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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (15/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de febrero de 2013 488044 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Consejo Regional del Callao, en Sesión Ordinaria del 18 de enero del 2013. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 008-2004- REGION CALLAO-CR, se crea el Sistema Regional de Gestión Ambiental, Cuyo objeto es el asegurar el efi caz cumplimiento de los objetos ambientales de las entidades públicas, privadas, y otras organizaciones que representen a la ciudadanía en general, en la Región Callao; así como fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la gestión ambiental regional, el rol que le corresponde al Gobierno Regional y a las entidades sectoriales, regionales y locales en el ejercicio de sus funciones ambientales en la Región Callao a fi n de garantizar que cumplan con sus funciones y de asegurar que se evite, en el ejercicio de las mismas, superposiciones, omisiones, duplicidades, vacíos y confl ictos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2011-MINAM, publicado con fecha 09 de julio del 2011, se aprueba el Plan Nacional de Acción Ambiental, en concordancia con la Constitución Política del Perú, la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, el Decreto Legislativo Nº 1013 que crea el Ministerio del Ambiente, la Ley General del Ambiente y el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM que aprueba la Política Nacional del Ambiente; Que, en consideración a lo tipifi cado en el Art.22º de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y demás normas complementarias, se cree conveniente y necesaria la proyección ante la CAR CALLAO, del documento objeto de la presente, para su aprobación por dicha comisión; Que, la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (Ley Nº 28245), tipifi ca en su Art. 23º respecto de las Comisiones Ambientales Regionales, que las mismas son instancias de gestión ambiental, de carácter multisectorial, encargadas de coordinar y concretar la política ambiental regional; Que, en sesión ordinaria de la Comisión Ambiental Regional del Callao-CAR CALLAO, realizada con fecha 24 de octubre de 2012, se acordó APROBAR la Política Ambiental Regional del Callao;: Que, el Art. 22º de la Ley Nº 28245 (Ley de Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental), Dispone que los Gobiernos Regionales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en concordancia con las políticas, normas y planes nacionales y sectoriales, en el marco de los principios de gestión ambiental contenidos en el Art. 5º de la misma norma; Que, sumando a ello, dispone que los Gobiernos Regionales deben de implementar el Sistema Regional de Gestión Ambiental, en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y el CONAM (ahora MINAM), sobre la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambientales en el Gobierno Regional; Que, las competencias regionales, se ejercen con sujeción a los instrumentos de gestión ambiental diseñados. Implementados y ejecutados para fortalecer el carácter transectorial y descentralizado de la Gestión Ambiental, así como el cumplimiento de las Políticas, Planes y Agendas Ambientales Regionales y Nacionales; Que, el Art. 5º de la Ordenanza Regional Nº 008-2004- REGION CALLAO-CR (Sistema Regional de Gestión Ambiental), tipifi ca lo siguiente: “Se asegura la transectorialidad, la debida coordinación y aplicación de estos instrumentos (refi riéndose a los instrumentos de gestión y planifi cación ambiental), a través de: 1. Elaboración de Planes de Acción Ambiental, Agendas Ambientales Regionales, Planes Regionales Ambientales y Programas Regionales Ambientales en cumplimiento de la Política Ambiental Regional del Callao, determinando responsables para el cumplimiento de sus actividades y metas. 2. Establecer políticas y planes regionales para la implementación del ordenamiento ambiental. 3. Promover y difundir los demás instrumentos de gestión ambiental, de competencia exclusiva por parte del Gobierno Regional del Callao, Gobiernos Locales y otras entidades en la región”. Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA POLÍTICA AMBIENTAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Artículo 1º.- APROBAR la Política Ambiental Regional del Callao, cuyo texto se anexa y forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal Web del Gobierno Regional del Callao, www.regioncallao.gob.pe, en el portal del Estado Peruano, www.peru.gob.pe; y, en el Portal del Ministerio de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. FÉLIX MORENO CABALLERO Presidente 900748-2 Aprueban el Plan de Acción Ambiental del Callao - PAAC 2013 - 2021 ORDENANZA REGIONAL Nº 000003 Callao, 18 de enero del 2013 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Callao en sesión ordinaria del 18 de enero del 2013. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 008-2004- REGION CALLAO-CR, se crea el Sistema Regional de Gestión Ambiental, cuyo objeto es el asegurar el efi caz cumplimiento de los objetivos ambientales de las entidades públicas, privadas, y otras organizaciones que representen a la ciudadanía en general, en la Región Callao; así como fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la gestión ambiental regional, el rol que le corresponde al Gobierno Regional y a las entidades sectoriales , regionales y locales en el ejercicio de sus funciones ambientales en la Región Callao a fi n de garantizar que cumplan con sus funciones y de asegurar que se evite, en el ejercicio de las mismas, superposiciones, omisiones, duplicidades, vacíos y confl ictos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2011- MINAM, publicado con fecha 09 de julio del 2011, se aprueba el Plan Nacional de Acción Ambiental, en concordancia con la Constitución Política del Perú, la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, el Decreto Legislativo Nº 1013 que crea el Ministerio del Ambiente, la Ley General del Ambiente y el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM que aprueba la Política Nacional del Ambiente; Que, en consideración a lo tipifi cado en el Art. 22º de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y demás normas complementarias, se cree conveniente y necesaria la proyección ante la CAR CALLAO, del documento objeto de la presente, para su aprobación por dicha comisión; Que, la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (Ley Nº 28245), tipifi ca en su Art. 23º, respecto