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El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013 509716 por la Subgerencia, y suscrita por las partes, indicándose el tipo y cantidad de las especies forestales entregadas por el solicitante. Todos los procedimientos descritos son de verifi cación previa, con aplicación del silencio administrativo negativo. Artículo 16º.- AUTORIZACION DE TALA POR RIESGOS 1. Solicitud dirigida al Alcalde. 2. Copia de documento de identidad del solicitante, adicionalmente tratándose de personas jurídicas copia del poder que contenga sus facultades. 3. Relación de fi rmas de vecinos. 4. Fotografías. Artículo 17º.- DEL PROCEDIMIENTO Se presenta la solicitud ante la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo quien recepcionará la misma, otorgando un plazo de dos días hábiles en caso detecte la ausencia de algún requisito. Transcurrido el plazo sin la subsanación, se considerará como no presentada, debiendo devolver con los recaudos presentados, al interesado cuando se apersone a reclamarla. En caso de contar con todos los requisitos se remitirá a la Sub Gerencia de Parques y Jardines, quién designará al personal y al profesional responsable del área técnica que evaluará los documentos presentados como requisitos, en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles y de ser el caso notifi cará al administrado sobre cualquier observación de su contenido, otorgándole un plazo máximo de cinco (05) días hábiles para su subsanación. Si el administrado no subsanara dentro del plazo previsto se declarará improcedente la solicitud. De no haber observaciones o una vez subsanadas, se señalará fecha para la realización de la inspección técnica ocular en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles, luego de lo cual el profesional responsable del área técnica designado emitirá el Informe Técnico Preliminar resultado de la inspección realizada en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, que será remitido a la Sub Gerencia de Parques y Jardines quien comunicará al administrado mediante carta en caso de ser negativa la respuesta. Sin embargo, en caso de ser positivo remitirá el informe técnico a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente para la emisión de la resolución correspondiente. CAPÍTULO V INVENTARIO DE LAS ÁREAS VERDES DE USO PÚBLICO Y PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN Y DESARROLLO Artículo 18º.- INVENTARIO DE ÁREAS VERDES DE USO PÚBLICO La Municipalidad Distrital de Bellavista a través de la Subgerencia de Parques y Jardines elaborará el Inventario de Áreas Verdes de Uso Público de la jurisdicción, el Inventario General de Especies Vegetales que las conforman y el Plan Integral de Gestión y Desarrollo de las Áreas Verdes, pudiendo contratar empresas o personas naturales para tal fi n. Artículo 19º.- CONTENIDO El Inventario de Áreas Verdes de Uso Público contendrá el detalle de la ubicación y superfi cie exacta de áreas verdes públicas existentes en el distrito susceptible de atención y mantenimiento, sus características, diseños, equipamiento urbano, instalaciones, áreas disponibles para su arborización. El Inventario de Áreas Verdes de Uso Público actuará como instrumento para planifi car la siembra adecuada de especies forestales, arbustivas, de cobertura del suelo y macizos de fl ores acorde al espacio que no suponga disminución de la visibilidad, alteraciones y o deterioro de la infraestructura vial y de servicios básicos de la comunidad por el crecimiento de troncos, ramas y raíces, teniendo en cuenta la homogeneidad de especies y el rol ecológico de las mismas, la que estará a cargo de la Subgerencia de Parques y Jardines. Artículo 20º.- EL PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN Y DESARROLLO DE LAS ÁREAS VERDES Deberá contener la actualización anual del catastro de áreas verdes y del inventario de especies vegetales, el programa anual de arborización, el programa anual de incremento y habilitación de nuevas áreas verdes y el programa anual de mantenimiento de áreas verdes. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Facúltese al señor alcalde a aprobar mediante Decreto de Alcaldía los Inventarios de Áreas Verdes de Uso Público y General de Especies Vegetales, y el Plan Integral de Gestión y Desarrollo de las Áreas Verdes; así como cualquier otra disposición complementaria o reglamentaria que sea necesaria para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- Incorpórese dentro de la Ordenanza Municipal Nº 007-2013-CDB qye aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA los procedimientos establecidos en los artículos 15 y 16 de la presente Ordenanza. Tercera.- Encárguese a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 1028835-1 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aprueban subsanaciones respecto a la Ordenanza Municipal Nº 011- 2013-MDLP que aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recojo de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el Ejercicio 2014 ORDENANZA Nº 015-2013-MDLP La Perla, 11 de diciembre del 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: En Sesión Extra-Ordinaria de Concejo de fecha, 11 de Diciembre del 2013, el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto, respecto al Proyecto de Ordenanza de la Modifi cación de la Ordenanza Nº 011-2013-MDLP, estando con el Informe Técnico sustentatorio mediante el Memorándum Nº 913-2013-GAT-MDLP, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el Memorándum Nº 294 -2013-GPYP-MDLP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 016 -2013-SGEI-GPYP- MDLP de la Sub Gerencia de Estadística e Informática, el Informe Nº 388-2013-GAJ/MDLP, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 0143-2013-GM- MDLP, emitido por la Gerencia Municipal; y CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 011-2013-MDLP, el Concejo Distrital de La Perla aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recojo de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el periodo 2014 siendo remitida a la Municipalidad Provincial del Callao para su ratifi cación, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.