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El Peruano Jueves 26 de diciembre de 2013 511148 de la presente es conveniente prorrogar la Ordenanza Municipal Nº 268/MDC mediante el cual se prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 256/MDC la misma que fue ratifi cada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 543/MML, y ambas publicadas en el diario ofi cial el Peruano el 21 de marzo de 2012, puesto que esto benefi ciaría a los vecinos del distrito y a la Municipalidad. Que, estando al artículo 69-B de Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, de conformidad con lo dispuesto en los incisos 8) y 9) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, con el voto por UNANIMIDAD de los señores Regidores y con dispensa de lectura y aprobación de acta se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO PARA EL AÑO 2014 Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 256-MDC la misma que fue ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante el Acuerdo de Concejo Nº 543-MML, ambos publicados el 21 de Marzo del 2012; a efectos que se establezcan para el ejercicio 2014, el mismo monto por los derechos de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución - Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Artículo Segundo.- Apruébese el informe técnico sustentatorio que se adjunta como Anexo 01 que determina los costos por los derechos de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2014 en el distrito de Carabayllo, el cual establece el cobro de este derecho en Dos y 50/100 Nuevos Soles (S/.2.50) y Veinte Céntimos de Nuevo Sol (S/.0.20) por Anexo Adicional, aprobado mediante Ordenanza Nº 256/MDC, ratificada mediante Acuerdo de Consejo Metropolitano Nº 543-MML, publicado el 21 de marzo de 2012, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia Municipal y Sub- Gerencia de Informática; así mismo a la Secretaria General su difusión y publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. servicioalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional de esta Corporación edil (www.municarabayllo.gob.pe). DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Secretaría General la remisión de la presente Ordenanza al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para conocimiento y fi nes, y a la Gerencia de Administración Tributaria su cumplimiento. Segunda.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CLAUDIO IVÁN ZEGARRA A. Alcalde (e) INFORME TÉCNICO DETERMINACIÓN DEL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN - IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2014 1.- ASPECTOS GENERALES Considerando que en el artículo 14º del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF se establece que “la actualización de valores de predios, por parte de la Municipalidad, sustituye la obligación de presentar la declaración jurada anual”, se ha determinado el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución de impuesto predial y arbitrios municipales para el período 2014, que comprende el costo de Elaboración de carpeta de cuponera y formatos. Emisión de los formatos del Impuesto Predial 2014 y de Arbitrios Municipales 2014 – Distribución de Cuponeras y Escaneo de cargos de Notifi cación. Asimismo el consejo municipal ha considerado mantener las características en cuanto a metodología de costeo y distribución del costo, aplicados para el ejercicio 2013, lo cual ha de incidir en el mantenimiento de los costos y del derecho correspondiente. En ese sentido y con la intención de no incrementar para el ejercicio 2014 el costo correspondiente por derecho de emisión mecanizada, se mantendrán los montos estimados para el ejercicio 2012 y 2013, lo cual ha de favorecer a los vecinos del Distrito de Carabayllo, en relación al costo por derecho de emisión mecanizada. 2.- OBJETIVO El presente informe tiene por objeto sustentar los costos de la Elaboración de carpeta de cuponera y formatos, Impresión de los formatos del Impuesto Predial y Distribución de Cuponeras y Escaneo de cargos de Notifi cación correspondiente al ejercicio 2014 denominado Derecho de Emisión. 3.- BASE LEGAL El artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del TUO del Código Tributario, aprobado por D.S. Nº 133-2013-EF y sus modifi catorias, dispone entre otros aspectos que las Ordenanzas en materia tributaria, expedidas por las Municipalidades Distritales, deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción. Considerando que el Artículo 14º del T.U.O de la Ley de Tributación Municipal aprobada mediante D.S. Nº 156-2004-EF, establece que la actualización de valores de predios, por parte de la Municipalidad, sustituye la obligación de presentar declaración jurada anual. Que, la sétima Disposición Final de la Ordenanza Metropolitana Nº 1533 señala que de acuerdo a la Periodicidad en la ratifi cación de Ordenanzas de Derecho de Emisión, las Ordenanzas distritales que aprueben los derechos de emisión mecanizada deberán ser ratifi cadas anualmente. Sin perjuicio de lo anterior, el Acuerdo de Concejo ratifi catorio tendrá una vigencia máxima de dos (02) años, en la medida que la Ordenanza Distrital mantenga invariables las condiciones que originaron la ratifi cación. Transcurrido dicho término, las municipalidades deberán dar inicio al procedimiento de ratifi cación respectivo conforme el plazo previsto para tal efecto. 4.- FASES DEL SERVICIO (Derecho de Emisión). Para efectos del cálculo de los costos por derecho de emisión mecanizada y continuado con la metodología establecida para el periodo 2012 y 2013, se han considerado las siguientes fases: a. Elaboración de carpeta de cuponera y formatos b. Emisión de los formatos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2014 c. Distribución de Cuponeras y Escaneo de Cargos de Notifi cación 5.- ESTRUCTURA DE COSTOS Que, mediante el Informe 1858-2013-SGLCPM- GAF-MDC la Subgerencia de Logística, Control Patrimonial y Maestranza señala que no existe mayor variación en los costos de los servicios de terceros encargados de realizar los procesos conducentes a la Emisión de cuponeras 2014. Asimismo mediante el Informe Nº 1098-2013-SRH-GAF-MDC la Sub-Gerencia de Recursos Humanos señala que las remuneraciones del personal involucrado en la referida emisión son las mismas en comparación con el año 2013; por lo que en el siguiente cuadro se grafi ca la estructura de costo por derecho de emisión 2014.