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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (16/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de febrero de 2013 488087 Estando a lo recomendado en el Informe Nº 002- 2013-CEPAD/MINSA, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, y; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Resolución Ministerial Nº 198- 2005/MINSA, que aprueba el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Salud y la Resolución Ministerial Nº 1879-2002-SA-DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Instaurar proceso administrativo disciplinario a los ex funcionarios: Licenciada Irene Suárez Quiroz, ex Directora Ejecutiva de Logística de la Ofi cina General de Administración, Economista Francisco José Solís Coronado, ex Director Ejecutivo de la Ofi cina General de Recursos Estratégicos de la Ofi cina General de Administración, Ingeniero Vitilio Luis A. Calonge García, ex Director Ejecutivo de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, comprendidos en las Observaciones que se señalan en los considerandos precedentes, según el Informe Nº 002-2012-2-0191-EE-OCNTS-OCI/MINSA, resultante del “Examen Especial al Abastecimiento de Recursos Estratégicos para las Atenciones de las Estrategias Sanitarias Nacionales del Ministerio de Salud”, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Viceministerial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes administrativos a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para su respectivo diligenciamiento. Artículo 3º.- Notifi car la presente Resolución Viceministerial a los interesados, de acuerdo a ley. Regístrese y comuníquese. JOSÉ DEL CARMEN SARA Viceministro de Salud 902041-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban transferencia de autorización otorgada mediante R.VM. Nº 388- 2007-MTC/03 a favor de la empresa Antares Telecomunicaciones E.I.R.L., para prestar servicio de radiodifusión sonora RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 063-2013-MTC/03 Lima, 7 de febrero del 2013 VISTO, el escrito de registro Nº 2012-020940 del 10 de abril de 2012, rectifi cado con escrito de registro Nº 2012- 020940-A del 02 de mayo de 2012, mediante los cuales el señor DAVID GUEVARA SOTO solicita la transferencia de la autorización que le fuera otorgada para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Jaén-Bellavista-Las Pirias, departamento de Cajamarca, a favor de la empresa ANTARES TELECOMUNICACIONES E.I.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 388- 2007-MTC/03 del 24 de julio de 2007, se otorgó al señor DAVID GUEVARA SOTO autorización por el plazo de diez años (10), que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Jaén-Bellavista-Las Pirias, departamento de Cajamarca; Que, con escrito de registro Nº 2012-020940 del 10 de abril de 2012, rectifi cado con escrito de registro Nº 2012- 020940-A del 02 de mayo de 2012, el señor DAVID GUEVARA SOTO, solicitó la transferencia de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial Nº 388-2007-MTC/03, a favor de la empresa ANTARES TELECOMUNICACIONES E.I.R.L.; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74º y 76º de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, con Informe Nº 0077-2013-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que debe aprobarse la transferencia de la autorización otorgada al señor DAVID GUEVARA SOTO con Resolución Viceministerial Nº 388-2007-MTC/03 a favor de la empresa ANTARES TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., al haber cumplido con la presentación de los requisitos y condiciones previstos para tal efecto; y, verifi car que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modifi catorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada al señor DAVID GUEVARA SOTO mediante Resolución Viceministerial Nº 388-2007-MTC/03 a favor de la empresa ANTARES TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionado a dicha autorización, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Jaén-Bellavista-Las Pirias, departamento de Cajamarca. Artículo 2º.- Reconocer a la empresa ANTARES TELECOMUNICACIONES E.I.R.L., como titular de la autorización señalada en el artículo precedente, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, según corresponda, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Artículo 3º.- Remitir copa de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 901124-1 Aprueban actualización de las “Especificaciones Técnicas Generales para Construcción de Carreteras - EG- 2000” como documento normativo denominado Manual de Carreteras - “Especificaciones Técnicas Generales para Construcción - EG-2013” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 03-2013-MTC/14 Lima, 1 de febrero de 2013