Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2013 (18/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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"k. En el caso de los predios ubicados frente a vias metropolitanas que cuenten con la compatibilidad de uso para Comercio Vecinal pero que, por efectos de la consolidacion de la MORDAZA no cuenten con el area senalada en el Decreto de Alcaldia N° 005-2012-MDLM y sus modificatorias; se considerara el lote existente, siempre que este provenga de un procedimiento de Habilitacion MORDAZA concluido y cuente con un area y frente minimo correspondiente a la clasificacion residencial superior, senalada en la ordenanza de zonificacion vigente; dichas actividades deberan cumplir con lo establecido en los Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas del Distrito de La Molina. l. Se establecen las siguientes compatibilidades de usos unicamente para fines de Licencia de Funcionamiento en los ejes que a continuacion se detallan, para lo cual los predios no deberan utilizar como area comercial la MORDAZA de estacionamientos del inmueble o desarrollar actividades comerciales en el retiro del predio; para el desarrollo de la actividad comercial se debera cumplir con la dotacion adecuada de estacionamiento de acuerdo a los criterios establecidos en el Decreto de Alcaldia N° 005-2012MDLM y sus modificatorias (No aplicable para Licencias de Edificacion): 1. Av. Separadora Industrial, en el tramo comprendido entre la Av. Huarochiri hasta el Jr. Paseo de los Eucaliptos (lado par), con zonificacion Residencial de Densidad Media (RDM), se permitira el desarrollo de Oficinas Administrativas sin atencion al publico, en el area de lote existente. Asi mismo en el tramo comprendido entre Ca. Las Tradiciones con Av. Los Ingenieros sera compatible el uso de Guarderias, siempre y cuando cumplan con los estandares de calidad normados para dicha actividad. 2. Los predios ubicados con frente a la Av. La MORDAZA en el tramo comprendido entre el Jr. Ontario y Av. Rinconada del Lago (Oeste) con zonificacion Residencial de Densidad Baja (RDB) podran ser compatibles con Oficinas Administrativas y Guarderias siempre que se cumpla con un area minima de terreno de 1000 m2., debiendo respetar los estandares de calidad normados para dicha actividad. 3. Los predios ubicados con frente a la Av. La MORDAZA en esquina al Jr. MORDAZA MORDAZA, con zonificacion de Residencial de Densidad Baja (RDB), podran ser compatibles con Comercio Vecinal (CV), siempre y cuando los predios donde se desarrollen dichas actividades comerciales cumplan los requerimientos establecidos en el presente literal y cuenten con un lote minimo de 900.00 m2 con frente mayor a 20.00 ml. 4. Los predios ubicados con frente a la Av. La MORDAZA, en el tramo comprendido entre MORDAZA Honolulu hasta el Pasaje sin nombre NN 100 (008535) altura cuadra 44 (lado par) de la Av. La MORDAZA, con zonificacion actual de Residencial de Densidad Baja (RDB) sin trama, podran ser compatibles con Comercio Vecinal (CV), siempre y cuando los predios donde se desarrollen dichas actividades comerciales cumplan los requerimientos establecidos en el presente literal, en los reglamentos vigentes y cuenten con un frente mayor a 20.00 ml. 5. En la Av. La MORDAZA, en el tramo comprendido entre Ca. NN 188 (008643) hasta Pj. NN 324 (010066), con zonificacion Residencial de Densidad Media (RDM), podra ser compatible el uso de Comercio Vecinal (CV), en el lote existente, unicamente en el primer piso de la edificacion, asimismo se permitira el desarrollo de Taller a nivel artesanal a menor escala sin uso de maquinaria y sin empleo de sustancias peligrosas siempre y cuando se cumpla con los reglamentos vigentes." 6. Los predios ubicados con frente a la Av. La Fontana, en el tramo comprendido entre la MORDAZA Cerro de Pasco y Jr. MORDAZA, con zonificacion Residencial de Densidad Media (RDM), podran ser compatible con el desarrollo de la actividad relacionada con playas de estacionamiento y con la limpieza cosmetica del vehiculo, utilizando productos biodegradables, sin el uso de maquinaria pesada y de sustancias toxicas y/o peligrosas; asimismo, los predios donde se desarrollen dichas actividades comerciales deberan cumplir con los requerimientos establecidos en el presente literal y contaran con un lote minimo de 300.00 m2 con un frente mayor a 15.00 ml. Articulo Cuarto.- Modificar los items (2), (8) y (10) del Articulo 11° del Reglamento de Parametros Urbanistico y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La MORDAZA, aprobado por Decreto

