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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (16/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de febrero de 2013 488105 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan la emisión de duplicados de diversos diplomas de Títulos Profesionales y de Bachiller de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº R-2473- 2012-UNSAAC Cusco, 26 de diciembre de 2012 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente signado con Nº 023985, presentado por la Sra. Nelly Yolanda Pinto Almanza, solicitando duplicado de Diploma confi riéndole el Título Profesional de Profesora de Educación Secundaria en le Especialidad de Ciencias Matemáticas del Ex Programa Académico de Educación, por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28626, faculta a las Universidades Públicas y Privadas del País, expedir duplicado de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, en este sentido la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, mediante el expediente del Visto, el administrado solicita la emisión de duplicado de diploma que le confi ere el Título Profesional de Profesora de Educación Secundaria en la Especialidad de Ciencias Matemáticas, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es: 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Constancia de denuncia policial; 3) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) Copia Certifi cada por el Secretario General de la UNSAAC de la Resolución del Consejo Universitario que confi ere el Titulo Profesional de Profesora de Educación Secundaria; 5) Publicación en un diario de mayor circulación de la ciudad, del aviso de la pérdida del diploma; 6) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, conforme a dicha petición, a través del Informe Nº 012-2012-GT la responsable de Rotulado de Diplomas de Grados y Títulos de la UNSAAC, informa que revisando la Base de Datos, se encuentra la administrada en el Libro de Grados y Títulos Nº 2, folio Nº 72 y con Resolución Nº R-30-76, de fecha 21 de enero de 1976; Que, obra en el expediente la conformidad otorgada por la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 27 de noviembre de 2012; Que la Autoridad Universitaria ha tomado conocimiento del Expediente y ha dispuesto la emisión de la Resolución con cargo de dar cuenta al Consejo Universitario; Estando a lo solicitado, Ley 29812, Of. Nº 484-FED- 2012, Resolución Nº R-030-76 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por la Profesora NELLY YOLANDA PINTO ALMANZA sobre otorgamiento de duplicado de Diploma que le confi ere el Titulo Profesional de Profesora de Educación Secundaria en la Especialidad de Ciencias Matemáticas, del Ex Programa Académico de Educación, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Segundo.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA, POR MOTIVO DE PÉRDIDA a favor de la Doña: NELLY YOLANDA PINTO ALMANZA, confi riéndole el Título Profesional de Profesora de Educación Secundaria en la Especialidad de Ciencias Matemáticas, del Ex Programa Académico de Educación, hoy Facultad de Educación de la UNSAAC, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que en el diploma a que se refi ere el numeral segundo de la presente resolución, se deberá consignar en el margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Quinto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. GERMÁN ZECENARRO MADUEÑO Rector 901204-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº R-2474- 2012-UNSAAC Cusco, 26 de diciembre 2012 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente signado con Nº 035616, presentado por la Sra. Eudes Alguemica Guevara Guillen, solicitando duplicado de Diploma confi riéndole el Grado Académico de Bachiller en Economía de la Facultad de Economía, por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28626, faculta a las Universidades Públicas y Privadas del País, expedir duplicado de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, en este sentido la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, mediante el expediente del Visto, la administrada solicita la emisión de duplicado de diploma que le confi ere el Grado Académico de Bachiller en Economía, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es: 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Constancia de denuncia policial; 3) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) Copia Certifi cada por el Secretario General de la UNSAAC de la Resolución del Consejo Universitario que confi ere el Grado Académico de Bachiller en Economía; 5) Publicación en un diario de mayor circulación de la ciudad, del aviso de la pérdida del diploma; 6) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, conforme a dicha petición, a través del Informe Nº 015-2012-GT la responsable de Rotulado de Diplomas de Grados y Títulos de la UNSAAC, informa que revisando la Base de Datos, se encuentra el administrado en el Libro de Grados y Títulos Nº 2, folio Nº 166 y con Resolución Nº R-370-78, de fecha 01 de agosto de 1978;