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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (19/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 86

El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013 509712 – Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Distritales podrán tomar iniciativas en la formulación - entre otros - de Esquemas de Ordenamiento Urbano (donde se incluye el Esquema de Zonifi cación y Vías), y proponerlos mediante acuerdo de concejo, para su aprobación, a sus respectivas municipalidades provinciales; Que, mediante Informe Nº 114-2013-SGPUC-GDU/ MDSJL, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro remite la propuesta de Reajuste Integral de la Zonifi cación General de los Usos del Suelo del distrito de San Juan de Lurigancho, habiéndose elaborado un marco referencial y un estudio detallado que comprende la sustentación técnica correspondiente; Que, mediante Informe Nº 126-2013-SGPUC-GDU/ MDSJL, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro agrega que la actual Gestión Municipal ha considerado pertinente el Cambio del Área de Tratamiento Normativo I y II, en razón a la tendencia de crecimiento económico y urbano, donde el incremento de la densidad poblacional y las inversiones tanto residencial como empresarial, genera el aumento de la plusvalía de la jurisdicción de San Juan de Lurigancho; Que, mediante Informe Nº 063-2013-SGFyPE-GDE/ MDSJL, la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial, tras realizar la revisión a la propuesta de cambio de zonifi cación, señala sugerencias y recomendaciones dentro del marco establecido por las Ordenanzas Nº 620 y Nº 1081-MML, así como la Ley Nº 27972 y el Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA; Que, mediante Informe Nº 104-2013-SGOP-GDU/ MDSJL, la Sub Gerencia de Obras Privadas efectúa recomendaciones para la viabilidad de la propuesta de la referencia; Que, mediante Informe Nº 225-2013-SGPUC-GDU/ MDSJL, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro sostiene que el reajuste de la normativa permitirá ordenar el crecimiento y localización de actividades dentro de un marco planifi cado, orientado hacia el desarrollo del distrito, con la fi nalidad de optimizar los procesos de ocupación y usos del suelo en consideración de las demandas sociales, económicas y ambientales que viene afrontando las 18 comunas existentes en la jurisdicción de San Juan de Lurigancho; Que, mediante Informe Nº 064-2013-GDU/MDSJL, la Gerencia de Desarrollo Urbano expresa haber transcurrido el plazo establecido en la Ordenanza Nº 1081-MML para evaluar y reajustar la zonifi cación del distrito, resultando necesario la evaluación técnica de los planos de zonifi cación y de alturas, así como del Índice para la Ubicación de Actividades Urbanas en el Área de Tratamiento Normativo I y II, en razón de los continuos cambios aprobados por el Concejo Provincial de Lima, el actual uso del suelo existente dentro de la jurisdicción y la priorización en el desarrollo económico y mejor calidad de vida de la población de San Juan de Lurigancho; Que, mediante Informe Nº 585-13-GAJ-MDSJL, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que de la evaluación de las instrumentales anexadas al presente procedimiento y los informes emitidos por las unidades orgánicas correspondientes, se precisa que debido a la actual tendencia del desarrollo urbano en el distrito, las zonas consolidadas como Area de Tratamiento I, amérita un cambio de Area de Tratamiento Normativo II, dado al incremento de la densidad poblacional y de las nuevas inversiones tanto empresarial como residencial, además precisa que la propuesta de reajuste integral de zonifi cación del distrito, permitirá actualizar la califi cación que presenta actualmente el distrito, adecuándose a la realidad urbanística, constructiva y funcional existentes a la actualidad, lo cual permitirá ordenar el crecimiento urbanístico y localización de actividades dentro del marco planifi cado, por lo concluye que la propuesta de reajuste integral de la zonifi cación general de los usos del suelo del distrito de San Juan de Lurigancho, cumple con lo dispuesto en la normativa vigente, lo cual contribuirá al desarrollo del distrito de San Juan de Lurigancho, adecuando las normas a la realidad existe en materia urbanística; Que, mediante Dictamen Nº 001-2013 la Comisión de Desarrollo Urbano dictaminó aprobar la propuesta de Reajuste Integral de la Zonifi cación General de los Usos del Suelo del distrito de San Juan de Lurigancho; Estando a lo expuesto precedentemente y en aplicación del Artículo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el Voto Mayoritario del Pleno del Concejo Municipal y, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la propuesta de Reajuste Integral de la Zonifi cación General de los Usos del Suelo del distrito de San Juan de Lurigancho, cuyos Anexos que se acompañan forman parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- REMITIR los actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento, trámite y aprobación correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Secretaría de Imagen Institucional la publicación del presente Acuerdo y los Anexos que forman parte integrante del mismo en la página web de la Municipalidad (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 1029141-1 Declaran de interés local la petición de cambio de zonificación residencial de densidad media a densidad alta, respecto de predio ubicado en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 0077 San Juan de Lurigancho, 28 de noviembre de 2013 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 488-2013-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 258-2013-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 043-2013- GDU/MDSJL de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 141-2013-SGPUC/GDU/MDSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Informe Nº 098-2013-SGPUC/GDU/MDSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro y el Registro Nº 03806- I1-2013 y anexos; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, y acorde con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en tal sentido, gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejerciendo la jurisdicción en el ámbito de su circunscripción territorial; Que, el Artículo 9º Numeral 35) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, indica como atribución del Concejo Municipal, las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley; Que, el Artículo 73º Párrafo Tercero Literal b) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, precisa - dentro del marco de las competencias y funciones específi cas establecidas en la presente ley - que los planes referidos a la organización del espacio físico y uso del suelo que emitan las municipalidades distritales deberán sujetarse a los planes y las normas municipales provinciales sobre la materia; Que, el Artículo 28º de la Ordenanza Nº 620-MML - Ordenanza Reglamentaria del Proceso de Aprobación del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano de Lima, de los Planes Urbanos Distritales y la Actualización de la Zonifi cación de los