Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2013 (31/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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Jardines y Serenazgo de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA correspondiente al ejercicio 2013; Que, el articulo 5º de la mencionada Ordenanza establece que los Arbitrios Municipales son de periodicidad y recaudacion trimestral, cuyos vencimientos seran establecidos mediante Ordenanza teniendo en cuenta el ultimo dia habil de cada mes; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar mediante Ordenanza las fechas de vencimiento para el pago de Arbitrios Municipales e Impuesto Predial a fin que los vecinos del distrito de MORDAZA MORDAZA, puedan cumplir con sus obligaciones tributarias de manera oportuna; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con la opinion favorable de la Gerencia Administracion Tributaria y Rentas y la Gerencia de Asesoria Juridica; el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO. La obligacion de pago de las cuotas trimestrales de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2013, vencen: a. Primera Cuota: b. MORDAZA Cuota: c. Tercera Cuota: d. Cuarta Cuota: 28 de febrero 31 de MORDAZA 29 de agosto 29 de noviembre

asimismo los arbitrios sujetos a los descuentos por pronto pago contemplados en la Ordenanza Nº 512-MDMM. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y a la Sub Gerencia de Informatica y Estadistica, el cumplimiento de la presente Ordenanza, en lo que sea de su competencia. Tercero.- FACULTAR al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, pueda prorrogar las fechas de vencimiento, si la gestion operativa de los tributos indicados asi lo amerita. Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Quinto.- Encarguese a la Gerencia de Comunicaciones su difusion, a Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y al Departamento de Informatica y Estadistica su publicacion en el MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA www.munimagdalena.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA

895327-1

Articulo Segundo.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL La obligacion de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2013 vence: 1) Pago al contado: 28 de febrero 2) Pago fraccionado a. Primera Cuota: b. MORDAZA Cuota : c. Tercera Cuota: d. Cuarta Cuota: 28 de febrero 31 de MORDAZA 29 de agosto 29 de noviembre

Condonan del pago de Arbitrios Municipales hasta diciembre de 2012 a instituciones y/o congregaciones religiosas por determinados usos de sus predios
ORDENANZA Nº 002-MDMM
MORDAZA, 17 de enero de 2013

CONDONAN DEL PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES HASTA DICIEMBRE DE 2012 A INSTITUCIONES Y/O CONGREGACIONES RELIGIOSAS POR DETERMINADOS USOS DE SUS PREDIOS.
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 01 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por

De optar por el pago fraccionado, las cuotas (2da. 3ra. y 4ta.) estaran sujetas a las disposiciones correspondientes al reajuste con el Indice de Precios al Por Mayor (IPM) establecido en el inciso b) del articulo 15º del D.S 1562004-EF ­ TUO de la Ley de Tributacion Municipal.

DISPOSICIONES FINALES
Primero.- Los pagos correspondientes a los tributos del ano 2013 que hubiesen sido efectuados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, quedan convalidados de manera automatica con la misma, estando

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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