Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2013 (31/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de enero de 2013

Predial es hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, la primera cuota debera pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes seran pagadas hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, el ultimo parrafo del articulo 29º del TUO del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99 EF dispone que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general por la Administracion Tributaria de la Municipalidad; Que, es politica de la Municipalidad otorgar amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan la cancelacion oportuna de sus tributos, ya sea esta al contado o fraccionada de sus obligaciones tributarias vigentes o que se encuentren pendientes de pago; Que, mediante Ordenanza Nº 374-CDLO la Municipalidad de Los MORDAZA aprobo el Regimen Tributario de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (recoleccion de residuos solidos y barrido de calles), de Parques y Jardines y de Serenazgo para el ejercicio fiscal 2013, ratificada con Acuerdo de Concejo Nº 2418 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 29/12/2012, donde se establece la periodicidad trimestral de los Arbitrios Municipales; Estando a lo expuesto, y en cumplimiento de lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de las Municipalidades, por unanimidad, el Concejo Municipal aprobo la siguiente:

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen disposiciones y criterios para declarar las deudas tributarias como de cobranza dudosa asi como el correspondiente quiebre de los saldos deudores
ORDENANZA Nº 529-MDMM
MORDAZA, 27 de diciembre de 2012 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 25 de la fecha; VISTOS: El informe Nº 0145-2012-GATR-MDMM de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y el Informe Nº 9962012-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica. y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; senalando adicionalmente, en el articulo 195º, que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que las municipalidades, como organos de gobierno local, tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 27º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias, establece como medio de extincion de la obligacion tributaria, la Resolucion de la Administracion Tributaria sobre deudas de cobranza dudosa; Que, el Decreto Supremo Nº 022-2000-EF publicado el 11 de marzo de 2000, precisa que la Administracion Tributaria, de acuerdo con lo establecido en el articulo 27º del TUO del Codigo Tributario, tiene la facultad para declarar como deudas de cobranza dudosa, entre otras, aquellas cuyo plazo de prescripcion hubiese transcurrido teniendo en cuenta que en este supuesto se encuentra impedida de ejercer cualquier accion de cobranza, por lo que se entienden agotadas las acciones contempladas en el Procedimiento de Ejecucion Coactiva; Que, es necesario implementar una MORDAZA que establezca los procedimientos y criterios para que la Administracion pueda declarar una deuda como de cobranza dudosa, a fin de sincerar los saldos pendientes y pasibles de efectiva recuperacion; Estando a los Informes Nº 0145-2012-GART-MDMM y Nº 996-2012-GAJ-MDMM, emitidos por la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas asi como la Gerencia de Asesoria Juridica, respectivamente, de conformidad con los articulos 9º numerales 8) y 9), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- FINALIDAD Establecer con caracter general, las disposiciones y criterios para declarar las deudas tributarias como de cobranza dudosa asi como el correspondiente quiebre de los saldos deudores. Articulo Segundo.- GLOSARIO Para efectos de la presente Ordenanza, deberan considerarse las siguientes definiciones:

ORDENANZA Nº 377-CDLO QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2013
Articulo Primero.- ESTABLECER, las fechas de pago del Impuesto Predial para el ejercicio fiscal 2013, en las siguientes fechas de vencimiento: · PAGO AL CONTADO · PAGO FRACCIONADO Primera Cuota MORDAZA Cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota : : : : 31 de Marzo. 31 de Mayo. 31 de Agosto. 30 de Noviembre. : 31 de Marzo.

Articulo Segundo.- ESTABLECER las FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO para el ejercicio 2013, las cuales vencen: · PAGO AL CONTADO Primera Cuota MORDAZA Cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota : : : : : 31 de Marzo. 31 de Marzo. 30 de Junio. 31 de Setiembre. 30 de Diciembre.

Articulo Tercero.ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la GERENCIA DE RENTAS, a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y FISCALIZACION, a la GERENCIA DEL CENTRO DE INNOVACION Y EMPRENDIMIENTO LOS MORDAZA (CIELO) Y TECNOLOGIA DE INFORMATICA Y COMUNICACIONES (TICs), su debida implementacion en el sistema informatico SIMI, a la OFICINA DE SECRETARIA GENERAL su publicacion y a la GERENCIA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusion y comunicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

895631-2

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