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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (15/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de febrero de 2013 488047 de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región; Que, mediante la Resolución Ministerial 003-2009 /MINSA, publicada el 10 de enero de 2009 en el Diario Ofi cial “El Peruano”, se declaró que el Gobierno Regional del Callao ha culminado el proceso de transferencia de las funciones sectoriales en materia de salud contenidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, aprobado por Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, las cuales se precisan en el “Acta de Entrega y Recepción de Funciones Sectoriales y Recursos del Ministerio de Salud al Gobierno Regional del Callao”, en tal virtud el Gobierno Regional de Callao es competente para el ejercicio de la totalidad de funciones en materia de salud que dispone el Artículo 49º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, de acuerdo a la Resolución Suprema Nº 001- 2007-ED, que aprueba como política de Estado el Proyecto Educativo Nacional al 2001, “La Educación que queremos para el Perú”, en la política 27.5 del acotado Proyecto, establece: Realizar acciones permanentes de educación ambiental en las comunidades, inc. b) Programa de promoción y Difusión de un estilo de vida comunitaria y comportamientos institucionales saludables dirigidos a los vecinos y a las entidades públicas y privadas de la comunidad que haga posible el respeto al derecho de los niños, se dispone el derecho a: disfrutar alimentos sanos y saber con qué recursos se elaboraron; Que, de conformidad con la RVM Nº 006-2012-ED, que aprueba las “Normas Especifi cas para la Planifi cación Organización, Monitoreo y Evaluación de Aplicación del Enfoque Ambiental en la Educación Básica y Técnico Productiva”, ítem 6) de las Disposiciones Específi cas, numeral 6.1 el enfoque ambiental se expresa en los diseños curriculares y en la gestión de la institución educativa se orienta al logro da hábitos y buenas prácticas de prevención y conservación del ambiente, tiene cinco componentes: La gestión Institucional, la gestión Pedagógica, la Educación en la Salud, la Educación en Ecoefi ciencia, la Educación en Gestión del riesgo, y en el inciso c) del numeral 6.1 de la citada RVM, establece promover la alimentación y nutrición saludable con sostenibilidad: agua segura, loncheras, quioscos, comedores saludables y vigilancia; Que, de acuerdo al ítem 5 de las Disposiciones Generales, numeral 5.1 Lineamientos de Política Nacional de Educación Ambiental para el Desarrollo Sostenible, 5.1.1: Los Lineamientos de la Política Nacional de Educación Ambiental para el Desarrollo Sostenible en el sector educación, orientan los procesos de educación, comunicaciones, investigación e interpretación ambiéntalo de las instancias del sistema educativo nacional; el punto 5.1.2: dispone incorporar, desarrollar y fortalecer la aplicación del enfoque ambiental en las instituciones educativas, en el marco de las políticas priorizadas en el Proyecto Educativo Nacional-PEN, y de los procesos pedagógicos orientados al logro de aprendizaje fundamentales en ciudadanía ambiental y de la reforma en la institución educativa que cumplan con estándares e una escuela segura, saludable y sostenible; 5.1.4: los lineamientos de la política de educación ambiental, inciso) establece que las instancias de gestión educativa descentralizada de educación, en coordinación con los gobiernos regionales y locales, implementaran los lineamientos de política nacional de educación ambiental en sus respectivos ámbitos, adaptándolos a sus propias realidades; Que, mediante la Directiva Nº 09-2012-EES-UGP- DEC, aprobado por Resolución Directoral Nº 778-2012- DREC, ítem 6) Disposiciones Específi cas, 6.1: El enfoque Ambiental, inc. c) establece sobre la Educación en Salud, que las instituciones deben promover la alimentación y nutrición saludable con sostenibilidad: agua segura, loncheras, quioscos, comedores saludables y vigilancia; Que, mediante Ofi cio Nº 4611-2012-GRC/DIRESA/ DG La Dirección Regional de Salud el Callao, eleva la propuesta de Ordenanza Regional que declara Aprobar la Lista de Alimentos Saludables recomendados para el expendio en los Quioscos Escolares de la Instituciones Educativas en la Región Callao; Que, mediante Memorando Nº 013-2013-GRC/ GRECYD la Gerencia Regional de Educación Cultura y Deporte adjunta el Informe Nº 001-2013-GRC/GRECYD- VPC señalando que resulta conveniente la aprobación por parte del Consejo Regional del proyecto de ordenanza regional referido en el considerando anterior, toda vez que aporta una iniciativa efi caz en benefi cio de los estudiantes, lo cual redundará en un buen desarrollo escolar y físico; y, por ende en estilos de vida saludables; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA APROBAR LA LISTA DE ALIMENTOS SALUDABLES RECOMENDADOS PARA SU EXPENDIO EN LOS QUIOSCOS ESCOLARES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Artículo 1º.- Aprobar la lista de alimentos saludables recomendados para su expendio en los Quioscos escolares de las Instituciones Educativas en la Región Callao, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de Salud, a través de la Dirección Ejecutiva de Promoción de la Salud, establecer y desarrollar estrategias de articulación intersectorial e intergubernamental, así como la asistencia técnica para implementación del listado de alimentos recomendados para quioscos escolares. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal Web del Gobierno Regional del Callao, www.regioncallao.gob.pe; en el portal del Estado Peruano, www.peru.gob.pe; y, en el portal del Ministerio de Justicia. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 900748-5 Autorizan viaje a Brasil de Consejeros Regionales, en comisión de servicios ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 000016 Callao, 29 de enero del 2013 El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en Sesión celebrada el 29 de enero del 2013, con el voto aprobatorio de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao. VISTOS: La Carta S/N de Onward Internacional de fecha 7 de enero del 2013 del Director Regional de Onward Internacional; el Memorando Nº 017-2013-GRC/SCR- CR de la Secretaría del Consejo Regional; el Informe Nº 075-2013-GRC/GA-OL y el Informe Nº 009-2013-GRC/ GA-OL-ABL de la Ofi cina de Logística de la Gerencia de Administración; el Memorándum Nº 256-2013-GRC/ GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 137-2013-GRC/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, el Dictamen Nº 006-2013-GRC/CR-CA de la Comisión de Administación Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante carta dirigida por la Dirección Regional de la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe ONWARD Internacional, a la Consejera Regional Ana Victoria Bejarano Preciado, le comunican que vienen organizando la: “Misión Técnica Internacional de capacitación municipal sobre planifi cación urbana, transporte colectivo, reciclaje, manejo de residuos sólidos y proyectos inclusivos de salud y erradicación de la pobreza”, la que se llevará a cabo en la Ciudad de Curitiba,