Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2013 (24/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de enero de 2013

MORDAZA, su implementacion y a la asignacion de recursos presupuestales necesarios. Articulo Tercero.- DEROGAR toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Tramite de lectura y aprobacion del Acta. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza se publicara en el Diario Oficial "El Peruano", en un diario de circulacion regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima.gob.pe). En MORDAZA, a los quince dias del mes de diciembre del dos mil doce. POR TANTO: Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de diciembre del dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente Regional

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Declaran el 9 de diciembre como el "Dia contra la Corrupcion" en el ambito del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL N° 017-2012-CR-RL
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria del dia 27 de diciembre del 2012 en la MORDAZA de MORDAZA, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: El pedido de la Consejera Regional de la provincia de Barranca, Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien solicita se incorpore como punto de agenda en la sesion extraordinaria el Oficio N° 188-2012-BECO-CRPB-CR-GRL que contiene la propuesta para su aprobacion de Ordenanza Regional donde se declare en el ambito del Gobierno Regional de MORDAZA, el dia 9 de diciembre de todos los anos el "Dia contra la corrupcion". CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Peru, dispone que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el mismo sentido, el Art. 2 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Que, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los gobierno regionales tienen autonomia politica y administrativa en los asuntos de sus competencia (...) La estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador (...)".

Que, el articulo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: "Es el organo normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. (...)". Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobierno Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y. el literal a) del articulo 15º de la misma MORDAZA, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, en la sesion extraordinaria del Consejo Regional de MORDAZA, de fecha 27 de diciembre del 2012, se aprueba por mayoria la exoneracion del pase a la Comision Ordinaria de Construccion, Vivienda, Poblacion, Saneamiento y Desarrollo Social del Consejo Regional; Que, la Convencion Interamericana contra la Corrupcion, suscrita el 29 de marzo de 1996 en Caracas en la Republica de Venezuela, ratificada por el Peru, mediante Decreto Supremo Nº 012-97-RE, de fecha 21 de marzo de 1997, tiene como objetivo aglutinar los esfuerzos de los paises del continente americano, miembros de la Organizacion de Estados Americanos (OEA) en prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupcion; Que, la Convencion de las Naciones Unidas contra la Corrupcion, tiene el objetivo de implementar medidas preventivas, fortalecer la transparencia de los actos publicos, estimular la participacion de la sociedad en la correcta gestion de los asuntos y el uso de los bienes publicos, y sugerir la armonizacion de legislaciones penales nacionales. Ademas tiene como objetivo implementar politicas publicas eficaces en materia de prevencion y de medidas para combatir la corrupcion. La Convencion fue suscrita el 31 de octubre de 2003 y ratificada por el Peru el 16 de octubre de 2004, mediante Decreto Supremo Nº 075-2004-RE y vigente desde el 14 de diciembre de 2005; Que, el 31 de octubre de 2003, la Asamblea General de las Naciones Unidas, proclamo el 9 de diciembre como "DIA INTERNACIONAL CONTRA LA CORRUPCION", con la finalidad de aumentar la sensibilizacion sobre dicha practica, asi como del papel que puede desempenar esta convencion para combatir y prevenir la corrupcion; Que, el Estado Peruano cuenta con una vasta legislacion orientada a la lucha contra la corrupcion, entre las principales, tenemos, la Ley Nº 26771, Ley Contra el Nepotismo, Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion del Estado, Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, Ley Nº 29542, Ley de Proteccion del Denunciante en el ambito administrativo y de colaboracion eficaz en el ambito penal; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA mediante Resolucion Gerencial General Regional Nº 0037-2009GGR aprueba la directiva para la Aplicacion del Codigo de Etica en el Gobierno Regional de Lima; Que, en el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, ha aprobado y publicado la Ordenanza Nº 13-2007CR-RL, en la que se dispone como requisito obligatorio para el ejercicio profesional en el ambito de la Administracion Publica del Gobierno Regional de MORDAZA, Acreditacion del Certificado o MORDAZA de Habilitacion Vigente, otorgado por el Colegio Profesional respectivo, cuando asi la ley lo exigiere; y la Ordenanza Regional Nº 10-2010-CR-RL, Ordenanza Regional que dispone la Creacion del Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Gobierno Regional de Lima; Que, en el MORDAZA Congreso Nacional del ANCOR llevado a cabo en la MORDAZA de Iquitos del 23 al 27 de Setiembre del 2012, el pleno ha acordado mediante el Acta Rio Amazonas 2012, una lucha frontal contra la corrupcion para el cual debe establecerse de manera obligatoria el Consejo Regional de Anticorrupcion, acuerdo que tienen caracter vinculante entre los integrantes de los Consejos Regionales del Peru, por lo que siendo un pleno de MORDAZA instancia organizacional, es MORDAZA la aplicacion en cuanto corresponde; Que, mediante oficio Nº 185 ­ BECO-CRPB-GRL la Consejera regional por la provincia de Barranca Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita opinion legal a la Sub Gerencia Asesoria Juridica del Gobierno Regional de MORDAZA sobre ordenanza regional;

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