Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2013 (31/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de enero de 2013

NORMAS LEGALES
comuniquese, publiquese y

487239

POR TANTO: Mando cumplase. registrese,

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

895419-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Prorrogan fecha de vencimiento del pago de la primera cuota de Arbitrios Municipales de limpieza publica, parques, jardines y serenazgo del ejercicio fiscal 2013
DECRETO DE ALCALDIA N° 001-2013-MDB-AL
Bellavista, 18 de enero de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Informe Nº 03-2013-MDB-GATR emitida por la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas de fecha 10 de enero refererido a la prorroga del vencimiento del pago de la primera cuota de Arbitrios Municipales de limpieza Publica, Parques, Jardines y Serenazgo del ejercicio fiscal 2013, hasta el ultimo dia habil de febrero; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce en su articulo 194º, que las Municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo en su articulo 74° les otorga la potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdiccion; concepto rescatado en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Que, mediante el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se precisa que de acuerdo a lo establecido por el numeral 4º del articulo 195º y por el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones dentro de los limites que fija la ley; Que, segun lo establece la MORDAZA MORDAZA del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los arbitrios son tasas que se MORDAZA por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico; y, de igual modo, la cuarta MORDAZA del mencionado Titulo Preliminar establece que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley, mediante Ordenanza Municipal; Que, la Administracion Tributaria, conforme a la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, cuando este facultada para actuar discrecionalmente, optara por la decision administrativa que considere mas conveniente para el interes publico, dentro del MORDAZA que establece la Ley; Que, con fecha 30 de Diciembre del ejercicio fiscal 2012 se publico la Ordenanza N° 017-2012-CDB, modificada por la Ordenanza N° 022-2012-CDB, mismas que fueron ratificadas por el Acuerdo de Concejo N° 164-2012, las cuales establecieron el MORDAZA Legal de las Tasas de Arbitrios Municipales de Recoleccion de Residuos Solidos, Barrido de Vias, Parques y Jardines y Serenazgo para el

ejercicio fiscal 2013, asimismo se establecio como fecha de vencimiento de cada cuota, el ultimo dia habil de cada mes, siendo el 31 de enero la fecha de vencimiento de la primera cuota; Que, cabe precisar que la Tercera Disposicion Final de la Ordenanza Municipal Nº 017-2012-CDB modificada por la Ordenanza N° 022-2012-CDB, indica lo siguiente: "facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza". Que, es politica de la actual Administracion, brindar servicios de calidad a los vecinos de la jurisdiccion y otorgarles mayores facilidades de pago con la finalidad de que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, por lo que resulta necesaria la dacion de medidas normativas que permitan aliviar la carga tributaria de nuestro vecinos, a efecto de reforzar las expectativas positivas de desarrollo distrital sostenido y mejoramiento de las condiciones de MORDAZA, por lo que es necesario prorrogar el plazo del vencimiento de la primera cuota de Arbitrios Municipales del ultimo dia habil de enero al ultimo dia habil de febrero; Estando a lo expuesto, de conformidad con la Tercera Disposicion Final de la Ordenanza Municipal Nº 017-2012CDB modificada por la Ordenanza Municipal N° 022-2012CDB en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y considerando los informes de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas N° 03-2013MDB-GATR y N° 07-2013-MDB-GATR, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto N° 097-2013-MDB-DPP y de la Gerencia de Asesoria Juridica N° 010-2013-MDB/GAJ; DECRETA Articulo 1°.- Prorrogar la fecha de vencimiento del pago de la primera cuota de Arbitrios Municipales de limpieza publica, parques, jardines y serenazgo del ejercicio fiscal 2013, hasta el ultimo dia habil de febrero. Articulo 2º.- Deleguese a la Subgerencia de Informatica, Subgerencia de Imagen Institucional y a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, la difusion y cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. POR LO TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA MORDAZA

895745-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Ratifican Ordenanza Nº 015-2012MDSA que establecio tasa de estacionamiento vehicular temporal en playas del litoral del distrito de San MORDAZA, provincia de Canete (Verano 2013)
ACUERDO DE CONCEJO Nº 106-2012-MPC
Canete, 18 de diciembre de 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE Visto: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº 480-2012-MDSA y Oficio Nº 541-2012-MDSA, por los cuales la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, solicita la Ratificacion de la Ordenanza Nº 015-2012-MDSA que establece la tasa de estacionamiento vehicular temporal en Playas del Litoral del distrito de San MORDAZA, provincia de Canete (Verano 2013); CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27972, Ley

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