Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2013 (24/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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representa ninguna variacion en la transitabilidad de la via por estar ubicado en un retiro vehicular que no obstaculiza el libre MORDAZA de los 02 carriles existentes en esta via; c) La reubicacion del paradero garantiza la reduccion de las actuales condiciones de inseguridad para los peatones; Que, la operacion y autorizacion del referido paradero de taxi independiente se encuentra sujeto a la culminacion de la implementacion del diseno geometrico del retiro y veredas por parte de la Subgerencia de Ingenieria de MORDAZA, para su accesibilidad peatonal. Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la Ley y el Derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, por lo expuesto y de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, la Ordenanza N° 1334-MML, la Ordenanza N° 812-MML, el Informe Nº 464-2012-MML/GTU-SETT del 03 de Setiembre de 2012 y demas normas vigentes; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar la reubicacion del Paradero de Taxi (Modalidad Taxi Independiente) ubicado en MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Sur cuadra 01, hacia el Retiro de la MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Sur cuadra 01, Distrito de MORDAZA de MORDAZA, para uso de los conductores y vehiculos debidamente autorizados por la Sub Gerencia de Regulacion del Transporte; Articulo 2.- La operatividad y autorizacion del referido paradero de taxi independiente estara sujeto a la culminacion de la implementacion del diseno geometrico del retiro y veredas, por parte de la Subgerencia de Ingenieria de MORDAZA, para la accesibilidad peatonal hacia el paradero de taxi, segun el Informe N° 817-2012-MML/ GTU-SETT de fecha 05 de Diciembre del 2012. Articulo 3.- El paradero autorizado sera identificado mediante la senalizacion horizontal de 04 casilleros con medidas de acuerdo al Manual de Dispositivos de Control de MORDAZA Automotor para Calles y Carreteras ­ MTC, y una senal vertical de codigo I-21. Articulo 4.- Encargar a la Sub Gerencia de Ingenieria de MORDAZA, los trabajos de senalizacion horizontal y vertical de los espacios de la via publica indicados en el articulo 1º de la presente resolucion, de acuerdo a su competencia. Articulo 5.- Encargar a la Sub Gerencia de Fiscalizacion de Transporte, la supervision y fiscalizacion y cumplimiento de la presente resolucion; de ser el caso, debera coordinar con la Policia Nacional de Peru encargada del control del MORDAZA de acuerdo a su competencia y facultades de tal manera que permita garantizar el cumplimiento y respeto del paradero autorizado, en cumplimiento de las normas vigentes. Articulo 6.- Notificar la presente resolucion a la parte interesada. Articulo 7.- Dispongase la publicacion de la presente resolucion en la pagina web de la Gerencia de Transporte MORDAZA www.gtu.munlima.gob.pe y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA G. MORDAZA TERBULLINO Subgerente Subgerencia de Regulacion del Transporte Gerencia de Transporte MORDAZA

fecha 16 de MORDAZA de 2012, y el Informe N° 916-2012-MML/ GTU-SETT de fecha 28 de diciembre de 2012 emitido por la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte, respecto a la implementacion de Paraderos de Transporte Publico en la Av. Circunvalacion en los distritos de La MORDAZA, San MORDAZA, Ate Vitarte y San Borja; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al acapite 7.1 del inciso 7 del articulo 161º de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA goza de un regimen especial, de conformidad al Articulo 198º de la Constitucion, teniendo en materia de transportes y comunicaciones funciones especiales, entre las que se encuentra "7.1) Planificar, regular y gestionar el transporte publico"; Que. la Ordenanza N° 341-MML, en su articulo 7° establece que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, mantenimiento, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vias del Cercado de Lima; Que, el articulo 100° de la Ordenanza N° 812-MML - Reglamento de Organizaciones y Funciones, establece que: "La Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte es el organo responsable de la formulacion de estudios, proyectos, programas y planes estrategicos en materia de transporte, MORDAZA y viabilidad en la provincia de Lima; Que, el inciso 4 del articulo 103° de la Ordenanza N° 812-MML, establece que:"Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Regulacion de Transporte las siguientes: 4) Otorgar licencias, autorizaciones o permisos para el servicio de transporte publico regular y no regular, pesado y de carga, dentro del ambito de la provincia de Lima"; Que, el numeral 41 del articulo 5° de la Ordenanza Nº 1599-MML define al Paradero de Transporte Regular como "el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o senalizacion, localizado en las vias que forman parte del recorrido autorizado de una ruta y que es utilizado para el embarque y desembarque de personas"; Que, mediante el Documento Simple N° 156471-2011 de fecha 07 de octubre de 2011, el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Decano de la Facultad de Medicina Veterinaria de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, requiere que se habilite un paradero de transporte publico en las cdras. 28 y 29 de la Av. Circunvalacion, debido a la gran congestion de personas que se presenta en dicha zona; Que, mediante el Documento Simple N° 89300-2012 de fecha 16 de MORDAZA de 2011, el Sr. Susano MORDAZA MORDAZA coordinador zonal de las juntas vecinales de seguridad ciudadana de la comisaria de yerbateros sector de La MORDAZA, Asentamiento Humano Cerro El MORDAZA, Asociacion Las Margaritas, MORDAZA El MORDAZA y Av. Floral, solicita que se habilite un paradero de transporte publico en la cdra. 10 de la Av. Circunvalacion, con la finalidad de atender la necesidad de los vecinos para el embarque y desembarque de pasajeros; Que, mediante el Informe N° 916-2012-MML/GTUSETT de fecha 28 de diciembre de 2012, la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte considera conveniente la implementacion de paraderos de transporte publico por los siguientes fundamentos: a) Que, de acuerdo a la Ordenanza N° 341 ­MML que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, senala que la Av. Circunvalacion (A-46) tiene la categoria de Via Arterial, b) Que, de acuerdo al Sistema Integrado de Transporte MORDAZA ­ SITU, la Gerencia de Transporte MORDAZA actualmente tiene autorizadas 42 rutas por la Av. Circunvalacion, c) Que, de acuerdo a la Resolucion Directoral Municipal N° 180-2004MML/DMTU se determinaron las distancias entre paraderos de transporte (Distancia minima 250 m., distancia ideal 300 m. y distancia MORDAZA 500 m.), encontrandose estas distancias dentro del rango establecido para paraderos de zonas urbanas (Entre 300 m. y 500 m.) por el Manual de Planeacion y Diseno para la Administracion del MORDAZA, y e) Que, de acuerdo a la verificacion de MORDAZA realizada en las vias evaluadas, se procedio a ubicar los puntos con mayor demanda de embarque y desembarque de pasajeros, determinandose de manera inicial las posibles ubicaciones de paraderos considerando los parametros de distancia, condiciones operativas e infraestructura; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la Ley, y el Derecho, dentro

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Autorizan implementacion de paraderos de transporte regular en la Av. Circunvalacion
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 204-2013-MML/GTU-SRT
MORDAZA, 14 de enero de 2013 VISTOS: El Documento Simple N° 156471-2011 de fecha 07 de octubre de 2011, el Documento Simple N° 89300-2012 de

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