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El Peruano Viernes 30 de agosto de 2013 502030 transitabilidad en el puente carrozable de Huarac Km 3+080 ubicado en el Distrito de Pariahuanca, Provincia de Carhuaz, Región Ancash, afectado por la ocurrencia del huayco del día 19 de marzo del 2013” habiéndose declarado en Estado de Emergencia mediante Decreto Supremo Nº 053-2013-PCM; Que, el INDECI a través del Ofi cio Nº 1174-2013/ INDECI/4.0 solicita la suma de UN MILLON OCHO MIL TRESCIENTOS CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 008 304,00) los cuales serán transferidos fi nancieramente a la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado del Departamento de Huánuco para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado “Rehabilitación del servicio de protección frente a inundaciones en la margen derecha del Río Huallaga tramo puente Baden - AA.HH Tomyslavo Zecevich, Distrito de Rupa Rupa, Provincia de Leoncio Prado, Departamento de Huánuco, afectada por la crecida del Río Huallaga del 05 y 13 de Marzo de 2013” el mismo que ha sido declarado elegible por la Dirección General de Política de Inversiones, mediante Ofi cio Nº 3916-2013- EF/63.01 de fecha 05 de agosto del 2013; Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fi n de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiendo transferirse para el efecto, recursos por un total de UN MILLON CIENTO SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 162 646,00) a favor del INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 004- 2012-EF/63.01 – Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos, a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y la Directiva Nº 005-2012-EF/63.01 - Directiva del procedimiento simplifi cado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de desastres de Gran Magnitud; De conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 hasta por la suma de UN MILLON CIENTO SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 162 646,00) a fi n de atender una (01) Actividad de Emergencia y un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia 1 162 646,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 1 162 646,00 =========== A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias 1 162 646,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 1 162 646,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 982216-1 Autorizan viaje de funcionaria de la Superintendencia del Mercado de Valores a Guatemala, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 047-2013-EF Lima, 29 de agosto de 2013 VISTA: La carta de invitación de fecha 10 de junio de 2013, remitida por el Secretario General del Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores ha organizado el Seminario sobre Regulación y Supervisión de la Compensación y Liquidación de valores en Iberoamérica, que se celebrará en la ciudad de La Antigua Guatemala, República de Guatemala, del 4 al 6 de septiembre de 2013, en las instalaciones del Centro