Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2013 (11/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Miercoles 11 de diciembre de 2013

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redistribucion de expedientes, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, asimismo, informar de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten, a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Articulo Setimo.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante sus Coordinaciones de Logistica y Personal facilite y provea de los servicios y personal necesarios para el cumplimiento de la presente resolucion informando y coordinando con la Gerencia de Administracion, remitiendo informacion para el monitoreo a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Articulo Octavo.- DISPONER que la Gerencia de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA realice las coordinaciones pertinentes con los Jefes de Mesas de Partes respectivos e informe a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo del avance en la recepcion y redistribucion de expedientes remitidos por los organos jurisdiccionales. Articulo Noveno.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, realice durante y despues del MORDAZA de redistribucion el seguimiento, evaluacion y monitoreo de la carga procesal redistribuida y ejecute las coordinaciones necesarias con las demas unidades organicas de este Distrito Judicial para verificar el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo dar cuenta a la Gerencia de Administracion Distrital, bajo responsabilidad funcional. Articulo Decimo.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Gerencia General, la Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y la Gerencia de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1026255-1

dicta las medidas pertinentes para tal fin, con sujecion a los lineamientos dispuestos de la acotada Resolucion Administrativa. Que, por las razones expuestas, en uso de las facultades conferidas en el inciso b del numeral 3 del articulo 6° de la Directiva N° 001-2012-CE-PJ, aprobada por Resolucion Administrativa N° 031-2012-CE-PJ; el articulo 5° de la Resolucion Administrativa N° 0202013-CE-PJ; el inciso 3 del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial y el inciso 3 del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolucion Administrativa N° 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado Permanente de San MORDAZA de Lurigancho cumpla con efectuar la remision de 687 (seiscientos ochenta y siete) expedientes para sentenciar de las especialidades Civil, Familia, Penal y No Contencioso hacia el Primer Juzgado de Paz Letrado Transitorio de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- La redistribucion comprende a los procesos en estado de expedir sentencia, cualquiera sea el ano de ingreso del expediente, priorizando del mas antiguo al mas reciente y/o de menor complejidad. Excepcionalmente, de no existir expedientes en etapa de expedir sentencia en el numero senalado en el articulo precedente, tal cifra sera completada con los expedientes en etapa de tramite. Para tal fin, no estan comprendidos en la presente redistribucion: - Los expedientes que hayan sido objeto de una redistribucion anterior. - Los expedientes en los cuales se MORDAZA llevado a cabo informe oral y los que se encuentren en etapa de ejecucion. - Los expedientes con mandato de archivo, sea provisional o definitivo. - Los expedientes en reserva. - Los expedientes ya sentenciados, aun cuando dicha sentencia MORDAZA sido anulada por el Superior. Esta redistribucion de expedientes se efectuara en el plazo de 10 (diez) dias habiles a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; debiendo el Juez del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado Permanente de San MORDAZA de Lurigancho remitir por lo menos el 10% (diez por ciento) del total de expedientes a redistribuir diariamente hacia el Juzgado Transitorio. Articulo Tercero.- DISPONER que los expedientes a ser redistribuidos deberan ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificacion completos, debidamente cosidos, foliados en numeros y letras, y todos sus escritos proveidos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no seran objeto de redistribucion, bajo responsabilidad del Juez a cargo del Juzgado y del secretario de la causa, por inconducta funcional. Articulo Cuarto.- CUMPLAN los Jueces comprendidos en la presente remision y redistribucion de expedientes del Juzgado Mixto Permanente y Transitorio de La MolinaCieneguilla, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en plazo de 3 (tres) dias habiles de terminada la redistribucion sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad funcional. Articulo Quinto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a fin que vele por su cumplimiento, debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Articulo Sexto.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinacion de Informatica, debera velar por la adecuacion del Sistema Informatico Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolucion asegurando la operatividad de los modulos informaticos a utilizarse en la presente

Conceden plazo a Jueces Superiores de las desactivadas 1°, 2° y 3° MORDAZA Contencioso Administrativo Transitorias para concluir con el ingreso y registro de expedientes en el Sistema Integrado Judicial (SIJ)
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 946-2013-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 6 de diciembre del 2013 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 846-2013-P-CSJLIPJ de fecha 30 de setiembre del ano en curso, Resolucion Administrativa N° 911-2013-P-CSJLI/PJ de fecha14 de Noviembre de los corrientes, Oficio N° 850-2013-JODECMA-CSJLI/PJ de fecha 2 de Diciembre del presente ano, Resolucion Administrativa N° 64-2013-CED-CSJLI/ PJ de fecha 27 de Noviembre del 2013,el Acta de sesion de trabajo del Consejo Ejecutivo Distrital y la Resolucion Administrativa N° 66-2013-CED-CSJLI/PJ de fecha 06 de Diciembre de los corrientes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Administrativa N° 1542013-CE-PJ de fecha 1 de Agosto del ano en curso y Resolucion Administrativa N° 162-2013-CE-PJ de fecha 14 de Agosto del 2013 el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso convertir y reubicar tres unidades jurisdiccionales superiores, por lo que desactivo la 1°, 2° y 3° Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo Transitorias de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, con

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