Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2013 (11/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Miercoles 11 de diciembre de 2013

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financiera auditada correspondiente al ejercicio que culmina el 31 de diciembre de 2013, de acuerdo con el cronograma que se establezca segun el articulo 4° de la presente norma. La informacion financiera que se presente debe incluir la informacion comparativa del ejercicio 2012. c) Las Entidades cuyos ingresos por ventas o prestacion de servicios o con activos totales que al cierre del ejercicio 2014 MORDAZA iguales o superiores a tres mil (3 000) UIT y que no hayan presentado su informacion segun los literales anteriores, deberan presentar su informacion financiera auditada correspondiente al ejercicio que culmina el 31 de diciembre de 2014, de acuerdo con el cronograma que se establezca segun el articulo 4° de la presente norma. La informacion financiera que se presente debe incluir la informacion comparativa del ejercicio 2013. " "SEGUNDA.- Implementacion gradual de las NIIF que emita el IASB La aplicacion de las Normas Internacionales de Informacion Financiera (NIIF) vigentes internacionalmente, que emita el IASB, de que trata el articulo 1° de las presentes normas sera exigible de acuerdo a lo siguiente: (...) b) Para las Entidades enunciadas en el inciso b) de la Primera Disposicion Complementaria Transitoria, a partir del ejercicio economico 2014. c) Para las Entidades enunciadas en el inciso c) de la Primera Disposicion Complementaria Transitoria, a partir del ejercicio economico 2015. (...)"

resulten de aplicacion las presentes normas y que se encuentren bajo el ambito regulatorio y/o de supervision de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), presentaran a la SMV, sus estados financieros auditados anuales de acuerdo a las disposiciones establecidas por la SBS. Las Entidades no inscritas en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de la SMV obligadas a presentar su informacion a la SMV por encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en la presente MORDAZA, y que MORDAZA empresas controladoras, subsidiarias u otras Entidades que forman parte de los grupos consolidables o grupo financiero a que se refieren las normas emitidas por la SBS, presentaran sus estados financieros auditados separados anuales, de acuerdo con las Normas Internacionales de Informacion Financiera (NIIF) vigentes internacionalmente y sus politicas contables significativas, en lo que resulte aplicable, deberan estar armonizadas con las normas contables emitidas por la SBS." DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS "PRIMERA.- Implementacion gradual de las presentes normas La primera MORDAZA a la SMV de la informacion financiera a que se refieren las presentes normas, se realizara de acuerdo a lo siguiente: (...) b) Las Entidades cuyos ingresos por ventas o prestacion de servicios o con activos totales que al cierre del ejercicio 2013 MORDAZA iguales o superiores a quince mil (15 000) UIT y que no hayan presentado su informacion segun el literal anterior, deberan presentar su informacion

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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