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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (30/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Viernes 30 de agosto de 2013 502019 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 1085, se crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, como organismo público ejecutor encargado a nivel nacional de la supervisión y fi scalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el citado dispositivo y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 024-2010-PCM disponen que el Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre forma parte de la estructura administrativa básica del OSINFOR y estará conformado por tres miembros, dos abogados y un ingeniero forestal, elegidos mediante concurso público y designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Que, de conformidad con la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del citado reglamento, mediante Resolución Ministerial N° 203-2010-PCM se aprobó el procedimiento del concurso público de los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre; Que mediante Resolución Suprema N° 036-2013- PCM, se designó a la Ingeniera Forestal Jenny Fano Sáenz como miembro del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del OSINFOR, por un período de tres años, estando pendiente la designación de los otros dos miembros del tribunal; Que en el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 203- 2010-PCM se establece que para fi nes del proceso de selección de los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre se deberá conformar una Comisión de Selección que estará integrada por un (1) representante propuesto por la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo presidirá; un (1) representante propuesto por el OSINFOR, y, un (1) representante propuesto por el Capítulo de Ingenieros Forestales del Colegio de Ingenieros del Perú; debiendo ser designados por Resolución Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros; Que mediante Ofi cio N° 037-2013-OSINFOR/01.1 y Carta N° 134-2013-2015/CDL/CIP/CIF, el OSINFOR y el Capítulo de Ingeniería Forestal del Colegio de Ingenieros del Perú, respectivamente, han propuesto a los representantes de sus instituciones ante la Comisión de Selección citada. Asimismo, habiéndose propuesto al representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, corresponde designar a los miembros de la Comisión de Selección; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1085, el Decreto Supremo N° 024-2010-PCM y la Resolución Ministerial N° 203-2010-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como miembros de la Comisión de Selección a cargo del Concurso Púbico para designar a los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, a las siguientes personas: - Señor Boris Gonzalo Potozén Braco, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien presidirá la Comisión. - Señor Máximo Salazar Rojas, en representación del OSINFOR. - Señor Héctor Alfonso Cisneros Velarde, en representación del Capítulo de Ingenieros Forestales del Colegio de Ingenieros del Perú. Artículo 2.- La Comisión de Selección se instalará en el plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 981707-1 AGRICULTURA Y RIEGO Oficializan el logotipo e isotipo del Ministerio de Agricultura y Riego RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0304-2013-MINAGRI Lima, 23 de agosto de 2013 VISTO: El Informe Técnico Nº 002-2013-MINAGRI-SEGMA- UII, de la Unidad de Imagen Institucional; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048, tiene por fi nalidad establecer la naturaleza jurídica, el ámbito de competencia, las funciones y la organización interna del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 3.1 del artículo 3 del citado Decreto Legislativo, el Ministerio de Agricultura y Riego diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, el artículo 20 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, dispone que la Unidad de Imagen Institucional tiene, entre otras, la función de diseñar, implementar y dar seguimiento a la estrategia de comunicación entre el Ministerio y los medios de comunicación social, nacionales e internacionales, así como con la población, elaborando y difundiendo el material informativo que permita una adecuada cobertura de sus actividades; así como, dirigir, coordinar, dar seguimiento y supervisar las actividades de relaciones públicas internas y externas, y proyectar la imagen del Ministerio a través de los medios de comunicación; Que, a través del Decreto Supremo Nº 056-2008- PCM, se dispuso que los Ministerios que conforman el Poder Ejecutivo y los organismos públicos adscritos a ellos consignarán en su documentación ofi cial y en toda documentación que emitan y/o cursen a entidades públicas y privadas, el Gran Sello del Estado y su denominación completa, de conformidad con el formato que en anexo forma parte integrante del mencionado Decreto Supremo; Que, con Informe Técnico Nº 002-2013-MINAGRI- SEGMA-UII, el Director de la Unidad de Imagen Institucional recomienda la aprobación del logo e isotipo institucional a ser utilizados con fi nes de comunicación de las funciones y servicios que brinda el Ministerio de Agricultura y Riego, así como de las actividades que lleva a cabo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ofi cializar el logotipo e isotipo del Ministerio de Agricultura y Riego, a ser utilizados en las actividades, productos, instrumentos y campañas de comunicación en el cumplimiento de sus funciones, que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Precisar que en toda documentación ofi cial y en toda documentación que se emita y/o curse a entidades públicas y privadas, se consignará el Gran Sello del Estado y la denominación completa del Ministerio de Agricultura y Riego, de conformidad con el formato que en Anexo forma parte integrante del Decreto Supremo Nº 056-2008-PCM. Artículo 3º.- Disponer que la Unidad de Tecnología de la Información publique la presente Resolución y el Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura y Riego