Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2013 (11/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Miercoles 11 de diciembre de 2013

509005
VISTO: La Resolucion Administrativa N° 420-2013-P-CSJHAPJ; y CONSIDERANDO: Primero.- Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad del Distrito Judicial a su cargo, dirige la aplicacion de la politica del Poder Judicial, en tal sentido asume competencia administrativa para la mejor organizacion, funcionamiento y atencion de los organos jurisdiccionales que conforman su Distrito, dirigiendolo a brindar a los abogados, justiciables y publico en general, la pronta atencion que se merecen por parte del personal administrativo y jurisdiccional. Segundo.- Que, los Centros de Distribucion General son areas funcionales conformantes de la Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de Huaura, que tiene como competencia atender lo referente a la recepcion, ingreso y distribucion de documentos dirigidos a las diferentes dependencias jurisdiccionales. Tercero.- Que, en visitas inopinadas efectuadas por esta Presidencia a las sedes judiciales de esta Corte, se ha observado que el Centro de Distribucion General, atiende al publico mas alla de las ocho horas de jornada laboral diario estipuladas por ley, alargandose con el MORDAZA de consolidacion y clasificacion de la documentacion; lo que afecta la normal organizacion de los tramites y contraviniendo lo estipulado en las diversas normas laborales. Cuarto.- Que, la necesidad de regulacion del horario de atencion al publico se enmarca dentro del articulo 25° de la Constitucion Politica del Peru que prescribe: "la jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, como maximo...". Concordada con el numeral 2 del articulo 138° de la Ley N° 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" que preceptua: "el horario de atencion diario es establecido por cada entidad cumpliendo un periodo no coincidente con la jornada laboral ordinaria, para favorecer el cumplimiento de las obligaciones y actuaciones de la ciudadania. Para tal efecto, distribuye su personal en turnos, cumpliendo jornadas no mayores de ocho horas". Concordante a su vez con el numeral 4 de la misma Ley que expresa: "el horario de atencion concluye con la prestacion del servicio a la MORDAZA persona compareciente dentro del horario habil". Quinto.- Que, mediante Resolucion Administrativa del visto se aprobo la Directiva N° 001-2013-P-CSJHAPJ "Manual de Procedimientos para la Optimizacion de los Procesos Judiciales y Administrativos" que tiene como objetivo establecer las pautas necesarias para el personal jurisdiccional y administrativo en la tramitacion de las causas; que redundara en la transparencia de los procesos y su atencion en plazos establecidos por la norma. Este Manual al regular los procesos de ingreso y atencion de escritos, requiere que los Centros de Distribucion General esten debidamente organizados para que permita la fluidez en los procedimientos de tramitacion de documentos; en los diversos organos jurisdiccionales de las diferentes sedes judiciales. Sexto.- Que, en razon de los considerandos expuestos es pertinente redefinir el horario de atencion al publico usuario dentro del MORDAZA normativo senalado, que finalmente redundara en la celeridad y transparencia de los procesos judiciales y optimizara los recursos de este Poder del Estado. Que, en razon de ello, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3 y 9 del articulo 90° del Texto Unico de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que el horario unico de atencion al publico, en los Centros de Distribucion General de las Sedes Judiciales de las Provincias de Huaura, Barranca y Huaral, sera de 08:00 a.m. a 04:00 p.m., hora en que se cerrara la ventanilla no aceptando ningun documento posterior. Asimismo disponer que la atencion sea en forma ininterrumpida; a partir del 09 de diciembre del ano en curso.

debiendo retornar al Juzgado Quincuagesimo Primer Juzgado Penal de Lima. Que, mediante documentacion presentada ante esta Presidencia se ha tomado conocimiento respecto al comportamiento de la Juez Supernumeraria MORDAZA MORDAZA Chafloque MORDAZA, quien conforme se desprende de la documentacion pertinente no cumple con las expectativas, ni las funciones propias en su calidad de Juez Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre; motivo por el cual corresponde tomar las medidas y acciones pertinentes y proceder a designar a la persona que se encargara del referido despacho. Que, estando a lo expuesto en los considerandos anteriores, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del MORDAZA Primer Juzgado Penal, Quincuagesimo Primer Juzgado Penal, y Primer Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre, y, proceder a la designacion o reasignacion conforme corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero.- REASIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del 41° Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA, a partir del 11 de diciembre del presente ano. Articulo Segundo.- REASIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del 51° Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA, a partir del 11 de diciembre del presente ano y mientras dure la promocion de la doctora MORDAZA Palomino. Articulo Tercero.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del 1° Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre, a partir del 11 de diciembre del presente ano, y mientras dure la promocion de la doctora MORDAZA Gutierrez. Articulo Cuarto.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1026278-1

Establecen horario unico de atencion al publico en los Centros de Distribucion General de las Sedes Judiciales de las Provincias de Huaura, Barranca y Huaral de la Corte Superior de Justicia de Huaura
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 522-2013-P-CSJHA-PJ MORDAZA, 29 de noviembre de 2013 EL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA

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