la Provincia de Barranca, del Departamento de Lima; Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante documentos de vistos, solicita que la Agencia Barranca, del distrito y provincia de Barranca, del departamento de Lima, que sólo venía atendiendo trámites de entrega del DNI de mayores y menores de edad, amplié sus servicios al registro de hechos vitales y del estado civil, para de esta manera brindar una mejor atención a los ciudadanos; Que en virtud a lo expuesto, mediante Resolución Jefatural Nº 253-2013/JNAC/RENIEC de fecha 07 de agosto de 2013 se dispuso revocar las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e); salvo la facultad de inscribir el reconocimiento de existencia de las personas, respecto del acervo que conservan y el literal o) salvo la facultad de anotar marginal o textualmente el acta de archivamiento respectiva, del artículo 44º de la Ley Nº 26497, conferidas a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funcionan en las Municipalidades Distritales de Paramonga, Pativilca, Supe y Supe Puerto, Provincia de