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El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013 509713 Usos del Suelo de Lima Metropolitana, refi ere que la Zonifi cación regula el ejercicio del derecho de uso del suelo de la propiedad inmueble y se concreta en los Planos de Zonifi cación Urbana, Reglamento de Zonifi cación e Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas. La Zonifi cación de Lima tiene como principales objetivos: (i) fortalecer el mercado de suelos; (ii) alentar la inversión inmobiliaria pública y privada, sea empresarial comunal o particular, con normas claras y confi ables; (iii) aplicar nuevas tecnologías para una gestión más productiva del suelo Urbano; (iv) densifi car e intensifi car el uso del suelo urbano; (v) integrar con efi ciencia las actividades urbanas compatibles; (vi) promover la más alta calidad del medio ambiente en el ámbito provincial; (vii) desanimar los procesos informales; (viii) simplifi car los procedimientos y eliminar los costos administrativos; (ix) defender los derechos de la comunidad urbana; y (x) generar una transparente cooperación entre la población y sus autoridades locales; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 1081-MML - Ordenanza que Aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo del distrito de San Juan de Lurigancho que forma parte del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana, establece un régimen excepcional de Cambios Específi cos de Zonifi cación que promueva la inversión pública o privada, debidamente sustentados y declarados de interés local por la Corporación Municipal cuando corresponda. Para lo cual, los interesados presentaran sus iniciativas a la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, siendo que el órgano competente formulará el Informe Técnico correspondiente; y la Municipalidad Distrital, mediante Acuerdo de Concejo declarará de Interés Local la propuesta de Cambio Específi co de Zonifi cación, elevándolo a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el Artículo 50º del Decreto Supremo Nº 004- 2011-VIVIENDA - Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, sostiene que los Cambios de Zonifi cación pueden ser propuestos de ofi cio por la municipalidad interesada o pueden ser tramitados por sus propietarios y/o promotores ante la municipalidad distrital, en tanto el Numeral 51.5 del Artículo 51º del precitado Reglamento, expresa que la municipalidad distrital elevará la propuesta de cambio de zonifi cación a la municipalidad provincial mediante Acuerdo de Concejo; Que, el Artículo 12º de la Ordenanza Nº 1617-MML - Ordenanza que Norma los Cambios de Zonifi cación en Lima Metropolitana, menciona que las Municipalidades Distritales realizarán la evaluación de las Peticiones de Cambio de Zonifi cación y elaborará un informe único, emitiendo su opinión sobre el total de las peticiones; el que será elevado al Concejo Municipal Distrital, para la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo, donde expresara su opinión, la misma que no tiene carácter vinculante; Que, mediante Registro Nº 03806-I1-2013 la Inmobiliaria Ruttini S.A.C., solicita el Cambio de Zonifi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Residencial de Densidad Alta (RDA) del predio ubicado en la calle 11 Lote 02 Manzana Ñ Urbanización Parcelación Campoy del distrito de San Juan de Lurigancho; Que, mediante Informe Nº 098-2013-RCL-SGPUC- GDU/MDSJL a mérito del Registro 03806-11-2013 la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro remite los formatos de encuesta a los propietarios de los inmuebles vecinos que se encuentran dentro del área de infl uencia del predio materia de trámite. En tal sentido, señala que, de las 41 consultas vecinales realizadas, el 87.80 o/o (36 lotes) emitieron opinión favorable, así como el 12.20 o/o (05 lotes) emitieron opinión desfavorable respecto al cambio específi co de zonifi cación propuesto de Residencial de Densidad Media (RDM) a Residencial de Densidad Alta (RDA), para el predio ubicado en la calle 1, Lote Nº 2, Manzana Ñ, de la Urbanización Parcelación Campoy; Que, mediante el Informe Nº 141-2013-SGPU/GDU/ MDSJL la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano, en relación a la solicitud cobre cambio específi co de zonifi cación, teniendo en cuenta las consideraciones técnicas y legales establecidas y en cumplimiento de lo señalado en la Ordenanza Nº 620, Ordenanza Nº 1081, Ordenanza Nº 1617-MML concluye que es factible el cambio de zonifi cación específi co propuesto para el predio ubicado en la calle 1, Lote Nº 2, Manzana Ñ, de la Urbanización Parcelación Campoy, disttrito de San Juan de Lurigancho presentado por la empresa Inmobiliaria Ruttini S,A.C.; Que, mediante Informe Nº 258-2013-GAJ-MDSJL, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente declarar de Interés Local la petición de Cambio de Zonifi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Residencial de Densidad Alta (RDA) del predio ubicado en la calle 11 Lote 02 Manzana Ñ Urbanización Parcelación Campoy del distrito de San Juan de Lurigancho por el cual corresponde se eleve al Concejo Municipal, a fi n de que sea declarada de interés local y luego se pueda proseguir el trámite correspondiente. Que, teniendo en cuenta que la Corporación Municipal asume el rol de promotor del desarrollo local, coadyuvando a impulsar las iniciativas privadas que conduzcan a la satisfacción de las necesidades generadas por el constante crecimiento demográfi co existente durante los últimos años, aparece que la solicitud presentada por el señor Guillermo José Ferrero Álvarez - Calderón, en calidad de Apoderado de la Inmobiliaria Ruttini S.A.C., además de contar con Informe Favorable por parte de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, área técnica competente que precisa haberse cumplido con el procedimiento previsto por la ley de la materia y existir sustentación para su prosecución, por lo que resulta pertinente el cambio específi co de zonifi cación propuesto, permitirá generar mayor inversión económica y oportunidad laboral en benefi cio de la jurisdicción de San Juan de Lurigancho, y de la población en general; Estando a lo expuesto precedentemente y en aplicación del Artículo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el Voto Mayoritario del Pleno del Concejo Municipal y, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Local la Petición de Cambio de Zonifi cación Residencial de Densidad Media (RDM) a Residencial de Densidad Alta (RDA) del Predio Ubicado en la Calle 11, Lote 02, Manzana Ñ – Urbanización Parcelación Campoy, Distrito de San Juan de Lurigancho, província y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Nº 130294 continuada en la Partida Nº 42802395 del Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP, cuya titularidad corresponde a la Inmobiliaria Ruttini S.A.C., de conformidad con lo dispuesto por las Ordenanzas Nº 620, Nº 1081 y Nº 1617 de la Municipalidad Metropolitana de Lima Artículo Segundo.- REMITIR los actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento y prosecución del trámite correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Secretaría de Imagen Institucional la publicación del presente Acuerdo en la página web de la Municipalidad (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 1029140-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Establecen régimen de protección, conservación, defensa y mantenimiento de las áreas verdes de uso público del distrito de Bellavista ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2013-CDB Bellavista, 31 de octubre de 2013