Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2013 (19/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de noviembre de 2013, visto el Dictamen Nº 011-2013-MDA/CDUIP de la Comision de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura Publica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º (modificado por Ley Nº 27680), establece que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece en su articulo 79º inciso Nº 3, numeral 3.1; que las Municipalidades Distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, tienen competencia para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y realizar fiscalizaciones de Habilitaciones Urbanas, construcciones, remodelaciones o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica de acuerdo a los planes y normas sobre la materia (acapite 3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3 del articulo 79º de la Ley N 27972); Que, mediante Ordenanza Nº 213-MDA, de fecha 21 de MORDAZA del 2009, el Concejo Distrital de Ate aprobo el Planeamiento Integral de parte del Sector Catastral Nº 23 ­ Huanchihuaylas, conforme al Plano Signado con Nº 0022009-PI-SGPUC-GDU/MDA que comprende el diseno de las redes y componentes viales, ademas del ordenamiento de las areas urbanas con fines de Recreacion Publica ­ Parques y Jardines, en base a las actividades que se desarrollan en la MORDAZA, las que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura que facilitara la realizacion correcta de dichas actividades; Que, el Reglamento Nacional de Edificaciones Titulo II, Capitulo V, articulos 37º al 42º, establece que el Planeamiento Integral comprende la definicion de vias y los usos de la totalidad del predio, asi como la propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana, en funcion de los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo MORDAZA correspondiente. El Planeamiento Integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos. Las modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA, deberan tomar en cuenta los planeamientos integrales vigentes, y una vez aprobado, tendra caracter obligatorio para las Habilitaciones Urbanas futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en Registros Publicos. Asimismo, la MORDAZA GH 20, Capitulo I y II, aprueba los componentes de diseno MORDAZA y diseno de vias condicionados por los criterios de diseno establecidos en la MORDAZA A. 120 de accesibilidad para personas discapacitadas; Que, la Ordenanza Metropolitana Nº 341-MML, de fecha 06 de diciembre del 2001, aprueba la actualizacion del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, indica que el sector materia de planificacion se encuentra limitado por las vias metropolitanas: La Carretera Central clasificada como via arterial con 45.00 ml; Av. MORDAZA de Pierola (Peri urbana) clasificada como semi - expresa con 30.00 ml.; Av. MORDAZA MORDAZA Mariategui y la Av. La MORDAZA calificadas como vias colectoras con 15.00 y 20.00 ml. respectivamente; Que, en la jurisdiccion del Distrito de Ate, una de sus funciones especificas es el ordenar el espacio MORDAZA como el medio principal que debera reunir las condiciones necesarias para el MORDAZA desarrollo de sus pobladores. Es por eso que el suelo en el que se desarrollan dichas actividades urbanas debera ser habilitado que garanticen el optimo funcionamiento de sus edificaciones y los espacios urbanos, considerando que el fin del Planeamiento, es el ordenamiento de las zonas que se han determinado espontaneamente que cuentan el saneamiento fisico legal de COFOPRI, se considera la necesidad de acondicionar la MORDAZA en mencion con la propuesta del Plan Integral segun las necesidades, habiendo preparado la propuesta con la coordinacion de los representantes involucrados; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA es la encargada de ejecutar el Planeamiento Integral y se propone la Modificacion del Planeamiento Integral de Oficio denominada Parte del Sector Catastral Nº 23 ­ Huanchihuaylas, solo con respecto a la modificacion de las secciones viales del Pasaje Las Vegas, debido a lo existente fisicamente en el campo; es decir, por las mismas caracteristicas que la Via presenta y lo que existe a los lados colindantes a la via por las construcciones

El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013

consolidadas que ya existen, por lo que se requiere mediante la presente Ordenanza, la definicion de modulos viales locales, adecuandola a la realidad fisica existente, siendo la Municipalidad de Ate, la que debe de aprobar la Modificacion del Planeamiento Integral por ser de su competencia; Que, mediante Informe Nº 596-2012/MDA-GDUSGPUC, la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, precisa ser factible la modificacion del Planeamiento Integral, por lo que dicha Sub Gerencia y la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Corporacion Municipal de Ate, consideran procedente la modificacion de la Ordenanza Nº 213-MDA y, considerando que las Ordenanzas son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por tanto la modificacion debera ser aprobada por el Concejo Municipal, en uso de las atribuciones contenidas en el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Dictamen Nº 011-2013-MDA/CDUIP la Comision de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura Publica, recomienda la aprobacion de la presente Ordenanza, modificatoria del Planeamiento Integral de parte del Sector Catastral Nº 23 - Huanchihuaylas; solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobacion correspondiente; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente; ORDENANZA APROBATORIA DE LA MODIFICACION DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE PARTE DEL SECTOR CATASTRAL Nº 23 ­ HUANCHIHUAYLAS DE LOS MODULOS VIALES Y EL DISENO MORDAZA QUE ORDENA LAS AREAS DE RECREACION PUBLICA (DEL SECTOR CATASTRAL 23) Articulo Primero.- APROBAR; la Modificacion de la Ordenanza Nº 213-MDA, respecto al Planeamiento Integral de parte del Sector Catastral Nº 23 ­ Huanchihuaylas, (Seccion Vial del Pasaje "Las Vegas"), es decir, se sustituye al Plano Nº 002-2009-PI-SGPUC-GDU/MDA aprobado mediante Ordenanza Nº 213-MDA, por el Plano Nº 0032013-PI-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, que comprende el diseno de las redes y sus componentes viales, en base a las actividades que se desarrollan en la MORDAZA, las que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura que facilitara la realizacion correcta de dichas actividades. Articulo Segundo.- ESTABLECER; que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas, veredas y bermas de estacionamiento, asi como el Diseno MORDAZA para las futuras edificaciones sobre areas con fines de Recreacion Publica. Correspondiendole las normas para el diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Articulo Tercero.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se cumpla con la inscripcion del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Subgerencia de Participacion Ciudadana de la Gerencia de Desarrollo Social y Secretaria de Imagen Institucional y Comunicaciones se difunda la presente Ordenanza y el plano que forma parte de ella. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR; la presente Ordenanza a los interesados, a la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, y la Subgerencia de Control, Operaciones y Sanciones de la Gerencia de Desarrollo Economico, para su conocimiento y fines. Articulo Quinto.- ESTABLECER; que el presente diseno de las redes viales y sus usos respecto al diseno MORDAZA de las Areas de Recreacion Publica, que se desarrolla en el Planeamiento Integral de parte del Sector catastral Nº 23 - Huanchihuaylas, tendra una vigencia

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