Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2013 (30/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Viernes 30 de agosto de 2013

502031

de Formacion de la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional para el Desarrollo (AECID), en el MORDAZA del Programa de Formacion Tecnica Especializada (PIFTE); Que, el evento esta dirigido a funcionarios de los Organismos Reguladores y Supervisores miembros del mencionado Instituto, con el objetivo de analizar la organizacion y estructura de las actividades de post-contratacion de valores en Iberoamerica, asi como los estandares y recomendaciones internacionales sobre infraestructuras de mercados financieros, constituyendo una magnifica oportunidad para profundizar e intercambiar experiencias en estas materias; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la participacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista Principal de la Superintendencia Adjunta de Supervision Prudencial de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, toda vez que dentro de las competencias de la mencionada Superintendencia Adjunta se encuentra la supervision de las instituciones de compensacion y liquidacion de valores y sus participantes; Que, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado, con cargo a recursos publicos, que el requerimiento de autorizaciones de viaje por supuestos distintos de los senalados en los literales del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, en consecuencia y siendo de interes institucional para la Superintendencia del MORDAZA de Valores, resulta conveniente autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos por concepto de alojamiento y alimentacion seran asumidos por la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional para el Desarrollo (AECID) y los gastos de pasajes aereos seran con cargo al presupuesto de la Superintendencia del MORDAZA de Valores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su modificatoria aprobada con Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista Principal de la Superintendencia Adjunta de Supervision Prudencial de la Superintendencia del MORDAZA de Valores a la MORDAZA de La Antigua Guatemala, Republica de Guatemala, del 03 al 07 de septiembre de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran atendidos con cargo al Presupuesto de la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 1 562,47

Aprueban Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondiente, al mes de MORDAZA de 2013
RESOLUCION MINISTERIAL N° 242-2013-EF/15
MORDAZA, 28 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, modificada por las Leyes N° 28323 y N° 29788, establece la Regalia Minera, su constitucion, determinacion, administracion, distribucion y utilizacion; Que, el numeral 2.1 del articulo 2º de la Ley N° 28258 Ley de Regalia Minera, senala que la Regalia Minera es la contraprestacion economica que los sujetos de la actividad minera MORDAZA al Estado por la explotacion de los recursos minerales metalicos y no metalicos; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que el Ministerio de Economia y Finanzas distribuira mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalia Minera en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario despues del ultimo dia de pago de la Regalia Minera; Que, el numeral 16.5 del articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y normas modificatorias, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas determinara los indices de distribucion de la regalia minera del ultimo mes y/o del ultimo trimestre, segun sea el caso, los que seran aprobados mensualmente a traves de una Resolucion Ministerial; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Resolucion Ministerial N° 223-2011-EF/43, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, establece que los Indices de Distribucion de la Regalia Minera son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial sobre la base de los calculos que para tal efecto formule la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales de este Ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, sobre la base de la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI mediante los Oficios N°s. 076-2013-INEI/DTDIS, 255-2013INEI/DTDIS y 489-2013-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria SUNAT, segun el Oficio Nº 61-2013-SUNAT/4C0000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Oficio Nº 340-2013-SE/DGPU/DE/ANR, la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales - DGDFAS del Ministerio de Economia y Finanzas ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion de la Regalia Minera del mes de MORDAZA de 2013, segun lo indicado en el Informe N° 093-2013EF/64.03; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de MORDAZA de 2013; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera y sus modificatorias, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y sus normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de MORDAZA de 2013, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA beneficiados con la Regalia Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de MORDAZA de 2013 consideran la informacion remitida por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria -

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria debera presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

982214-7

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