Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2013 (30/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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Articulo 4º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del 1º de enero de 2014. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas.

El Peruano Viernes 30 de agosto de 2013

DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Unica.- Derogacion de normas Deroguese la Resolucion Ministerial Nº 138-95-EF/15 y las demas normas que se opongan al presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de agosto del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

010 Provias Descentralizado; en virtud del cual, mediante Oficio N° 1088-2013-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones propone un proyecto de decreto supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; Que, en aplicacion de lo dispuesto en el literal a) del articulo 2 de la Ley N° 30066, Ley para el Financiamiento de Programas Sociales y Acciones Priorizadas en Materia de Desarrollo e Inclusion Social y Transportes y Comunicaciones, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales, hasta por la suma de VEINTIUN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 939 998,00), en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, para el financiamiento de actividades de mantenimiento rutinario de infraestructura vial vecinal; De conformidad con la Ley N° 30066, Ley para el Financiamiento de Programas Sociales y Acciones Priorizadas en Materia de Desarrollo e Inclusion Social y Transportes y Comunicaciones, y el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de VEINTIUN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 939 998,00), para el financiamiento de actividades de mantenimiento rutinario de infraestructura vial vecinal a cargo de diversos Gobiernos Locales, de acuerdo al siguiente detalle:
En Nuevos Soles DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO : Gobierno Central

982214-2

Autorizan Transferencias de Partidas a favor de diversos gobiernos locales en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 para financiar actividades de mantenimiento rutinario de infraestructura vial vecinal
DECRETO SUPREMO N° 214-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el literal a) del articulo 2 de la Ley N° 30066, Ley para el Financiamiento de Programas Sociales y Acciones Priorizadas en Materia de Desarrollo e Inclusion Social y Transportes y Comunicaciones, se autoriza excepcionalmente, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hasta el 31 de agosto de 2013, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, aprobadas mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones a propuesta de este ultimo, previa suscripcion de convenios con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a traves de Provias Descentralizado, con la finalidad de financiar las actividades de mantenimiento periodico y rutinario de infraestructura vial departamental y vecinal; Que, el tercer parrafo del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas presupuestales siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa; senalandose que dichas transferencias se realizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo Informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, mediante el Memorando N° 2001-2013MTC/09.03, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hace MORDAZA el Informe N° 1191-2013-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto de la citada Oficina General, y emite pronunciamiento favorable respecto a autorizar una transferencia de partidas para financiar, entre otros, actividades de mantenimiento rutinario de infraestructura vial vecinal a cargo de diversos Gobiernos Locales, hasta por la suma de VEINTIUN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 939 998,00), senalando que los citados recursos han sido previstos en el Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora

036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 010 : Provias Descentralizado PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : Reduccion del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre 3000133 : MORDAZA Vecinal con Mantenimiento Vial 5001452 : Mantenimiento Rutinario de Caminos Vecinales No Pavimentados 1 : Recursos Ordinarios 21 939 998,00 21 939 998,00
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PRODUCTO ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

TOTAL EGRESOS

En Nuevos Soles A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : Reduccion del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre 3000133 : MORDAZA Vecinal con Mantenimiento Vial 5001452 : Mantenimiento Rutinario de Caminos Vecinales No Pavimentados : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales

PRODUCTO ACTIVIDAD

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