Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2013 (11/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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- Los expedientes que hayan sido objeto de una redistribucion anterior. - Los expedientes en los cuales se MORDAZA llevado a cabo informe oral y los que se encuentren en etapa de ejecucion. - Los expedientes con mandato de archivo, sea provisional o definitivo. - Los expedientes en reserva. - Los expedientes ya sentenciados, aun cuando dicha sentencia MORDAZA sido anulada por el Superior. Esta redistribucion de expedientes se efectuara en el plazo de 5 (cinco) dias habiles a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; debiendo el Juez del Juzgado Mixto Permanente de La MORDAZA y Cieneguilla remitir por lo menos el 20% (veinte por ciento) del total de expedientes a redistribuir diariamente hacia el Juzgado Transitorio; Articulo Tercero.- DISPONER que los expedientes a ser redistribuidos deberan ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificacion completos, debidamente cosidos, foliados en numeros y letras, y todos sus escritos proveidos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no seran objeto de redistribucion, bajo responsabilidad del Juez a cargo del Juzgado y del secretario de la causa, por inconducta funcional. Articulo Cuarto.- CUMPLAN los Jueces comprendidos en la presente remision y redistribucion de expedientes del Juzgado Mixto Permanente y Transitorio de La MolinaCieneguilla, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en plazo de 3 (tres) dias habiles de terminada la redistribucion sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad funcional. Articulo Quinto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a fin que vele por su cumplimiento, debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Articulo Sexto.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinacion de Informatica, debera velar por la adecuacion del Sistema Informatico Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolucion asegurando la operatividad de los modulos informaticos a utilizarse en la presente redistribucion de expedientes, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, asimismo, informar de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten, a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Articulo Setimo.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante sus Coordinaciones de Logistica y Personal facilite y provea de los servicios y personal necesarios para el cumplimiento de la presente resolucion informando y coordinando con la Gerencia de Administracion, remitiendo informacion para el monitoreo a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Articulo Octavo.- DISPONER que la Gerencia de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA realice las coordinaciones pertinentes con los Jefes de Mesas de Partes respectivos e informe a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo del avance en la recepcion y redistribucion de expedientes remitidos por los organos jurisdiccionales. Articulo Noveno.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, realice durante y despues del MORDAZA de redistribucion el seguimiento, evaluacion y monitoreo de la carga procesal redistribuida y ejecute las coordinaciones necesarias con las demas unidades organicas de este Distrito Judicial para verificar el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo dar cuenta a la Gerencia de Administracion Distrital, bajo responsabilidad funcional. Articulo Decimo.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Gerencia General, la Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, la Oficina Desconcentrada de Control de la

El Peruano Miercoles 11 de diciembre de 2013

Magistratura - ODECMA, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y la Gerencia de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1026252-1 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 944-2013-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 3 de diciembre del 2013 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 218-2013-CE-PJ, de fecha 2 de Octubre de los corrientes; el Informe N° 0882013-AEPR-UPD-CSJLI/PJ, de fecha 11 de Noviembre del 2013, y; el Acta de sesion de trabajo de la Comision Distrital de Descarga Procesal de fecha 28 de Noviembre del 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa N° 2182013-CE-PJ de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso prorrogar la fecha de funcionamiento del Primer Juzgado de Paz Letrado Transitorio de San MORDAZA de Lurigancho hasta el 31 de enero del 2014. Que, la MORDAZA de vista dispone que los organos jurisdiccionales transitorios que tienen continuidad en su plazo de funcionamiento por prorroga, reciban expedientes en tramite para sentenciar que esten por resolver de los organos permanentes en cantidad proporcional al tiempo de plazo prorrogado, de modo que puedan liquidarlos en su totalidad. Asimismo, la acotada resolucion senala que por ninguna razon pueden conocer procesos nuevos, y de la carga en tramite que reciban deberan priorizar los mas antiguos y/o de menor complejidad a fin de alcanzar el objetivo de maximizar la capacidad resolutiva en beneficio de los justiciables y acercarse a la meta de lograr mayor cantidad de expedientes resueltos respecto a los ingresos; para lo cual se realizara el seguimiento y monitoreo MORDAZA de la produccion de los organos jurisdiccionales transitorios. Que, la Comision Distrital de Descarga Procesal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, tiene como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal; En ese sentido, la Comision Distrital de Descarga Procesal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en su sesion de trabajo del 2 de Diciembre de los corrientes, acordo que el Primer Juzgado de Paz Letrado Transitorio de San MORDAZA de Lurigancho reciba expedientes en tramite para sentenciar del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado Permanente de San MORDAZA de Lurigancho a fin de que cuenten con la misma cantidad de expedientes en el mencionado estado, teniendo en cuenta las consideraciones establecidas por la Comision Nacional de Descarga Procesal; Que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo ha emitido el informe N° 088-2013-AEPR-UPD-CSJLI/PJ de vistos, el cual contiene la propuesta aprobada por la Comision en mencion, recomendando la redistribucion de 687 expedientes provenientes del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado Permanente de San MORDAZA de Lurigancho en las materias de la especialidad Civil, Familia, Penal y No Contencioso al Primer Juzgado de Paz Letrado Transitorio de San MORDAZA de Lurigancho, a fin de que la carga de expedientes con que cuente cada uno de ellos sea en un aproximado de 974 expedientes; Que, en merito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, disponer las acciones administrativas respectivas a fin de dar cumplimiento a lo MORDAZA citado; en consecuencia,

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