Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2013 (19/12/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013

509721
: 25 UNIDADES POR HECTAREA. : EN CONDOMINIO 60.00 % DE AREAS DESTINADAS A RECREACION, AREAS SOCIALES, VIAS VEHICULARES INTERIORES; ETC. Y EL 40.00 % DESTINADAS A AREAS PARA PROPIEDAD EXCLUSIVA. : DE CONFORMIDAD CON EL PROYECTO DE HABILITACION MORDAZA APROBADO. : SEGUN PROYECTO DE HABILITACION URBANA. Constitucion Politica del Peru; modificada por el Articulo Unico de la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, en MORDAZA con el Orden Constitucional, el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, otorga Potestad Tributaria a los Gobiernos Locales al disponer que estos tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y tienen competencia para administrar sus bienes y rentas. Que, en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99/EF, Establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Que, en este orden normativo, el Articulo 41º de la MORDAZA precitada modificado por Decreto Legislativo Nº 981, senala que "La deuda tributaria solo podra ser condonado por MORDAZA expresa con rango de Ley. Excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion podra alcanzar el tributo". Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley 27972, establece "(....) mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exonerar los arbitrios, tasas, licencias o derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley (....). Que, el Articulo 9º inciso 8 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que corresponde al concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos". Que, mediante Informe Tecnico Nº 014-2013-MPHGRAT de fecha 26 de Noviembre del 2013, la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, senala que con el objeto de otorgar un BENEFICIO TEMPORAL ESPECIAL a todos los contribuyentes que se encuentren al dia en sus pagos de Impuesto Predial, la Reduccion de Grado de Morosidad por concepto de Arbitrios Municipales a todos los contribuyentes del Distrito de Huaral, hasta el Ejercicio 2012. Que, mediante Informe Nº 1200-2013-MPH-GRATSGRTR de fecha 26 de Noviembre del 2013, la Sub Gerencia de Registro Tributario y Recaudacion, se tienen definidos las cuentas por cobrar al 2013, determinandose obligaciones por Arbitrios Municipales correspondiente a los periodos 2013, 2012, 2011, 2010 y 2009. Que, mediante Informe Nº 118-2013-MPH/GPPR/SGPR de fecha 28 de Noviembre del 2013, la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalizacion, emite opinion favorable senalando que la aprobacion de la presente Ordenanza permitira otorgar un beneficio temporal especial a todos los contribuyentes que se encuentren al dia en sus pagos de Impuesto Predial, para la reduccion del grado de morosidad de los Arbitrios Municipales, asimismo se esta tomando en consideracion lo establecido en el literal d) del Articulo Noveno de la Ordenanza Municipal Nº 0172012-MPH, en el cual se establecia un beneficio especial del 25% de descuento a los contribuyentes que participen en el Programa de Segregacion de Residuos Solidos en la Fuente. Que, mediante Informe Nº 1285-2013-MPH-GAJ de fecha 28 de Noviembre del 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica, considera VIABLE la Aprobacion del Proyecto de Ordenanza Municipal que "Aprueba Beneficios Tributarios sobre Reduccion del Monto por Arbitrios Municipales Anteriores al Ejercicio 2013" por el Pleno del Concejo, cuyo objetivo es reducir el grado de morosidad de los contribuyentes de Arbitrios Municipales. Que, mediante Dictamen Nº 019-2013-MPH-CAEPCM de fecha 10 de Diciembre del 2013, la Comision de Administracion, Economia y Planeamiento del Concejo Municipal Provincial de Huaral, Dictamina por Unanimidad y Recomienda Articulo Unico: Aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba Beneficios Tributarios sobre Reduccion del Monto por Arbitrios Municipales Anteriores al Ejercicio 2013. Que, estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) y 9) del Articulo 9º y 40º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de

MORDAZA MORDAZA AREA CONSTRUIBLE

FRENTE MINIMO ALTURA COEFICIENTE DE EDIFICACION

: SEGUN PROYECTO DE HABILITACION URBANA. AREA LIBRE : SEGUN PROYECTO DE HABILITACION URBANA. COMPATIBILIDAD DE USO : CON ZONIFICACION RBD (RESIDENCIAL DE BAJA DENSIDAD). AREA DE APORTES REGLAMENTARIOS: DE CONFORMIDAD CON EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES. 1.00 % PARA EL MINISTERIO DE EDUCACION Y EL 1.00 % PARA OTROS FINES. ESTOS APORTES PODRAN SER REDIMIDOS EN DINERO POR CUANTO EL PROYECTO PLANTEA LA EJECUCION DE UN CONDOMINIO CERRADO CON AREAS DE PROPIEDAD EXCLUSIVA Y AREAS DE PROPIEDAD COMUN. Articulo 3º.- DISPONER que la Gerencia de Obras, Desarrollo MORDAZA y Rural, MORDAZA las acciones que correspondan segun sus funciones, respecto a la aclaracion de la Ordenanza Municipal Nº 023-2013-MPC. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General, para que a traves de la Oficina de Comunicacion Social y Relaciones Publicas, la presente ordenanza sea publicada en el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Canete por el termino de 30 dias y publicada en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1028852-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Otorgan beneficio tributario temporal especial a contribuyentes que se encuentran al dia en sus pagos del Impuesto Predial del ano 2012 y anteriores
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2013-MPH Huaral, 13 de diciembre del 2013. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba Beneficios Tributarios sobre Reduccion del Monto por Arbitrios Municipales Anteriores al Ejercicio 2013; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Articulo 194º de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.