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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (26/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Jueves 26 de diciembre de 2013 511154 Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Lince. Artículo Segundo.- DISPONER que se remita la publicación del presente Decreto de Alcaldía así como el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Lince a la Ofi cina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de Lince. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto de Alcaldía a la Unidades Orgánicas pertinentes de la Municipalidad Distrital de Lince a fi n que brinden las facilidades del caso a la Gerencia de Servicios a la Ciudad respecto a la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Lince (www.munilince.gob.pe). Artículo Sexto.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1031874-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2013-MDLO/ALC Los Olivos, 23 de diciembre de 2013 VISTOS: El Informe Técnico Nº 1432-2013/MDLO/ GSC/SGGA/MCATAÑO de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, Informe Nº 00058-2013/MDLO/GSC/ GCASTAÑEDA de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, Informe Nº 00839-2013/MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, F.U.T. I Nº 0019883-2013, Proveído Nº 4696-2013/MDLO/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el numeral 22 del Artículo 2º establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, lo que, desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligación de los propios particulares de mantener las condiciones en que la vida humana exista en un entorno ambientalmente digno y aceptable donde las personas puedan disfrutar de un ambiente en el que sus elementos se desarrollan e interrelacionan de manera natural y armónica. Por otro lado el artículo 195º señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos y de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades precisa en su Artículo 80º que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de Limpieza Pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Asimismo el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, el artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1065, que modifi ca la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, establece que el rol de las municipalidades es Implementar progresivamente programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposición fi nal diferenciada y técnicamente adecuada; Que, el Decreto Supremo Nº 002-2013-EF, publicado el 10 de enero de 2013 en el Diario Ofi cial El Peruano, aprobó los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del “Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el Año Fiscal 2013”. Según dicho texto las Municipalidades de Ciudades Principales Tipo “A”, entre las que se halla la Municipalidad Distrital de Los Olivos, deberán aprobar mediante Decreto de Alcaldía, un “Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores”, que deberá ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. Dicha meta tiene como fecha máxima de cumplimiento el 31 de julio de 2013; Que, con Ordenanza Nº 380-CDLO, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 23 de julio de 2013, se aprueba el Plan Distrital de Manejo y Gestión de Residuos Sólidos del Distrito de Los Olivos, dispositivo que con artículo segundo se autoriza al Señor Alcalde para que vía Decreto de Alcaldía efectúe las disposiciones que correspondan para el mejor cumplimiento del Plan Distrital aprobado en la citada Ordenanza; Que, con Ordenanza Nº 381-CDLO, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 23 de julio de 2013, se aprueba el Programa de Formalización de Recicladores y la Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en el Distrito de Los Olivos, facultando el artículo tercero al Sr. Alcalde para disponer de las medidas complementarias tendientes al mejor cumplimiento de la norma aludida; Que, con Informe Técnico Nº 1432-2013/MDLO/GSC/ SGGA/MCATAÑO la Sub Gerencia de Gestión Ambiental e Informe Nº 00058-2013/MDLO/GSC/GCASTAÑEDA de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, se remite el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición en espacios públicos y de obras menores en el Distrito (Meta 32), para los fi nes que se expresan, solicitando sea aprobado mediante Decreto de Alcaldía y posteriormente ser remitido al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el cumplimiento al Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del 2013; Que, con Informe Nº 00839-2013/MDLO/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica, conforme a los fundamentos de hecho y derecho, emite pronunciamiento opinando se proceda a aprobar mediante Decreto de Alcaldía la “Elaboración de un Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores”, en el marco del cumplimiento de la Meta 32 para el año 2013”; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º, inciso 6), y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la “ELABORACION DE UN PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE LA CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN DEPOSITADOS EN ESPACIOS PÚBLICOS Y DE OBRAS MENORES EN EL