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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (30/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Viernes 30 de agosto de 2013 502024 propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, que en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Moacid FERALDO Freitas, CIP. 00097275 y DNI. 43656153, para que participe en el Curso Hidrografía Nivel “A”, a realizarse en la Escuela de Hidrografía “Alejandro Malaspina” de la Armada Española, ciudad de Cádiz, Reino de España, del 3 de setiembre de 2013 al 11 de julio de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan al Año Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo (ida): Lima - Madrid (Reino de España) US$ 2,800.00 US$ 2,800.00 Pasaje Terrestre (ida): Madrid – Cádiz (Reino de España) US$ 100.00 US$ 100.00 Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación) US$ 3,250.00 x 1 compensación US$ 3,250.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 3,250.00 / 30 x 28 días (setiembre 2013) US$ 3,033.33 US$ 3,250.00 x 3 meses (octubre - diciembre 2013) US$ 9,750.00 TOTAL A PAGAR: US$ 18,933.33 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4º.- Los gastos por pago de traslado y pasajes aéreos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa – Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6º.- El Ofi cial Subalterno designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7º.- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 8º.- El citado Ofi cial Subalterno, está impedido de solicitar su pase a la Situación de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 982214-4 Autorizan viaje de personal del Ejército Peruano y de la Marina de Guerra del Perú, a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 444-2013-DE Lima, 29 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Circular Nº 414-2013 de 02 de agosto de 2013, el Director Ejecutivo de la Secretaria Pro Tempore del Consejo de Defensa Suramericano (CDS), cursa a los Estados Miembros, la Carta Nº 718 del 29 de julio de 2013, mediante la cual el Ministro de Defensa Nacional de Chile, comunica que el segundo ejercicio de aplicación de la metodología para transparentar los inventarios militares, se realizará en la ciudad de Santiago de Chile, el 02 de setiembre de 2013; Que, la mencionada actividad se encuentra prevista en el Plan de Acción 2013 del Consejo de Defensa Suramericano; Que, siendo el tema a tratar de interés institucional, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Coronel EP Andrés Francisco Ibarra Nieto, y el Capitán de Navío Víctor Augusto Chichizola Porras, para que participen en dicho evento internacional en representación del Ministerio de Defensa; Que, el viaje que se autoriza se encuentra previsto en el Rubro 5 : Medidas de Confi anza Mutua, Item 99, del Anexo 1 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado con Resolución Suprema Nº 091-2013 DE/ del 15 de marzo de 2013, y su modifi catoria aprobada con Resolución Suprema Nº 405-2013-DE/ del 12 de agosto de 2013; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2013 del Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, con el fi n de facilitar el viaje del personal comisionado, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del evento; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores