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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (18/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 82

El Peruano Miércoles 18 de diciembre de 2013 509508 oportuno establecer un incentivo por pronto pago anual del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2014, con un descuento en el monto insoluto de los Arbitrios Municipales del año 2014 para los contribuyentes con carácter de persona natural y que sus predios se encuentren destinados al uso de casa-habitación, terrenos sin construir, predios de uso exclusivo de estacionamientos privados y comercio o servicio menor. Estando a lo dispuesto en el Artículo 9º numerales 8) y 9) y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta por unanimidad, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE INCENTIVO POR PRONTO PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2014 Artículo 1º.- OBJETIVO Y FINALIDAD Aprobar el Régimen de Incentivo por Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2014 administrado por la Municipalidad Distrital de Santa Anita. Artículo 2º.- APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE INCENTIVO DE PRONTO PAGO El régimen de incentivo por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2014, se aplicara sólo a aquellos contribuyentes con carácter de personas naturales, que tengan sus predios destinados sólo a los usos de casa-habitación, terrenos sin construir, predios de uso exclusivo de estacionamientos privados y comercio o servicio menor, no comprendiendo otros usos distintos a los señalados; y se aplicara siempre y cuando el contribuyente se encuentre al día en sus pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo hasta el ejercicio fi scal 2013. Artículo 3º.- DEL RÉGIMEN DE INCENTIVO POR PRONTO PAGO Los contribuyentes que cumplan con lo establecido en el artículo anterior, y que efectúen en forma adelantada la cancelación total del pago anual del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2014 de todos sus predios con sus usos determinados (casa-habitación, terrenos sin construir, predios de uso exclusivo de estacionamientos privados y comercio o servicio menor ) hasta el 31 de marzo del año 2014, tendrán un descuento del 100% del monto insoluto de la cuota del mes de diciembre de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo del año 2014 de cada uno de sus usos. Se precisa, que los contribuyentes que se acogan al benefi cio del incentivo entre el 01 al 31 de marzo del año 2014, tendrán la condonación de los intereses moratorios generados por la primera cuota del Impuesto Predial del año 2014, primera y segunda cuota de Arbitrios Municipales del año 2014, cuyo vencimiento corresponde al 28 de febrero del 2014, asimismo, tendrán la condonación del factor de reajuste (IPM) de la segunda, tercera y cuarta cuota del Impuesto Predial del año 2014 con la cancelación de su pago anual. Artículo 4º.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, no serán materia de devolución y compensación alguna. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Encargar a la Subgerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Subgerencia de Informática y Estadística la implementación de los mecanismos para su aplicación, a la Subgerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su difusión y a la Secretaria General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación hasta el 31 de Marzo del año 2014. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1028328-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Modifican el D.A. Nº 008-2013/MDV- ALC DECRETO DE ALCALDÍA Nº 12-2013/MDV-ALC Ventanilla, 19 de noviembre de 2013 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA VISTO: El Informe Nº 135-2013-MDV-GPLP, la Gerencia de Planifi cación Local y Presupuesto, el Informe Nº 081-2013- MDV-GPLP-EPL, el Equipo de Planifi cación Local; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por Ley Nº 26680, Ley de Reforma Constitucional del 7 de marzo del 2002, establece que las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-EF se aprobó el marco del Plan de incentivos a la mejora de la Gestión y Modernización Municipal del 2013, y siendo una de las metas a cumplir la meta 34, Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad en el marco de la Resolución del Concejo Directivo Nº 042- 2011-SUNASS-CD; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 008 - 2013/MDV-ALC, se modificó el procedimiento 6.12 EJECUCIÓN DE OBRAS EN ÁREA DE DOMINIO PÚBLICO, del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad TUPA vigente, en lo correspondiente al plazo para resolver el mencionado procedimiento de treinta días hábiles a cinco días hábiles, y al cual será aplicable el silencio administrativo positivo; Que, mediante el artículo 9 del Decreto de Supremo Nº 001-2009-JUS el cual reglamenta las disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, establece que en el caso de las publicaciones de normas legales que tengan anexos, se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano solamente la correspondiente norma aprobatoria, disponiéndose en la misma que el Anexo se publicará mediante el Portal Electrónico de la entidad emisora, por lo que es necesario precisar dicha circunstancia; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20 inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- MODIFICAR el Decreto de Alcaldía Nº 008 -2013/MDV-ALC, de 15 de agosto de 2013, en el sentido de incorporar el artículo 4, el mismo que tendrá la siguiente redacción “Artículo 4º.- APROBAR el anexo Nº 01 de la Modificación del TUPA el cual deberá ser publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.go.pe) de acuerdo a lo establecido artículo 9º del Decreto de Supremo Nº 001-2009-JUS.” Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Legal y Secretaría Municipal la notifi cación del presente Decreto