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El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013 509720 de una Municipalidad del costo de las tasas por servicios públicos, se deberá utilizar de manera vinculada y dependiendo del servicio público involucrado, entre otros criterios que resulten válidos para la distribución: el uso, tamaño y ubicación del predio del contribuyente. Que, la Municipalidad Distrital de La Perla ha procedido a formular el marco legal que aprueba la estructura de costos, metodología de distribución sobre el cual se distribuirán los Arbitrios Municipales en el Distrito de La Perla, teniendo en cuenta los criterios vinculantes de constitucionalidad materia de las Ordenanzas de Arbitrios Municipales contenidos en la Sentencia Nº 0041-2004- AI/TC publicada en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 15.03.2005, y en la Sentencia 0053-2004-PI/TC publicada en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 17.08.2005, la misma que precisa que si bien la jurisprudencia vinculante contiene bases presuntas mínimas, éstas no deben entenderse rígidas en todos los casos, pues tampoco lo es la realidad social y económica de cada Municipio, y que es obligación de éstos, sustentar técnicamente, aquellas otras fórmulas que adoptándose mejor a su realidad, logren una mayor justicia en la imposición. En uso de las facultades conferidas por el inciso b) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con voto UNANIME de los señores regidores con la dispensa de lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente: Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 1029101-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Precisan zonificación otorgada mediante la Ordenanza N° 023-2012- MPC ORDENANZA Nº 031-2013-MPC Cañete, 21 de octubre 2013. LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El Concejo Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de octubre del 2013, y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, señala que los Gobiernos Locales, gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción. Dicha autonomía que la Constitución Política del Estado establece a las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Anexión al área urbana y Asignación de Zonifi cación son dos procedimientos administrativos contemplados dentro del TUPA VIGENTE de la Municipalidad Provincial de Cañete, que permite la incorporación de áreas al Plan de Desarrollo Urbano asignándoseles una zonifi cación urbana que permite el desarrollo de proyectos urbanísticos. Dichos procedimientos administrativos, según el Artículo 49º, están contemplados en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial como Modifi cación del Plan de Desarrollo Urbano; Que conformidad con el Artículo 49º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, referido a la modifi cación y/o actualización de los Planes urbanos, se realizan las modifi caciones al Plan de Desarrollo Urbano cuando la expansión urbana se dirija hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas originalmente en el Plan de Desarrollo Urbano; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 023-2012- MPC, de fecha de publicación 13 de julio del 2012, se aprueba la Anexión de predio al área urbana del predio de propiedad de don Ricardo Zapata Huerta y Esposa, otorgándose la Zonifi cación Residencial de Densidad Baja (R-1); Que, mediante Informe Nº 164-MSCZ-SGOPAHHUU- GODUR-MPC, de fecha 02 de abril del 2013, la Sub- Gerencia de Obras Privadas, Asentamientos Humanos y Habilitaciones urbanas, de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, de la Municipalidad Provincial de Cañete, informa que la documentación técnica que obra en el expediente administrativo Nº 4067-2012, indica que el predio materia de Anexión al área urbana es el predio rústico Don Alberto, lote B, precisando que en la escritura pública de compra venta que dio origen a la inscripción del predio indica que el predio se ubica en el sector Agua Dulce Playa Hermosa, lo que ha llevado a confusión y se emitió la ordenanza con la denominación de predio Agua Dulce; Que, mediante Informe Legal Nº 070-2013-AL/MPC, de fecha 08 de abril de 2013, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que es factible la aclaración de la Ordenanza Nº 023-2012-MPC; Que, mediante Informe Nº 177-2013-MSCZ- SGOPAHHU-GODUR-MPC, de fecha 11 de abril del 2013, la Sub-Gerencia de Obras Privadas comunica que en la aclaración de la Ordenanza Municipal deberá consignarse que el predio cuenta con un área registral de 2.00 has., indicando que toda rectifi cación de áreas y linderos el propietario deberá formalizarlo por la vía administrativa y/o legal que corresponda; Que, se cuenta con el Dictamen Nº 16-2013-CODUR- MPC, de fecha 14 de octubre del 2013, de la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, opina que es procedente la aclaración de la Ordenanza Municipal Nº 023-2013-MPC, de fecha de publicación 13 de Julio del 2012, elevándolo al pleno del Concejo para su debate y ulterior aprobación; Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, al Informe Favorable de la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, con el visto bueno de Asesoría Legal y la Gerencia Municipal, con el voto unánime de los señores regidores, se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA AUTORIZACIÓN QUE ACLARA LA ORDENANZA Nº 023-2012-MPC, QUE APRUEBA LA ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DEL PREDIO DENOMINADO PREDIO DON ALBERTO LOTE B Artículo 1º.- PRECISAR que el predio materia de Anexión al Área Urbana y Asignación de zonifi cación otorgada mediante Ordenanza Municipal Nº 023-2012- MPC, de fecha de publicación 13 de julio del 2012, es el predio denominado predio rústico Don Alberto Lote A, inscrito en la Partida electrónica 90282611, fi cha 5082, que cuenta con un área de 2.00 Has., Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima. Artículo 2º.- PRECISAR que la zonifi cación otorgada mediante Ordenanza Municipal Nº 023-2012-MPC, de fecha de publicación 13 de julio del 2012, para el predio denominado predio rústico Don Alberto Lote A, inscrito en la Partida electrónica 90282611, fi cha 5082, que cuenta con un área de 2.00 Has., Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, es la que se indica: ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL DE BAJA DENSIDAD (R-1) CON LOS SIGUIENTES PARÁMETROS NORMATIVOS ZONIFICACIÓN : RESIDENCIAL DE BAJA DENSIDAD (R-1). LOTE MÍNIMO : 160.00 m2.