Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2013 (30/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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los requisitos legales y procedimientos correspondientes establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y en su Reglamento, emitio el Informe Nº 897-2013-DGE-DCE, recomendando la procedencia de imponer la servidumbre de electroducto solicitada; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Imponer con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de transmision de energia electrica de la que es titular MORDAZA FV S.A.C., la servidumbre permanente de electroducto para la Linea de Transmision de 22,9 kV S.E. MORDAZA FV ­ S.E. Panamericana Solar, ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Nivel de Tension ( kV ) 22,9 Ancho N° de Longitud de Ternas (km) la Faja (m) 01 0,46 3

El Peruano Lunes 30 de diciembre de 2013

Cod. Exp.

Inicio y Llegada de la Linea Electrica

desarrollo ordenado y priorizado de la electrificacion rural en el largo plazo; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 15º del Reglamento, la DGER ha elaborado el PNER correspondiente al periodo 2014-2023; Que, el articulo 18º del Reglamento, dispone que el PNER es aprobado por el Titular del Sector Energia y Minas. Asimismo, establece que la Resolucion aprobatoria sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y el Plan sera difundido en la pagina web del Ministerio a partir del dia siguiente de dicha publicacion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificacion Rural; el Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, Reglamento de la Ley General de Electrificacion Rural, modificado por los Decretos Supremos N° 011-2009-EM, N° 042-2011-EM, y N° 027-2013-EM; Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas, el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, modificado por el Decreto Supremo N° 026-2010EM y el Decreto Supremo N° 030-2012-EM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Plan Nacional de Electrificacion Rural (PNER) correspondiente al periodo 2014-2023. Articulo 2°.- Encarguese a la Direccion General de Electrificacion Rural del Ministerio de Energia y Minas la difusion del Plan Nacional de Electrificacion Rural (PNER), asi como disponer su publicacion en la pagina web del Ministerio de Energia y Minas a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

21228813 S.E. MORDAZA FV ­ S.E. Panamericana Solar

Articulo 2.- El propietario de los predios sirvientes no podra construir obras de cualquier naturaleza ni podra realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres. Articulo 3.- MORDAZA FV S.A.C. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4.- MORDAZA FV S.A.C. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

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Aprueban el Plan a Corto Plazo correspondiente al ano 2014, para la Direccion General de Electrificacion Rural del Ministerio de Energia y Minas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 578-2013-MEM/DM MORDAZA, 26 de diciembre 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28749, se aprobo la Ley General de Electrificacion Rural, con el objeto de establecer el MORDAZA normativo para la promocion y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificacion de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del pais; Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, se aprobo el Reglamento de la Ley N° 28749 ­ Ley General de Electrificacion Rural, con el objeto de reglamentar el referido MORDAZA normativo para la promocion y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificacion de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del pais; el mismo que ha sido modificado mediante Decretos Supremos N° 011-2009-EM, N° 042-2011EM, y N° 027-2013-EM de fechas 10 de febrero de 2009, 20 de MORDAZA de 2011, y 28 de MORDAZA de 2013 respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 10 de la acotada Ley General de Electrificacion Rural, el Ministerio de Energia y Minas elaborara un Plan a Corto Plazo que incluira los proyectos a desarrollarse en el correspondiente ejercicio presupuestal, por parte del Gobierno Nacional, Regional y Local e iniciativa privada; Que, conforme a lo dispuesto en los articulos 16 y 18 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0252007-EM, el Plan a Corto Plazo es un documento tecnico que se desprende del Plan a Largo Plazo, y debera aprobarse anualmente por el titular del Sector Energia y Minas; Que, en atencion a lo senalado en los considerandos precedentes, la Direccion General de Electrificacion Rural del Ministerio de Energia y Minas ha elaborado el Plan a Corto Plazo correspondiente al ano 2014, en cumplimiento de las funciones y atribuciones establecidas en el literal f) del articulo 73 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias: Con la opinion favorable del Director General de Electrificacion Rural y del Vice Ministro de Energia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28749, Ley General de Electrificacion Rural, su Reglamento, aprobado

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Aprueban el Plan Nacional de Electrificacion Rural (PNER) correspondiente al periodo 2014 - 2023
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 577-2013-MEM/DM MORDAZA, 26 de diciembre 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2007-EM, se creo la Direccion General de Electrificacion Rural (DGER) como organo dependiente del Despacho del Viceministro de Energia del Ministerio de Energia y Minas; Que, la Ley Nº 28749 - Ley General de Electrificacion Rural (en adelante la Ley), tiene por objeto establecer el MORDAZA normativo para la promocion y desarrollo eficiente y sostenible de la electrificacion de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del pais; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificacion Rural (en adelante el Reglamento), el mismo que fue modificado por los Decretos Supremos N° 0112009-EM, N° 042-2011-EM, y N° 027-2013-EM; Que, el articulo 10º de la Ley, establece que el Ministerio de Energia y Minas elaborara el Plan Nacional de Electrificacion Rural (PNER) a largo plazo, con un horizonte de diez (10) anos, el mismo que consolidara los Planes de Desarrollo Regional y Local Concertados, los Programas de Expansion de las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica y de Electrificacion Rural, las iniciativas privadas y los programas o proyectos a desarrollarse por el Gobierno Nacional; Que, asimismo, el articulo 12 del Reglamento senala que el PNER constituye un documento de gestion a largo plazo, con un horizonte de planeamiento de diez (10) anos, que contiene las politicas, objetivos, estrategias, metodologias, relacion de proyectos y MORDAZA de financiamiento, para el

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