El Peruano Miercoles 18 de diciembre de 2013

de Alcaldia Nº 005-2012 y su modificatoria por Decreto de Alcaldia N° 0154 -2013-MDLM, segun el siguiente texto: (...) (2) Se permitira el uso de vivienda multifamiliar (de 3 o mas unidades de vivienda), en lotes cuyo frente principal se ubique frente a vias colectoras o vias de caracter local (avenidas y alamedas) con doble calzada y berma con jardin central (de minimo 5.00 ml.). (8) Se permitira el uso de vivienda multifamiliar, solo de 03 unidades de vivienda (como maximo), en lotes cuyo frente principal se encuentre inscrito como tal, en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos de Propiedad Inmueble (SUNARP) y se ubique frente a MORDAZA, a traves de una via vehicular, definido como tal en el Plano de Habilitacion MORDAZA aprobado. (10) Se permitira el uso de vivienda multifamiliar, solo de 03 unidades de vivienda (como maximo), en lotes cuyo frente principal se encuentre inscrito como tal, en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos de Propiedad Inmueble (SUNARP) y se ubique frente a MORDAZA, a traves de una via vehicular, definido como tal en el Plano de Habilitacion MORDAZA aprobado y solo para los casos en que el Plano de Alturas de Edificacion le permita una altura de 03 pisos. Articulo Quinto.- Modificar el MORDAZA parrafo del literal b), numeral 11.1 del Articulo 11° del Reglamento de Parametros Urbanistico y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La MORDAZA, aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 0052012, modificado por los Decretos de Alcaldia Nº 012-2013 y 015-2013, segun el siguiente texto: (...) "Se permitira el uso de vivienda multifamiliar, solo de 03 unidades de vivienda (como maximo), en lotes cuyo frente principal se encuentre inscrito como tal, en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos de la Propiedad Inmueble (SUNARP) y se ubique frente a MORDAZA, a traves de una via vehicular, definido como tal en el Plano de Habilitacion MORDAZA aprobado o frente a vias colectoras o vias de caracter local (avenidas y alamedas) con doble calzada y berma con jardin central (de minimo 5.00 ml.)". (...) Articulo Sexto.- Modificar el MORDAZA y tercer parrafo del literal c) numeral 11.1 del Articulo 11° del Reglamento de Parametros Urbanistico y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La MORDAZA, aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 0052012, modificado por los Decretos de Alcaldia Nº 0202012, 012-2013 y 015-2013, segun el siguiente texto: (...) "Se permitira el uso de vivienda multifamiliar (de 3 o mas unidades de vivienda), en lotes cuyo frente principal se ubique frente a vias colectoras o vias de caracter local (avenidas y alamedas) con doble calzada y berma con jardin central (de minimo 5.00 ml.). Se permitira el uso de vivienda multifamiliar, solo de 03 unidades de vivienda (como maximo), en lotes cuyo frente principal se encuentre inscrito como tal, en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos de la Propiedad Inmueble (SUNARP) y se ubique frente a MORDAZA, a traves de una via vehicular, definido como tal en el Plano de Habilitacion MORDAZA aprobado y solo para los casos en que el Plano de Alturas de Edificacion le permita una altura de 03 pisos". (...) Articulo Septimo.- Modificar el tercer y MORDAZA parrafo del literal d) del numeral 11.1 del Articulo 11° del Reglamento de Parametros Urbanistico y Edificatorios, Normas Complementarias sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La MORDAZA, aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 005-2012, modificado por los Decretos de Alcaldia Nº 0202012 y 015-2013, segun el siguiente texto: (...) "Se permitira el uso de vivienda multifamiliar (de 3 o mas unidades de vivienda), en lotes cuyo frente principal

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