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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (16/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de febrero de 2013 488117 b. Original y copia de los documentos de Identidad de cada uno de los contrayentes. c. Declaración Jurada del domicilio de cada uno de los contrayentes, según formato. d. Certifi cado Médico. e. Recibo de Pago por el derecho de celebración del Matrimonio, debidamente cancelado. f. Dos (02) testigos mayores de edad, por cada contrayente, adjuntando copia de sus documentos de identidad. En caso de contrayentes viudos o divorciados, además deberán presentar: a. Partida original de Defunción o Partida de Matrimonio con la respectiva Acta de Disolución en anotación marginal, según sea el caso. b. Declaración Jurada legalizada ante Notario Público, que acredite tener o no la administración de los bienes de hijos habidos en anterior matrimonio. Artículo 5º.- Ordénese a la Unidad de Registro Civil la publicación de la relación de las parejas que contraerán Matrimonio Civil en la referida fecha, durante ocho (08) días en el periódico mural de la Municipalidad y a la Sub Gerencia de Informática en la página Web de la Municipalidad. Artículo 6º.- Encargar a la Secretaría General del Concejo y la Unidad de Registro Civil el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 901716-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban actualización y modificación del Porcentaje UIT de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA- 2011 de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2013-A-MDC Cieneguilla, 2 de enero de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTO: El informe Nº 001-2013–GPP/MDC de fecha 02 de Enero de 2013 de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto remitiendo la Propuesta de Actualización y Modifi cación del Porcentaje UIT de los Derechos de Tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2011 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla por adecuación al Decreto Supremo Nº 264-2012-EF que aprueba la UIT para el año 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 36.1 del artículo 36 de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General dispone que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, mediante Ordenanza Nº 137-2011-MDC del 21 de Julio de 2011, ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 1042-MML de fecha 22 de Septiembre 2011, la Municipalidad Distrital de Cieneguilla aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2011 y fue actualizado y modifi cado por Decreto de Alcaldía Nº 001-2012- MDC del 17 de Enero de 2012 en cumplimiento de la Ley Nº 27444; Que, el artículo 38.5 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General – norma que “Una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique creación de nuevos procedimientos, incremento de los derechos de tramitación o requisitos, se deben realizar por Decreto de Alcaldía; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 264-2012- EF, aprueba la UIT para el año 2013, siendo el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias Tres Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/.3,700.00) Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 062-2009- PCM, establece que la modifi cación del valor de la UIT no implica la modifi cación automática de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA; por lo tanto, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la vigencia de la nueva UIT, las entidades públicas a través de sus funcionarios correspondientes deberán de efectuar la reconversión de los nuevos términos porcentuales aplicables como resultado de la división del monto de cada derecho de tramitación vigente entre el nuevo valor de la UIT, asimismo deberán ingresar y publicar dicha información en el Portal Web Institucional. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6 del artículo 20º y artículos 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la Actualización y Modifi cación del Porcentaje UIT de los Derechos de Tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA – 2011 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla aprobado mediante Ordenanza Nº 137-2011- MDC y ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 1042-MML; acorde a lo previsto en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM y el artículo 1º y del Decreto Supremo Nº 264-2012-EF que aprueba la UIT para el año 2013 conforme al Anexo que forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ACTUALIZAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2011 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, con las modifi caciones mencionadas en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y el Anexo que forma parte integrante del mismo en la página Web de la Institución: www.municieneguilla.gob.pe, en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, y el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob. pe. Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 901183-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS Convocan a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2012 y aprueban Reglamento ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2013-MPY Yauyos.11 de febrero de 2013