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El Peruano Viernes 20 de diciembre de 2013 509846 CULTURA Designan Director de la Dirección Departamental de Cultura de Pasco, hoy Dirección Desconcentrada de Cultura de Pasco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 364-2013-MC Lima, 16 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, por Resolución Ministerial Nº 201-2011-MC de fecha 15 de junio de 2011, se designó al señor Huber Edwin Rosales Huamán, en el cargo de confi anza de Director Regional de la Dirección Regional de Cultura de Pasco del Ministerio de Cultura, hoy Dirección Desconcentrada de Cultura de Pasco; Que, el citado funcionario, mediante Carta de fecha 24 de julio de 2013, ha puesto su cargo a disposición, por lo que corresponde designar a quien lo reemplazará en el cargo; Estando a lo visado por el Secretario General y el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; y, la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluidas las funciones del señor Huber Edwin Rosales Huamán en el cargo de confi anza de Director Regional de la Dirección Regional de Cultura de Pasco del Ministerio de Cultura, hoy Dirección Desconcentrada de Cultura de Pasco, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al señor JOSÉ ARMANDO MILLÁN DEL VALLE en el cargo de confi anza de Director de la Dirección Departamental de Cultura de Pasco, hoy Dirección Desconcentrada de Cultura de Pasco. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1029811-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Prorrogan el plazo para el cierre contable y financiero del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - pronaa DECRETO SUPREMO Nº 012-2013-MIDIS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, con la fi nalidad de mejorar la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad y pobreza, promover el ejercicio de sus derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de sus propias capacidades, garantizando su inclusión en el desarrollo nacional; Que, conforme a la Tercera Disposición Complementaria Final de la precitada Ley, se adscribió al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, entre otros programas sociales, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2012-MIDIS, se dispuso la extinción del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA y del Programa Integral de Nutrición, en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2012, respecto de la ejecución de sus prestaciones, y el 31 de marzo de 2013 para el cierre contable, fi nanciero y presupuestal; estableciéndose que el referido proceso de extinción sea conducido por una Comisión Especial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la cual fue constituida mediante Resolución Ministerial N° 084-2012-MIDIS, y reconformada mediante Resolución Ministerial N° 244-2012-MIDIS y Resolución Ministerial N° 219-2013-MIDIS; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2013- MIDIS, se prorrogó, hasta el 31 de diciembre de 2013, el plazo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 007-2012-MIDIS para el cierre contable y fi nanciero del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, lo que incluía los procesos de liquidación que conlleva la extinción del citado programa; Que, según lo informado por la Comisión Especial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social encargada de conducir el proceso de extinción del programa, si bien se han ejecutado sendas acciones en materia administrativa, contable, fi nanciera, patrimonial y de recursos humanos, a efectos de cumplir con lo previsto en el Decreto Supremo N° 007-2012-MIDIS, prorrogado mediante Decreto Supremo N° 006-2013-MIDIS, existen acciones que, debido a su complejidad, aún se encuentran en ejecución, siendo que en la mayoría de casos se encuentran relacionadas entre sí y su culminación depende de factores externos, como el pronunciamiento de otras entidades públicas; Que, por lo expuesto, a fi n de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N° 007-2012-MIDIS, resulta necesario prorrogar, hasta el 30 de junio de 2014, el plazo previsto en el artículo 1 del citado Decreto Supremo N° 007-2012-MIDIS, prorrogado por Decreto Supremo N° 006-2013-MIDIS, para el cierre contable y fi nanciero del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, lo que incluye los procesos de liquidación que conlleva la extinción del programa; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Prórroga del plazo para el cierre contable y fi nanciero del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA Prorróguese, a partir del 1 de enero de 2014 hasta el 30 de junio de 2014, el plazo para el cierre contable y fi nanciero del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, lo que incluye los procesos de liquidación que conlleva la extinción del programa. Artículo 2º.- Comisión Especial La conducción de los procesos a que se refi ere el artículo precedente continuará a cargo de la Comisión Especial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, creada por Decreto Supremo N° 007-2012-MIDIS, modifi cado mediante Decreto Supremo N° 006-2013-MIDIS. Artículo 3º.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros MÓNICA RUBIO GARCÍA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1030400-4