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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2013 (15/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de enero de 2013 486224 1.3 Facultades en materia administrativa: 1.3.1 Designar comisiones, comités y/o similares al interior de la Entidad, así como —de ser el caso— disponer la modifi cación de su respectiva conformación, salvo los vinculados al ámbito laboral, disciplinario o ética pública. 1.3.2 Autorizar todos los actos referidos a la contratación de auditorías de conformidad con el Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control aprobado por Resolución de la Contraloría General de la República. 1.3.3 Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria de la Entidad conforme a lo establecido en la Ley N° 28874 – Ley que regula la publicidad estatal. Artículo 2º.- Delegar las siguientes facultades en la Ofi cina de Administración del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA durante el Año Fiscal 2013: 2.1 Facultades en materia de Contrataciones del Estado: 2.1.1 Autorizar la convocatoria de procesos de adjudicación directa y de menor cuantía de acuerdo con la normativa sobre Contrataciones del Estado. 2.1.2 Aprobar los expedientes de contratación de los procesos de adjudicación directa y menor cuantía. 2.1.3 Autorizar la aprobación de bases administrativas de los procesos de selección correspondiente a adjudicaciones directas y de menor cuantía, así como las adjudicaciones de menor cuantía derivadas de los procesos declarados desiertos de acuerdo con la normativa sobre Contrataciones del Estado. 2.1.4 Aprobar la cancelación de procesos de selección según corresponda. 2.1.5 Designar a los integrantes de los Comités Permanentes y Especiales que tendrán a su cargo la organización, conducción y ejecución de los procesos de selección correspondiente a licitaciones, concursos públicos, adjudicaciones directas y de menor cuantía que convoque la Entidad, así como disponer la modifi cación de su respectiva conformación de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia. 2.1.6 Autorizar la contratación de expertos independientes para apoyar a los Comités Permanentes y Especiales. 2.1.7 Suscribir —en nombre y representación del OEFA— los contratos y adendas derivados de los procesos de selección regulados por la normativa de Contrataciones del Estado, previo visto de la Ofi cina de Asesoría Jurídica. 2.1.8 Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales o su respectiva reducción, siempre que se cuente con la asignación presupuestaria sufi ciente, ambas hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original. Dicha aprobación debe tener como objeto la contratación de bienes y servicios provenientes de los procesos de selección, licitaciones, concursos públicos, adjudicaciones directas y de menor cuantía convocados por la Entidad, así como las adjudicaciones de menor cuantía derivadas de los procesos declarados desiertos de acuerdo con la normativa sobre Contrataciones del Estado, previo visto de la Ofi cina de Asesoría Jurídica. 2.1.9 Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios en aquellos casos de contratos derivados de licitaciones, concursos públicos, adjudicaciones directas y de menor cuantía convocados por la Entidad, así como las adjudicaciones de menor cuantía derivadas de los procesos declarados desiertos de acuerdo con la normativa sobre Contrataciones del Estado, previo visto de la Ofi cina de Asesoría Jurídica. 2.1.10 Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de selección que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal y los pedidos de información y consultas que resulte necesario formular ante otras entidades. 2.1.11 Resolver los contratos relativos a la contratación de bienes y servicios derivados de procesos de selección de licitaciones, concursos públicos, adjudicaciones directas y de menor cuantía, por las causales reguladas en la normativa sobre Contrataciones del Estado, así como efectuar los actos previos necesarios para cumplir dicha fi nalidad. 2.2 Facultades en materia administrativa: 2.2.1 Autorizar la convocatoria de procesos para la selección de personal a ser contratado bajo cualquier modalidad. 2.2.2 Aprobar la suspensión o cancelación de los procesos de contratación de personal. 2.2.3 Comunicar las ofertas de empleo al Servicio Nacional del Empleo – RED CIL del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 012-2004-TR. 2.2.4 Suscribir —en nombre y representación del OEFA— los contratos del personal de la Entidad, así como sus respectivas prórrogas, adendas y/o modifi caciones. 2.2.5 Suscribir —en nombre y representación del OEFA— los acuerdos resolutorios de los contratos de personal, en aquellos casos que exista mutuo acuerdo. 2.2.6 Exonerar del plazo de preaviso para la resolución de contratos laborales por decisión unilateral del contratado. 2.2.7 Comunicar al personal contratado bajo cualquier modalidad la decisión unilateral del OEFA de resolver el contrato sin mediar incumplimiento, de acuerdo a la legislación que resulte aplicable. 2.2.8 Comunicar al personal contratado bajo cualquier modalidad la decisión unilateral del OEFA de no renovar su respectivo contrato, de acuerdo a la legislación que resulte aplicable. 2.2.9 Suscribir —en nombre y representación del OEFA— la documentación que resulte necesario presentar al Seguro Social de Salud – ESSALUD con la fi nalidad de permitir el acceso prestacional pleno que le corresponde al personal contratado bajo el régimen especial de la Contratación Administrativa de Servicios, y a sus derechohabientes, en mérito a su condición de afi liados regulares del régimen contributivo de la seguridad social en salud. 2.2.10 Suscribir —en nombre y representación del OEFA— los convenios de prácticas (preprofesionales, profesionales u otros) celebrados conforme a lo dispuesto en la Ley N° 28518 – Ley sobre Modalidades Formativas Laborales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2005-TR. 2.2.11 Suscribir —en nombre y representación del OEFA— la documentación que resulte necesario presentar a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT con la fi nalidad de dar cumplimiento a las obligaciones tributarias del OEFA. 2.2.12 Suscribir —en nombre y representación del OEFA— la documentación que resulte necesario presentar a las Administradoras de Fondo de Pensiones – AFP con la fi nalidad de cumplir con las obligaciones de trámites y pagos respecto de las retenciones efectuadas en las respectivas planillas de pago de la Entidad. 2.2.13 Suscribir —en nombre y representación del OEFA— los contratos, convenios y documentos con las entidades fi nancieras, en lo relacionado al manejo de cuentas bancarias del OEFA y a los servicios que dichas entidades brindan. 2.2.14 Suscribir Convenios Interinstitucionales sobre actividades de Bienestar Social de Recursos Humanos con entidades públicas o privadas. 2.2.15Aprobar la contratación de servicios de terceros según los requerimientos de las unidades orgánicas debidamente sustentadas en el Plan Operativo Institucional correspondiente al Año Fiscal 2013, con excepción de los requerimientos formulados por Secretaría General y la Presidencia del Consejo Directivo. 2.2.16 Atender y tramitar los requerimientos de Contratos Administrativos de Servicios y de Locación de Servicios de la Presidencia del Consejo Directivo.