Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2013 (15/01/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

486228
Primera Sala Civil de Lima: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
Presidente (T) (P)

El Peruano MORDAZA, martes 15 de enero de 2013

Articulo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA ROSSANA MORDAZA FREITAS como Juez Supernumeraria del Decimo Juzgado Constitucional de MORDAZA, a partir del 14 de enero del presente ano y mientras dure la promocion del doctor MORDAZA Davila. Articulo Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 888657-1

ORGANOS AUTONOMOS MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Confirman Acuerdo de Concejo que desestimo solicitud de vacancia contra MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Yanahuara, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1095-2012-JNE Expediente Nº J-2012-01172 YANAHUARA - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, cinco de diciembre de dos mil doce VISTO en audiencia publica, de fecha 5 de diciembre de 2012, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Wilber MORDAZA MORDAZA contra el acuerdo de concejo de la sesion extraordinaria, de fecha 29 de agosto de 2012, que desestimo su solicitud de vacancia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bacigalupi, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Yanahuara, provincia y departamento de MORDAZA, teniendo a la vista el Expediente Nº J-2012-0940, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES La solicitud de vacancia Con fecha 6 de MORDAZA de 2012, MORDAZA Wilber MORDAZA MORDAZA solicita ante el MORDAZA Nacional de Elecciones que se declare la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bacigalupi, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Yanahuara, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), que a su vez se remite al articulo 63 del mismo cuerpo normativo. El solicitante invoca como principales argumentos los siguientes: a. La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria (en adelante Sunat), mediante

Resolucion de Intendencia, de fecha 5 de MORDAZA de 2011, adjudico a la Municipalidad Distrital de Yanahuara, a solicitud del propio MORDAZA, un conjunto de bienes para ser destinados a la poblacion de extrema pobreza de dicho distrito. b. Conforme al acta de entrega del 24 de MORDAZA de 2011, la Sunat procedio con la adjudicacion de un conjunto de mercancias, valorizadas en US$. 17 255,22 (diecisiete mil doscientos cincuenta y cinco y 00/100 dolares americanos), los mismos que fueron recibidos por el alcalde. c. El articulo 56 de la LOM establece que las donaciones son ingresos y/o bienes entregados por terceros, que no requieren contraprestacion y que incrementan los recursos y activos municipales, constituyendo, por lo tanto, patrimonio municipal. No obstante ello, estas fueron aceptadas y distribuidas, sin contar con la autorizacion del concejo municipal, tal como lo establecen los articulos 9, numeral 20, y 66, de la LOM. d. La Resolucion Nº 171-2009-JNE, en su acapite 27, senala que "[...] si la finalidad de la MORDAZA es la proteccion del patrimonio municipal, mal podria permitirse que se dispongan de bienes municipales por el organo ejecutivo (alcaldia) sin conocimiento o autorizacion del organo legislativo y deliberante (concejo municipal). La prohibicion que ya se encuentra en el articulo 66 de la Ley Organica de Municipalidades para ser efectiva necesita de una sancion, tanto respecto del acto juridico viciado como del funcionario infractor". Esta posicion ha sido asumida por el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones al emitirse la Resolucion Nº 571-2012-JNE, del 6 de junio de 2012. Mediante Auto Nº 1, de fecha 10 de MORDAZA de 2012, recaido en el Expediente Nº J-2012-0940, este Supremo Tribunal Electoral, conforme a lo dispuesto por el articulo 23 de la LOM, traslada el pedido de vacancia al respectivo concejo distrital. Descargos del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bacigalupi Por escrito, de fecha 29 de agosto de 2012, el MORDAZA distrital formula como principales descargos los siguientes alegatos: a. Conforme a la jurisprudencia emitida por el MORDAZA Nacional de Elecciones, para que se configure una infraccion del articulo 63 de la LOM, se debe determinar la existencia de tres elementos: i) Existencia de un contrato por el que se afecte un bien municipal; ii) Intervencion del alcalde; y iii) Existencia de un conflicto de intereses. En el presente caso no se acredita ninguno de los elementos citados. b. Los bienes adjudicados no pueden ser considerados de propiedad municipal, pues la municipalidad solo participo en calidad de intermediario o de gestor para que llegue a su receptor final. c. La distribucion de los bienes a favor de la poblacion de extrema pobreza de la MORDAZA altoandina de Yanahuara esta demostrada, lo que se verifica del listado y de las declaraciones juradas aportadas. d. Mediante resolucion de subgerencia, amonesto por escrito al exservidor CPC Kleytoon MORDAZA MORDAZA, lo que demuestra que si tomo las acciones de caracter administrativo por la omision a seguir los procedimientos establecidos en la ley. Posicion del Concejo Distrital de Yanahuara Por Acuerdo de Concejo Nº 029-2012-MDY, asumido en sesion extraordinaria del 29 de agosto de 2012, se desestimo, por cuatro votos en contra y dos a favor, la solicitud de vacancia contra el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bacigalupi. Con fecha 4 de setiembre de 2012, el recurrente interpone recurso de apelacion contra lo resuelto, sobre la base de los mismos alegatos esgrimidos en el pedido de vacancia.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.